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6.9.12

21 casos de fraudes en la administración pública

Cantidad de pericias contables en relación
a otras especialidades
En el trabajo denominado "Los procesos judiciales en materia de corrupción. Los tiempos del proceso. Estado de situación" realizado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el "Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE) y la Oficina de Coordinación y Seguimiento en materia de delitos contra la Administración Pública (OCDAP) del Ministerio Público Fiscal se analizan 21 casos de fraudes contra la administración pública.

En particular extraemos aquí todo lo referido a las pericias contables, sin perjuicio que más abajo incluimos el informe completo realizado por las ONGs en colaboración con la Procuración General.

La mayoría de los peritajes que se realizan en las investigaciones penales por hechos de corrupción son contables.

Es importante destacar que en la mayoría de las causas en las que se ventilan delitos que incluyen problemas patrimoniales, se realizan peritajes contables. En líneas generales el estudio es solicitado por la defensa que propone generalmente una gran cantidad de puntos de pericia. Por lo general, una vez que los puntos son propuestos por la parte, no existe un análisis crítico ni de los jueces ni de los fiscales que tienda a determinar si los puntos requeridos son relevantes, si pueden ser respondidos por los expertos o están formulados correctamente, etc. En definitiva, pese a que se sabe que una vez que la causa se va a los peritos tardará bastante tiempo en volver, no hay un análisis crítico de la utilidad del estudio y la formulación de los puntos periciales. 

Por su parte, si bien el Ministerio Público Fiscal tiene la posibilidad de ofrecer peritos de parte y cuenta para ello con contadores que integran distintas oficinas del organismo, tal ofrecimiento resulta excepcional. Esa omisión lleva inexorablemente a la falta de control del estudio por la parte acusadora que queda en manos de los peritos oficiales y de los peritos de parte. 

Este dato no es menor pues en la mayoría de los casos, la realización de este tipo de estudios en causas complejas demanda el análisis no solamente de cuestiones específicas, sino también de gran cantidad de documentación que es obtenida a veces de manera indiscriminada en allanamientos u otras medidas de prueba llevadas a cabo durante la instrucción. Si bien no será objeto de análisis, no puede dejar de destacarse que la manera genérica en que es requerida la documentación contable, la falta de fijación de períodos vinculados al hecho, la costumbre de pedir todo junto sin hacer antes un análisis de lo que va llegando para luego solicitar la documentación que vaya siendo necesaria y otras costumbres adquiridas por los operadores a la hora de recolectar la prueba, terminan insumiendo también una parte importante del tiempo que demanda la etapa de instrucción. 

El cuerpo de peritos contables de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se encuentra conformado por un total de 22 profesionales –nombrados a partir de la sustanciación de concursos públicos– pero, en la actualidad, debido en casi todos los casos a renuncias producidas para acogerse a los beneficios jubilatorios, cuenta solamente con 13 peritos en funciones (incluso uno de ellos se encuentra hoy en día actuando en comisión ante la Cámara Federal de ésta ciudad). Este organismo no se aboca solamente a casos de corrupción sino que también debe llevar a cabo tareas periciales y emitir las correspondientes opiniones técnicas en diversos delitos y recibe causas derivadas de Juzgados de Instrucción y Tribunales Orales Federales y Nacionales, las distintas Cámaras de Apelaciones y la Cámara de Casación así como también de la fiscalías de los mismos fueros e instancias. Sumado a ello, el caudal de trabajo de éste órgano se ve incrementado, toda vez que, de manera excepcional, acepta causas que tramitan ante los fueros Civil, Comercial y del Trabajo y actuaciones derivadas del Consejo de la Magistratura y de la Oficina de Auditores Judiciales. 

En el afán de explicar el porqué de la sensible demora en la realización de los peritajes, en este caso, contables, se debe añadir a la gran cantidad de tareas que recae sobre el cuerpo de peritos contadores y la falta de profesionales en funciones, el desequilibrio que muchas veces se produce en la carga de trabajo asignada a cada uno de los expertos, motivada en el aleatorio mecanismo de adjudicación de causas. Es así que los expedientes, una vez recibidos por el sector Mesa de Entradas y controlada la documentación, se sortean para su reparto a través de un sistema informatizado que administra el centro de cómputos de la Corte Suprema, sin tener en cuenta factores como la complejidad y volumen de las actuaciones –ni siquiera en el caso de las denominadas ―megacausas–; circunstancia que, evidentemente, genera desigualdades en las tareas que les compete a los distintos peritos oficiales en actividad. 

Resulta importante destacar, de la misma forma, que la actividad de cada perito contador consiste tanto en revisiones conceptuales del contenido de las causas y de los requerimientos previstos en los puntos del cuestionario pericial, como en el análisis crítico de la documentación, la emisión de opiniones profesionales y la asistencia a prestar declaración testimonial. 

Frente a un panorama de 13 profesionales para atender la demanda de más de 100 dependencias (entre juzgados y fiscalías), y en una amplia diversidad de temas contables, cada uno con sus mayores o menores complejidades, las demoras aparecen como una consecuencia necesaria de la propia lógica del sistema. 

Esta situación, lleva a que la actividad de los peritos de parte resulte determinante, puesto que en más de una oportunidad redactan la parte del informe que sustentará la posición de los peritos oficiales, lo que resulta decisivo a la hora de inclinar la balanza. 

Un caso paradigmático resulta ser el conocido como ―"IBM-Banco Nación" (causa que tramita bajo el número 509 del Tribunal en lo Criminal Federal nro.3, caratulada ―"Dadone, Aldo y otros s/defraudación a la administración pública nacional") en el cual la fiscalía de juicio se opuso a la incorporación como elemento de prueba del informe pericial contable que daba por respondidos los requerimientos con lo esgrimido por el perito de parte, bajo el argumento de que los peritos oficiales no estaban en condiciones de responder el cuestionario pericial. En el caso, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro.3 remitió al cuerpo de peritos contadores un pedido de estudio pericial con fecha 3 de septiembre de 2007, el que fue devuelto el 19 de diciembre de 2008, es decir casi un año y medio después por los expertos contables con la siguiente respuesta: ―teniendo en cuenta que el cuestionario pericial ordenado en el oficio N°60 contiene preguntas referidas a temas informáticos que escapan al área técnico contable, las mismas serán contestadas, en informe por separado, por el perito [de parte] de esa especialidad que fuera designado en autos (...)". Tal como lo manifestó la Fiscalía oportunamente, los peritos contadores aceptaron el informe pericial tal como fue ordenado por el Tribunal y más que tardíamente pusieron de manifiesto que no estaban en condiciones de responder a puntos que no eran contables sino informáticos. En consecuencia, el Tribunal ordenó un informe de esta especialidad a expertos que previsiblemente no estarían en condiciones de responder al cuestionario y pese a que el Ministerio Público Fiscal ya se había opuesto específicamente en virtud de que la información requerida era sobreabundante y ya había sido recabada en otras oportunidades por otros informes que obraban en el expediente. El caso resulta más grave todavía si se considera que en el mismo expediente, once años antes, en el año 1996, el juzgado de instrucción debió dejar sin efecto el pedido de realización de prácticamente el mismo informe, pues la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación informó su imposibilidad de encontrar peritos que estuvieran en condiciones técnicas de llevarlo a cabo (fs.5291). 

Pericias realizadas en las etas de instrucción y
 de juicio oral
En cuanto al rubro "otras pericias" ahí podemos encontrar estudios técnicos sobre el mérito y oportunidad de por ejemplo un bien o servicio adquirido o contratado en una contratación pública irregular. Estos resultados responden al contenido económico de este tipo de criminalidad y a la necesidad de contar con este tipo de auxilios procesales. 

El promedio de duración de un peritaje en este tipo de causas es de 1 año pero hay exámenes que se realizaron en un mes y otros que demoraron 39 meses (más de tres años). 

En el cuadro podemos ver cuántos peritajes se hicieron durante la instrucción y cuantos durante la etapa oral. 
Juicios Penales de Fraudes contra el Estado Argentino. Análisis de 21 casos realizados por ACIJ, CIPCE y MPF

14.6.11

La presidente de la Cámara de Casación Penal reconoce problemas en la justicia pero también las dificultades para solucionarlas

La Dra. Angela Ledesma se refirió a los problemas de la justicia penal en Argentina.

¿Qué más se puede hacer contra la corrupción?
Poner en funcionamiento un sistema de investigación eficiente y eficaz. Para esto necesitamos que la investigación no esté a cargo de los jueces, sino que esté a cargo de los fiscales, y en su caso, según los delitos, que quienes hagan su propio aporte sean los particulares, y que los jueces vengan a controlar esta actividad. Pero para eso hace falta una policía judicial, que dependa, como sucede en otros países del mundo, de los fiscales y no del Poder Ejecutivo. El ministerio público fiscal debe ser fuerte e independiente. Aquí juega también un papel fundamental el Congreso. No solamente en la designación del Procurador General, sino cuando anualmente se recibe la rendición de cuenta de lo que se ha realizado. Creo que debemos empujar todos para lograr el cambio. Yo me siento tan impotente cómo ustedes, cómo el ciudadano de la calle frente a la corrupción que no se investiga, frente a todo aquello que es impune.