Recientemente se sancionó una nueva ley que modificó el régimen informativo sobre el patrimonio de los funcionarios de los tres poderes del Estado.
El Poder Ejecutivo y el Ministerio Público Fiscal ya reglamentaron la nueva normativa. Aún no lo hizo el Poder Legislativo, ni el Poder Judicial.
La Corte Suprema y el Consejo de la Magistratura recibieron las inquietudes y preocupaciones trasmitidas por las ONGs entre las que se encontró presente Contadores Forenses, así como también ACIJ, Poder Ciudadano, FARN y otras.
El presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Mario Fera y el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Alfredo Kraut escucharon atentamente las exposiciones de las entidades no gubernamentales.
Ahora bien, Contadores Forenses propuso mejorar el contenido de la información presentada hasta al presente, en base a la experiencia recogida.
Se propuso agregar, por lo menos, lo siguiente:
1) en los casos que participaciones en sociedades, fideicomisos u otras formas o contratos asociativos, del país o del exterior, mayores al 10% del patrimonio del ente, se podría requerir que los funcionarios acompañen copia firmada de los últimos estados contables cerrados. Si esa participación representa más del 30% del activo del funcionario, se podría requerir, además, un detalle de los bienes de uso e inversiones del ente, incorporados desde que asumió como funcionario, con sus valores a la fecha del último cierre de balance o valuación. Esto apunta a que no se utilicen las sociedades, como una forma de ocultar patrimonios que en realidad pertenecen a los funcionarios.
2) informar las cuentas bancarias, depósitos y cualquier otro activo en el exterior que el funcionario, mantenga, incorpore o incremente mientras se encuentra en ejercicio del cargo o función pública. Esta suele ser otra forma de ocultar activos.
Además de compartir el documento inicial de aportes para la reglamentación:
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