16.9.14

Facilitan los fraudes en los balances

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, dictó una disposición que permite que los auditores de estados contables puedan firmarlos sin que se encuentren pasados a los libros de contabilidad.

Este es el efecto que produce la norma. Un auditor puede emitir un dictamen sobre los balances de empresas sin que se encuentren pasados a los libros.

La nueva disposición deja de lado una sana práctica que impedía firmar un dictamen sobre balances no pasados y ese control lo efectúa el auditor en forma previa a suscribirlo. Además, hasta ahora el Consejo Profesional controlaba que esta afirmación la realice el contador público. Esto significa que su incumplimiento implicaba sanciones profesionales.

En materia de fraudes contables la norma que se suprime es de gran importancia, pues su inexistencia abre la puerta a la realización de diferentes clases de delitos. Por empezar facilita la circulación de dobles y triples juegos de estados contables y además permite el atraso del libro dónde se pasan los balances, lo que da lugar a antedatar registraciones sin que ello pueda ser detectado.

Por otra parte, entendemos que la nueva disposición no respeta la jerarquía de las normas, pues la obligación emana de un decreto ley de 1957 que está vigente (artículo 28), que se pretende suprimir a través de un memorando de la secretaría técnica de un organismo profesional.

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