Del análisis de los balances de ambas empresas de energía, surge que presentan dificultades que hacen prever su disminución de capital y hasta la liquidación misma de las empresas.
Sin embargo, a pesar que los organismos de control y el Poder Ejecutivo se encuentran en conocimiento de ello, no adoptaron medidas tendientes a evitar consecuencias mayores, como las que ahora están padeciendo los usuarios de las empresas de electricidad.
Las empresas presentan pérdidas acumuladas y déficit de capital de trabajo.
Sus auditores y comisiones fiscalizadoras señalan que se prevé que si la situación continuara deteriorándose, estiman flujos de Caja y resultados operativos negativos y el deterioro de los índices financieros.
Que la situación genera incertidumbre respecto de la posibilidad de que las empresas continúen operando como una empresa en marcha, en términos contables.
Los auditores y síndicos señalan que no se incluyen los efectos para el caso de no resolverse la situación a favor de la continuidad de las operaciones de las empresas, en caso que se vieran obligadas a vender sus activos y/o cancelar sus pasivos, incluyendo las contingencias.
De persistir esta situación se encontrarían comprendidas en la causal de disolución por pérdida del capital social establecida por el Art. 94, inc. 5° de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550.
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