22.4.13

Será más difícil investigar el enriquecimiento de los funcionarios públicos. Las declaraciones juradas mostrarán menos datos

Con la sanción de la ley sobre DDJJ de los funcionarios se reduce significativamente la información que podrán controlar los ciudadanos.

Hasta ahora se informa: 

a) Bienes inmuebles y las mejoras; b) Bienes muebles registrables; c) Otros bienes muebles, determinando su valor en conjunto. En caso que uno de ellos supere la suma de cinco mil pesos ($ 5.000) deberá ser individualizado; d) Capital invertido en títulos, acciones y demás valores cotizables o no en bolsa, o en explotaciones personales o societarias; e) Monto de los depósitos en bancos u otras entidades financieras, nacionales o extranjeras, tenencias de dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera. f) Créditos y deudas hipotecarias, prendarias o comunes; g) Ingresos y egresos anuales derivados del trabajo en relación de dependencia o del ejercicio de actividades independientes y/o profesionales; h) Ingresos y egresos anuales derivados de rentas o de sistemas previsionales. Si el obligado a presentar la declaración jurada estuviese inscripta en el régimen de impuesto a las ganancias o sobre bienes personales no incorporados al proceso económico, deberá acompañar también la última presentación que hubiese realizado ante la Dirección General Impositiva; i) En el caso de los incisos a), b), c) y d), del presente artículo, deberá consignarse además el valor y la fecha de adquisición, y el origen de los fondos aplicados a cada adquisición. Ley 25.188.

De ahora en más se informará solo por totales, bienes del país y en el exterior:

a) Total de inmuebles, b) Total de derechos reales, c) Total de automotores, d) Total de naves, e) Total de aeronaves, f) Patrimonio de empresas unipersonales, g) Total de acciones o cuotas, h) Total de títulos, i) Total de créditos, j) Total de depósitos, k) Total de efectivo, l) Total de bienes muebles registrados, m) Total de otros bienes y n) Total de bienes personales y bienes muebles del hogar. Esto incluido en la DJ de Bienes Personales.
a) Totales de ingresos y gastos; b) Totales de bienes y deudas. Esto incluido en la DJ de Impuesto a las Ganancias.


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