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27.9.12

Una pericia contable estudiará la evolución patrimonial del Ministro de Salud de la Nación

Por pedido del fiscal Carlos Brito, el juez federal Daniel Bejas solicitó al Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte Suprema de la Nación que determinen si la evolución patrimonial del funcionario corresponde según el nivel de sus ingresos.
El período investigado es entre 2009 y 2010, es decir, desde que Juan Manzur dejó la vicegobernación de esta provincia para ocupar un cargo en el gabinete nacional.
El juez federal de Tucumán solicitó al perito que sea designado por la Corte que efectúe un informe "tendiente a determinar si medió un incremento apreciable y sin justificación durante los períodos correspondientes a los años 2009 y 2010 en el patrimonio del denunciado".


24.9.12

Investigan por enriquecimiento el patrimonio del Ministro de Salud de la Nación

La Jus­ti­cia fe­de­ral de Tu­cu­mán avan­za en una cau­sa por su­pues­to en­ri­que­ci­mien­to ilí­ci­to con­tra el mi­nis­tro de Sa­lud na­cio­nal, Juan Man­zur, y en­car­gó a los pe­ri­tos de la Cor­te Su­pre­ma de Jus­ti­cia un in­for­me con­ta­ble so­bre el pa­tri­mo­nio del fun­cio­na­rio de los pe­río­dos 2009-2010.

El pe­di­do lo hi­zo el juez fe­de­ral de Tu­cu­mán, Da­niel Be­jas, y en el ofi­cio di­ri­gi­do al Cuer­po de Pe­ri­tos Con­ta­do­res de la Cor­te Su­pre­ma so­li­ci­ta la rea­li­za­ción de un in­for­me pe­ri­cial con­ta­ble de los pe­río­dos 2009-2010.

Fuen­tes ju­di­cia­les in­for­ma­ron que el ma­gis­tra­do pi­dió el in­for­me a fi­nes de de­ter­mi­nar "si me­dió un in­cre­men­to apre­cia­ble y sin jus­ti­fi­ca­ción" del mi­nis­tro o bien de "cual­quier otra per­so­na in­ter­pues­ta pa­ra di­si­mu­lar­lo".

El in­for­me pe­ri­cial ha­bía si­do una me­di­da de prue­ba so­li­ci­ta­da por el fis­cal del ca­so, Car­los Bri­to, y tal cual dis­pu­so el juez el trá­mi­te es de ca­rác­ter "re­ser­va­do y con­fi­den­cial".

La de­nun­cia con­tra el mi­nis­tro, y ex vi­ce­go­ber­na­dor pro­vin­cial la rea­li­zó en 2010 el pe­ro­nis­ta di­si­den­te Os­car Ló­pez, quien dio cuen­ta, so­bre la ba­se de in­for­ma­cio­nes pe­rio­dís­ti­cas, que Man­zur ha­bía de­cla­ra­do pa­ra ese año un pa­tri­mo­nio de po­co más de 5 mi­llo­nes de pe­sos.

En­tre sus bie­nes se enu­me­ran va­rios ve­hí­cu­los, vi­vien­das en dis­tin­tas par­tes, y cuen­tas ban­ca­rias. 

Si bien la pe­ri­cia or­de­na­da re­cien­te­men­te es so­bre los pe­río­dos 2009 y 2010, en fe­bre­ro de es­te año y por pe­di­do del fis­cal y el de­nun­cian­te, se in­cor­po­ró la de­cla­ra­ción ju­ra­da de bie­nes rea­li­za­da por Man­zur de 2011 y en la cual se in­cre­men­tó un 32 por cien­to res­pec­to al año an­te­rior.

En el trans­cur­so de la in­ves­ti­ga­ción, se pi­dió por ofi­cio a la pro­vin­cia de San Juan in­for­ma­ción so­bre dos pro­pie­da­des que ten­dría a su nom­bre la es­po­sa de Man­zur, San­dra Mat­tar, y en ca­so de per­te­ne­cer­les, de cuán­to es su va­lor.

Tam­bién en la cau­sa es­tán in­cor­po­ra­dos in­for­mes pe­di­dos a la Ofi­ci­na An­ti­co­rrup­ción, en cuan­to a da­tos de cuen­tas ban­ca­rias, y pro­pie­da­des de Man­zur; y tam­bién se in­da­gó so­bre el sa­la­rio men­sual que per­ci­be el mi­nis­tro des­de 2009, año en que fue de­sig­na­do por Cris­ti­na Kirch­ner.

Es que el ob­je­ti­vo de la in­ves­ti­ga­ción es de­ter­mi­nar si co­mo fun­cio­na­rio, Man­zur se en­ri­que­ció ilí­ci­ta­men­te y si pue­de jus­ti­fi­car su pa­tri­mo­nio te­nien­do en cuen­ta el sa­la­rio que per­ci­be. 

Del re­sul­ta­do de la pe­ri­cia con­ta­ble de­pen­de en par­te la suer­te del mi­nis­tro y vi­ce­go­ber­na­dor tu­cu­ma­no (en uso de li­cen­cia) en la cau­sa, ya que se­rá cla­ve pa­ra de­fi­nir su si­tua­ción en con­jun­to con in­for­mes so­bre las pro­pie­da­des y las de­cla­ra­cio­nes ju­ra­das pre­sen­ta­das du­ran­te su ac­tua­ción co­mo fun­cio­na­rio en Tu­cu­mán y aho­ra co­mo mi­nis­tro de la Nación.

Puntal.com.ar

6.9.12

21 casos de fraudes en la administración pública

Cantidad de pericias contables en relación
a otras especialidades
En el trabajo denominado "Los procesos judiciales en materia de corrupción. Los tiempos del proceso. Estado de situación" realizado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el "Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE) y la Oficina de Coordinación y Seguimiento en materia de delitos contra la Administración Pública (OCDAP) del Ministerio Público Fiscal se analizan 21 casos de fraudes contra la administración pública.

En particular extraemos aquí todo lo referido a las pericias contables, sin perjuicio que más abajo incluimos el informe completo realizado por las ONGs en colaboración con la Procuración General.

La mayoría de los peritajes que se realizan en las investigaciones penales por hechos de corrupción son contables.

Es importante destacar que en la mayoría de las causas en las que se ventilan delitos que incluyen problemas patrimoniales, se realizan peritajes contables. En líneas generales el estudio es solicitado por la defensa que propone generalmente una gran cantidad de puntos de pericia. Por lo general, una vez que los puntos son propuestos por la parte, no existe un análisis crítico ni de los jueces ni de los fiscales que tienda a determinar si los puntos requeridos son relevantes, si pueden ser respondidos por los expertos o están formulados correctamente, etc. En definitiva, pese a que se sabe que una vez que la causa se va a los peritos tardará bastante tiempo en volver, no hay un análisis crítico de la utilidad del estudio y la formulación de los puntos periciales. 

Por su parte, si bien el Ministerio Público Fiscal tiene la posibilidad de ofrecer peritos de parte y cuenta para ello con contadores que integran distintas oficinas del organismo, tal ofrecimiento resulta excepcional. Esa omisión lleva inexorablemente a la falta de control del estudio por la parte acusadora que queda en manos de los peritos oficiales y de los peritos de parte. 

Este dato no es menor pues en la mayoría de los casos, la realización de este tipo de estudios en causas complejas demanda el análisis no solamente de cuestiones específicas, sino también de gran cantidad de documentación que es obtenida a veces de manera indiscriminada en allanamientos u otras medidas de prueba llevadas a cabo durante la instrucción. Si bien no será objeto de análisis, no puede dejar de destacarse que la manera genérica en que es requerida la documentación contable, la falta de fijación de períodos vinculados al hecho, la costumbre de pedir todo junto sin hacer antes un análisis de lo que va llegando para luego solicitar la documentación que vaya siendo necesaria y otras costumbres adquiridas por los operadores a la hora de recolectar la prueba, terminan insumiendo también una parte importante del tiempo que demanda la etapa de instrucción. 

El cuerpo de peritos contables de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se encuentra conformado por un total de 22 profesionales –nombrados a partir de la sustanciación de concursos públicos– pero, en la actualidad, debido en casi todos los casos a renuncias producidas para acogerse a los beneficios jubilatorios, cuenta solamente con 13 peritos en funciones (incluso uno de ellos se encuentra hoy en día actuando en comisión ante la Cámara Federal de ésta ciudad). Este organismo no se aboca solamente a casos de corrupción sino que también debe llevar a cabo tareas periciales y emitir las correspondientes opiniones técnicas en diversos delitos y recibe causas derivadas de Juzgados de Instrucción y Tribunales Orales Federales y Nacionales, las distintas Cámaras de Apelaciones y la Cámara de Casación así como también de la fiscalías de los mismos fueros e instancias. Sumado a ello, el caudal de trabajo de éste órgano se ve incrementado, toda vez que, de manera excepcional, acepta causas que tramitan ante los fueros Civil, Comercial y del Trabajo y actuaciones derivadas del Consejo de la Magistratura y de la Oficina de Auditores Judiciales. 

En el afán de explicar el porqué de la sensible demora en la realización de los peritajes, en este caso, contables, se debe añadir a la gran cantidad de tareas que recae sobre el cuerpo de peritos contadores y la falta de profesionales en funciones, el desequilibrio que muchas veces se produce en la carga de trabajo asignada a cada uno de los expertos, motivada en el aleatorio mecanismo de adjudicación de causas. Es así que los expedientes, una vez recibidos por el sector Mesa de Entradas y controlada la documentación, se sortean para su reparto a través de un sistema informatizado que administra el centro de cómputos de la Corte Suprema, sin tener en cuenta factores como la complejidad y volumen de las actuaciones –ni siquiera en el caso de las denominadas ―megacausas–; circunstancia que, evidentemente, genera desigualdades en las tareas que les compete a los distintos peritos oficiales en actividad. 

Resulta importante destacar, de la misma forma, que la actividad de cada perito contador consiste tanto en revisiones conceptuales del contenido de las causas y de los requerimientos previstos en los puntos del cuestionario pericial, como en el análisis crítico de la documentación, la emisión de opiniones profesionales y la asistencia a prestar declaración testimonial. 

Frente a un panorama de 13 profesionales para atender la demanda de más de 100 dependencias (entre juzgados y fiscalías), y en una amplia diversidad de temas contables, cada uno con sus mayores o menores complejidades, las demoras aparecen como una consecuencia necesaria de la propia lógica del sistema. 

Esta situación, lleva a que la actividad de los peritos de parte resulte determinante, puesto que en más de una oportunidad redactan la parte del informe que sustentará la posición de los peritos oficiales, lo que resulta decisivo a la hora de inclinar la balanza. 

Un caso paradigmático resulta ser el conocido como ―"IBM-Banco Nación" (causa que tramita bajo el número 509 del Tribunal en lo Criminal Federal nro.3, caratulada ―"Dadone, Aldo y otros s/defraudación a la administración pública nacional") en el cual la fiscalía de juicio se opuso a la incorporación como elemento de prueba del informe pericial contable que daba por respondidos los requerimientos con lo esgrimido por el perito de parte, bajo el argumento de que los peritos oficiales no estaban en condiciones de responder el cuestionario pericial. En el caso, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro.3 remitió al cuerpo de peritos contadores un pedido de estudio pericial con fecha 3 de septiembre de 2007, el que fue devuelto el 19 de diciembre de 2008, es decir casi un año y medio después por los expertos contables con la siguiente respuesta: ―teniendo en cuenta que el cuestionario pericial ordenado en el oficio N°60 contiene preguntas referidas a temas informáticos que escapan al área técnico contable, las mismas serán contestadas, en informe por separado, por el perito [de parte] de esa especialidad que fuera designado en autos (...)". Tal como lo manifestó la Fiscalía oportunamente, los peritos contadores aceptaron el informe pericial tal como fue ordenado por el Tribunal y más que tardíamente pusieron de manifiesto que no estaban en condiciones de responder a puntos que no eran contables sino informáticos. En consecuencia, el Tribunal ordenó un informe de esta especialidad a expertos que previsiblemente no estarían en condiciones de responder al cuestionario y pese a que el Ministerio Público Fiscal ya se había opuesto específicamente en virtud de que la información requerida era sobreabundante y ya había sido recabada en otras oportunidades por otros informes que obraban en el expediente. El caso resulta más grave todavía si se considera que en el mismo expediente, once años antes, en el año 1996, el juzgado de instrucción debió dejar sin efecto el pedido de realización de prácticamente el mismo informe, pues la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación informó su imposibilidad de encontrar peritos que estuvieran en condiciones técnicas de llevarlo a cabo (fs.5291). 

Pericias realizadas en las etas de instrucción y
 de juicio oral
En cuanto al rubro "otras pericias" ahí podemos encontrar estudios técnicos sobre el mérito y oportunidad de por ejemplo un bien o servicio adquirido o contratado en una contratación pública irregular. Estos resultados responden al contenido económico de este tipo de criminalidad y a la necesidad de contar con este tipo de auxilios procesales. 

El promedio de duración de un peritaje en este tipo de causas es de 1 año pero hay exámenes que se realizaron en un mes y otros que demoraron 39 meses (más de tres años). 

En el cuadro podemos ver cuántos peritajes se hicieron durante la instrucción y cuantos durante la etapa oral. 
Juicios Penales de Fraudes contra el Estado Argentino. Análisis de 21 casos realizados por ACIJ, CIPCE y MPF

3.6.12

126 profesionales se inscribieron en el concurso para Peritos Contadores Oficiales

Cerró la inscripción para concursar 10 cargos de peritos contadores oficiales con pocos aspirantes.

La escasa difusión del concurso y el breve plazo fijado para la inscripción, conspiraron para contar con una aceptable respuesta de los interesados.

Quienes participaron tuvieron que obtener certificaciones y constancias en diversos organismos y realizar su presentación en papel y en formato electrónico.

Este concurso se caracteriza por aplicarse por primera vez el nuevo Reglamento de Concursos aprobado el año pasado.

Próximamente se reunirá la comisión asesora que actúa como jurado, para analizar las presentaciones y preparar un cronograma de las siguientes etapas del concurso.

Curso de apoyo

Contadores Forenses ONG colabora en mejorar el perfil de los peritos que ejercen en casos penales y los aspirantes a desempeñarse como peritos contadores oficiales, a través del curso de Actualización Mensual que se realiza en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.

6.5.12

En tres semanas vence la inscripción para cubrir 10 cargos de perito contador oficial en el Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte Suprema

La Corte Suprema ha puesto marcha el concurso abierto de antecedentes y oposición para cubrir 10 vacantes de peritos contadores oficiales.

Se seleccionarán profesionales para cubrir 10 cargos en el Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Se fijó el plazo para la inscripción en 15 dias, contados a partir de la publicación del llamado en el Boletín Oficial, que equivale a tres semanas, pues se cuentan por días hábiles judiciales.

Dentro de ese plazo los postulantes deberán presentar sus antecedentes y la documentación que los acredite

La selección de quienes cubrirán los puestos, estará a cargo de cinco personas, que son las siguientes:

Comisión Asesora

  • Director de la Dirección General Pericial, Dr. C.P.N. Hugo Edgardo Borgert
  • Decano del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales, Dr. C.P.N. Hector Chyrikins
  • Vice-Decano del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales, Dr. C.P.N. Alejandro Del Acebo
  • Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, Dr. C.P.N. Alberto Barbieri
  • Presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Econ6micas, Dr. C.P. N. Ramón Vicente Nicastro
Contadores Forenses ONG ofreció a la Corte Suprema participar en la Comisión Asesora, propuesta que no habría tenido acogida.