12.10.17

Peritos Anticorrupción, trabajo de doctrina

Luego que la Diputada Elisa Carrió invocara en una denuncia al presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el trabajo de doctrina del Dr. Quintino P. Dell´Elce, de Contadores Forenses ONG, el contador profundizó el tratamiento del tema con una nueva publicación en curso, donde considera los aspectos críticos.

Veamos algunas de sus conclusiones y propuestas salientes, que se indican:

- No es razonable ni justificativo que se constituya un nuevo cuerpo pericial para ayudar a investigar este tipo de ilícitos vinculados con casos de corrupción y delitos contra la administración pública dado que ya existe y funciona regularmente dentro de la misma justicia nacional y dependiendo de la propia CSJN desde hace más de 60 años un cuerpo pericial de carácter profesional altamente entrenado, especializado y ocupado para ayudar a investigar diversos aspectos delictuosos en materia económica de carácter penal –como indudablemente es el CPCO- y toda esta nueva iniciativa pareciera constituir una costosa y evidente duplicación innecesaria de recursos humanos y esfuerzos presupuestarios.

- Es notorio advertir que dentro de las diversas profesiones y especialidades alternativas que se consignan para la postulación, evaluación y selección posible de los mencionados “peritos oficiales” potenciales del nuevo cuerpo pericial recientemente constituído existen algunas que en rigor a la verdad no se justifican ni tampoco pueden ser válidas ni conducentes para la importante
función técnico-pericial requerida.

- Llama poderosamente la atención que tanto en el aludido llamado a concurso como en los dos inmediatos anteriores se hayan eliminado las pruebas escritas y orales de los postulantes tal como expresa y taxativamente figuran en forma obligatoria para aquellos interesados en incorporarse y ser designados en el resto de los cuerpos periciales oficiales que dependen de la propia justicia
nacional.

- Se estima muy negativa la importancia y la ponderación numérica asignada para la evaluación de la “Entrevista Personal” dado al carácter puramente subjetivo y coyuntural que ella posee al momento circunstancial de llevarse a cabo la misma de parte de la comisión asesora.

- Que los valores a tener en consideración en el proceso de selección de los peritos oficiales y su control durante el ejercicio de su cargo además de sus condiciones profesionales y técnicas, fundamentalmente deben ser la integridad, transparencia y honestidad, es decir, personas de una moral ética intachable.

- Es importante tener presente que en la presentes circunstancias en que todo nuestro país exige y reclama insistentemente por un cambio drástico y profundo en el proceso de investigación de las causas penales -incluyendo dentro de las mismas también a aquellas de carácter pericial– unido también a que conjunta y naturalmente se requiere la necesidad de actualizar esas técnicas y los procedimientos de investigación empleados como también aquellos otros vinculados con el avance en la lucha del crimen organizado, se considera muy lamentable que la CSJN insiste erróneamente en iniciativas no suficientemente adecuadas y orientadas en ese sentido para el logro del objetivo buscado.

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