9.8.13

Concurso de peritos contadores oficiales

Se aproxima una etapa crucial en el concurso para la selección de 10 peritos contadores oficiales dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El próximo martes 20 de agosto se realizará la prueba escrita sobre temas teóricos y prácticos. Esta es la prueba más trascendente que deben enfrentar los postulantes, pues allí deberán demostrar sus conocimientos y capacidades en la resolución de los temas y casos relacionados con el ejercicio de la función pericial.

Aún no se ha fijado el lugar de la prueba, pero se piensa que podría ser en la sala que posee la propia Corte para la realización de las audiencias orales.

Teniendo en cuenta la labor trascendente que le cabe a los miembros del Cuerpo de Peritos, "Contadores Forenses ONG" solicita a las autoridades y a la comisión encargada que se adopten todos los recaudos tendientes a lograr la mayor transparencia posible en todos los actos del concurso.

5.8.13

Un juez manipulador de causas judiciales: Norberto Oyarbide, su señoría

La causa Schoklender fue manipulada por el juez instructor desde sus inicios. El fiscal lo notó, la cámara lo señaló en dos ocasiones y Contadores Forenses también lo hizo notar en este blog.

Se realizó una investigación defectuosa desde sus inicios que evidenciaba un direccionamiento erróneo de la causa. Se perjudicó el descubrimiento de la verdad. Esto lo señala ahora la Cámara Federal.

Pero ya en noviembre de 2011 ese tribunal señaló la ausencia de racionalidad en la búsqueda de la información, que conspiraba contra el éxito de la pesquisa. Que la investigación no estaba orientada al descubrimiento de los hechos.

En materia contable también lo venimos observando y haciendo notar, pues el juez dividió los peritajes encargando la tarea a tres organismos diferentes: Policía Federal, Banco Central, peritos contables. Divide y triunfarás: ninguna de las partes llegaría así a conclusiones que comprometan el resultado de la investigación, pues la única persona que tiene la atribución de interpretar los estudios contables es el juez. Con esa premisa obró Oyarbide hasta el presente.

En este blog se publicaron ocho notas sobre los aspectos contables del caso. En la última, de diciembre de 2012, ya aludimos a la estrategia de un juez cuestionado.

Sostenemos que el magistrado obró mal, torció la investigación para no llegar a un resultado objetivo y ajustado a la verdad. Ese accionar no solo representa un retraso en los tiempos judiciales, sino que implica un proceder inadecuado que debería analizar el Consejo de la Magistratura, haciéndolo de una manera imparcial.

Oyarbide ha empantanado la causa y será muy difícil remediar el retraso de la causa, el daño producido al sistema y a la sociedad en general.


14.7.13

La pericia contable fue la prueba que posibilitó el procesamiento de varias personas y la prisión preventiva del ex Secretario de transporte Ricardo Jaime

Perjuicio económico determinado en la pericia contable
Con tres informes periciales y dos declaraciones de la perito contadora oficial fue posible esclarecer la maniobra, disponer el procesamiento de los responsables y la prisión preventiva del ex Secretario de Transporte Ricardo Jaime.

Los puntos de pericia contable

"En base a la documentación obtenida se dispone un peritaje contable tendiente a determinar básicamente los montos y fechas en que fueron girados fondos por parte de la Secretaría de Transporte a Belgrano Cargas las fechas en que fueron abonados ZONIS los certificados de obra que presentara; además de establecer los montos y lapsos durante los cuales Belgrano Cargas pudo haber mantenido fondos en su favor, informado además, si es posible establecer el empleo que pudo darle a los mismos durante dichos períodos".

Perjuicio

La perito oficial determinó un perjuicio económico para el Estado Nacional en la suma de $ 2.500.000.

Contadores involucrados en las maniobras

Se trata de la causa en la que se investigan los fondos entregados a los concesionarios que tienen a su cargo la explotación del Ferrocarril Belgrano Cargas, otorgada a Manuel Pedraza. Además de Jaime y Pedraza resultaron procesados los contadores Isabel Coria, esposa de Manuel Pedraza y Angel Luis Stafforini, vicepresidente de Belgrano Cargas, 

CNRT el organismo de control

También fue procesado el abogado Ochoa Romero, interventor de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte. Con su actuar permitió que las maniobras defraudatorias sucedieran del modo en que quedó corroborado pericialmente, dice la resolución judicial. 


11.7.13

El Diputado Manuel Garrido y el Contador Forense Alfredo Popritkin comentan la menor información patrimonial que darán los funcionarios públicos

La ley ética de los funcionarios públicos fue reformada y se acaba de conocer el decreto reglamentario.

Estas normas ponen un marcha un sistema mediante el cual los ciudadanos ya no contarán con el grado de información sobre el patrimonio de los ministros, legisladores y jueces.

Solo se podrá acceder al formulario de la AFIP que muestra títulos y valores totales por cada clase de bienes y pasivos. No se conocerá el detalle de las propiedades, automotores, sociedades, créditos, deudas, etc.

Entre la información que tiene el carácter de reservada, solo accesible por los jueces, también se produjo una merma en la información, lo que no permitirá reconstruir contablemente ese patrimonio y dará margen para modificar la realidad de la información que el funcionario no haya aportado aún.

En síntesis, el sistema implementado implica un gran retroceso en la calidad y detalle de información, cuando lo que en realidad se hubiera necesitado es mejorar la información que se suministraba.

Parte de esa realidad fue expuesta en el programa Palabras+ Palabras- de los periodistas Ernesto Tenembaun y Marcelo Zlotogwiazda.

8.7.13

Los funcionarios públicos ya no están obligados a informar sus ingresos ni las sociedades que poseen. Tampoco detallarán los créditos ni pasivos

Desaparece el control que ejercíamos los ciudadanos

El Poder Ejecutivo reglamentó la ley sobre declaraciones juradas de funcionarios públicos


En Internet se publicarán los totales de los rubros del patrimonio, sin detalle de ninguna naturaleza. Solo a esta información accederán los ciudadanos. Además, entre la información "reservada", los funcionarios ya no detallarán sus ingresos, ni las sociedades que poseen, así como tampoco los créditos tomados ni deudas contraídas.

Ante posibles investigaciones, le será más sencillo al funcionario sospechado manipular los datos y más difícil acreditar su enriquecimiento ilícito.

En la norma reglamentaria se señala que el cambio dota de mayor congruencia al sistema y optimiza la calidad y certeza de la información. Nada más alejado de ello. La calidad de la información se ha degradado, ya no se conocerá la evolución del patrimonio y menos aún se podrá acceder a una posible justificación.

Además la AFIP ejercerá cierto control sobre los funcionarios de los tres poderes, al mantener un listado de las presentaciones u omisiones de cada funcionario. Además, las oficinas receptoras de DDJJ deberán informar a la AFIP el detalle de las personas incluídas en este régimen.

Se confirma que habrá mucho menos información al alcance de los ciudadanos
Las declaraciones juradas patrimoniales públicas serán iguales a aquellas que se presentan ante la AFIP, rigiendo el secreto fiscal respecto del anexo reservado.

4.7.13

La declaración jurada patrimonial de los fiscales

El 23 de mayo de 2013 se publicó en el Boletín Oficial la reforma de la ley de ética en el ejercicio de la función pública.

Esta reforma anunciada como un avance en la información, produjo gran preocupación, pues reduce el grado de información patrimonial de los funcionarios públicos.

El Ministerio Público Fiscal acaba de reglamentar la reforma el 2 de julio y trae cierto grado de alivio, pues mantiene un razonable grado de información dentro de la declaración jurada patrimonial pública.

No obstante, se advierte que la información patrimonial correspondiente al cónyuge, conviviente o hijos menores de edad, se realizarán dentro de la información reservada, a la que no podrán acceder los ciudadanos.

Se establecen tres formularios a presentar:
  • Declaración jurada patrimonial pública (Anexo II)
  • Declaración jurada patrimonial reservada (Anexo III), de bienes del cónyuge
  • Formulario simplificado (Anexo IV), similar a la DJ impositiva sobre bienes personales
Se establece que el vencimiento anual para presentar las DDJJ será el 31 de mayo de cada año.