11.5.18

El Consejo de la Magistratura prescindió de un contador público

¿Pericia contable innecesaria?

En la realización de un estudio de evolución patrimonial sobre múltiples bienes y períodos existen numerosas cuestiones a analizar y tener en cuenta, tales como los criterios de valuación aplicados a los bienes y deudas, máxime al tener en cuenta que nuestro país ha experimentado un proceso inflacionario que distorsionada los valores en el tiempo y que no puede ser ignorado. La distinción entre aspectos financieros, económicos y patrimoniales resulta crucial y solo un experto en la materia puede dar garantías de realizar una razonable labor de confección y control que brinde confiabilidad a las cifras determinadas y conclusiones arribadas. En rigor existe un sin fin de aspectos que deben tenerse en cuenta, a la luz de la legislación sobre la forma de confeccionar, analizar y considerar las declaraciones juradas que exige la ley de ética pública, así como también las normas tributarias.

El Consejo de la Magistratura prescindió de la participación de un contador público para establecer extremos patrimoniales. Y lo hizo tratando de justificarlo en los siguientes términos.

"Que a efectos de sustentar el criterio tenido en miras para precisar los montos que se incluyen en el detalle y análisis del flujo patrimonial efectuado en este apartado, ha de señalarse en primer término que los valores consignados surgen de la información contenida en la profusa documentación anexada a la causa, a excepción de los gastos presumidos correspondientes a consumo de combustible y alimentos -cuestión que será abordada más adelante- y que, las elementales operaciones matemáticas a las que fue necesario recurrir -sumas, restas y problemas de regla de tres simple- dan cuenta de la inexistencia de cualquier dificultad técnica que impida abordar y dar solución a los interrogantes del caso.

Viene al caso la aclaración, a fin de dar respuesta a la crítica que esgrime la Defensa por no haberse recurrido en autos a la intervención de peritos contadores para efectuar el análisis de que se trata mediante un estudio pericial contable, experticia que en función de lo puntualizado en el párrafo precedente es innecesaria. Ello es así, porque en autos se cuenta con toda la información necesaria y, para su procesamiento, basta con recurrir a operaciones de matemática elemental que permiten, de manera sencilla, dar respuesta a cada uno de los interrogantes planteados, tales como ¿cuál fue el monto total de ingresos del Magistrado en cada uno de los períodos? Desarrollo: volcar la información relativa a los ingresos y ahorro disponible, solución: operación matemática de adición, suma de los montos. ¿Cuál fue el monto total de egresos del Magistrado en cada uno de los períodos? Desarrollo: volcar la información de los gastos y erogaciones efectuadas, solución: operación matemática de adición, suma de los montos. ¿El monto de egresos se encuentra comprendido en el monto de ingresos o lo supera? Solución: operación matemática de sustracción, resta del monto total de egresos al monto total de ingresos. Y en su caso ¿cuál es el monto total en que los egresos superan los ingresos? Solución: operación matemática de adición, suma de los montos de desfasaje, es decir que superan los ingresos, correspondientes a cada período.

Explicado entonces el procedimiento al que se ha echado mano para dar respuesta a las sencillas cuestiones contables que aquí interesan, debe recordarse que los peritos son auxiliares de la justicia y, como tales, tienen por función asistir o asesorar al juzgador en aquellas cuestiones técnicas o científicas que por su especificidad resultan ajenas a su saber o entendimiento, lo que en modo alguno ocurre en este caso, pues la información reunida es fácilmente procesable a partir de los métodos utilizados que, sin duda, se encuentran bajo la órbita de saberes de los miembros de este jurado. 

Es decir, la sencillez del método que el Sr. Defensor considera “de almacenero” de ningún modo desacredita su eficacia, por el contrario, no hace más que dar cuenta de la facilidad con la que es posible el abordaje de la cuestión".

La decisión tomada por el Consejo de la Magistratura puso en peligro todo el proceso de juzgamiento. Consideramos que es un desacierto omitir toda intervención de contador público en situaciones como la que analizamos.


25.4.18

Nuevo Decano de los Peritos Contadores


Peritos de la Corte

Nuevo Decano del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales


La Corte Suprema de Justicia confirmó la designación del contador Alejandro Del Acebo en calidad de Decano del organismo, por el término de tres años.

El nuevo decano deberá proponer al perito oficial que lo acompañará como vicedecano durante su mandato.

El decano saliente contador Héctor Chyrikins se ha acogido a la jubilación.

El  Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales constituye una dependencia técnica de naturaleza y finalidad exclusivamente pericial que funciona bajo la superintendencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Tiene como misión dictaminar sobre cuestiones de la especialidad sometidas  a su consideración, mediante requerimientos dispuestos por magistrados judiciales nacionales y federales, y funcionarios del  Ministerio Público Fiscal; todos ellos con competencia en materia penal.

Resolución de la Corte Suprema


16.4.18

Los cuerpos periciales


Dos cuerpos periciales de contadores conviven en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: el tradicional Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales y el recientemente creado y conocido como Cuerpo de Peritos Anticorrupción.

El primero existe desde el siglo pasado, posee 21 peritos y una dotación total de 41 personas.

El segundo cuerpo, de más reciente creación cuenta con una dotación de 6 peritos contadores públicos, de los cuales hay 5 cargos cubiertos y a dos de ellos se le ha aceptado la renuncia condicionada. El nombre completo es "Cuerpo de Peritos del Poder Judicial de la Nación Especializados en Casos de Corrupción y Delitos contra la Administración Pública".

Desde su creación hay una serie de características que no se entienden con claridad:
  • Las tareas que realizan son similares al cuerpo de peritos creado el siglo pasado: las pericias contables anticorrupción no difieren en casi nada respecto de las restantes pericias contables.
  • Se superponen gastos y estructura, perdiendo en eficiencia.
  • Se requieren especialidades que no se condicen con las necesidades del desempeño pericial.
  • Los miembros de los tribunales examinadores, llamados comisiones asesoras, carecen de experiencia y reconocimiento profesional en la materia.
  • La selección de los candidatos no responden a criterios de objetividad que permitan atraer e incorporar a los mejores profesionales.
  • Un abogado se desempeña como perito: no se entiende la necesidad que un abogado realice peritajes o integre el cuerpo.
  • No se conocen planes de entrenamiento y capacitación, ni alicientes para perfeccionar el desempeño.
  • Dos peritos contadores ya renunciaron: algunos aspectos de este cuerpo no deben funcionar adecuadamente para que en tan solo dos años, algunos peritos hayan decidido renunciar a sus cargos. Estos dos expertos renunciantes provenían del tradicional cuerpo de peritos contadores, donde pudieron haber permanecido hasta su jubilación o por varios años más. Sin embargo, luego de ganar el concurso para el nuevo cuerpo, se alejan por renuncia, con gran celeridad, de lo que se deduce que el funcionamiento del flamante organismo no ha sido satisfactorio. Nadie cambia por un cargo equivalente para alejarse con tanta prontitud.

El antiguo Cuerpo de Contadores, por su parte, cuenta con 12 de sus 21 peritos con una antigüedad menor a tres años. De los restantes peritos, a 4 de ellos les fue aceptada su renuncia. Es decir, gran parte del cuerpo estará integrado por profesionales de pocos años en el organismo, o recién ingresados.

A diferencia de otros tiempos, los peritos contadores parecen contar con poco interés o incentivos para continuar prestando servicios en estos organismos, que solían contar con miembros de gran experiencia y antigüedad profesional.

La sola finalidad de tratarse de un cuerpo anticorrupción, debió haber tenido en cuenta condiciones especiales para que sus miembros sean reclutados entre los mejores especialistas, de modo de garantizar el resultado en las investigaciones que se realizan en las causas por delitos cometidos contra la administración pública.

12.3.18

Incapacidad de los jueces en resolver la demora de las causas judiciales

Salvo el juez Luis García, que dijo: “los jueces no son los más adecuados para hacer propuestas”, al resto no se le escuchó nada coherente.

En dos días no supieron avanzar, y encima, las conclusiones no reflejaron el contenido del debate.

Falta de autocrítica, mediocridad, desconocimiento y zancadillas, son algunas de las palabras que pueden resumir el trabajo de la comisión que debía hacer propuestas para acortar la duración de los procesos de corrupción, narcotráfico y trata de personas.

Allí estuvo “Contadores Forenses ONG”, cuya ponencia concreta pasó inadvertida.

Los magistrados presentes que en su mayoría se miran el ombligo, desoyeron la consigna de Lorenzetti, de instrumentar soluciones prácticas que lleguen al hueso del problema: no supieron cumplir el objetivo de reducir los tiempos judiciales.

Todo quedó en el aire.

Un encuentro lamentable que concluyó con el bochorno de magistrados gritando de pie, ofuscados por el desenlace irritante que coronó las muchas horas restadas a dictar sentencias.

Propuestas de Contadores Forenses ONG
  • Que la Dirección General Pericial de la CSJN (o el organismo que la reemplaza), con alcance nacional, intervenga en la selección de los expertos, promueva su perfeccionamiento, además de promover la auto-capacitación.
  • Reorganizar los cuerpos periciales, optimizar los servicios a juzgados y tribunales.
  • Capacitación permanente en temas técnicos, teniendo en cuenta la problemática de cada región o lugar.
  • Coordinar y cooperar entre Cuerpos Técnicos: compartir experiencias y conocimientos 
  • Acortar tiempos: 
  1. Superponer temporalmente las tareas simultáneas: delinear puntos de pericia y elementos de juicio al comienzo del proceso judicial.
  2. Iniciar peritajes en época temprana, con copia digital de la causa (o acceso por internet) y la documentación original.
  3. Secuestrar los elementos necesarios: no más, ni menos. El exceso y defecto demoran y debilitan la prueba.
  • Dar validez de los informes técnicos, en casos que no se requiere del control de las partes.
  • Carrera del experto contable: peritos, contador forense, especialistas en finanzas (Congreso de funcionarios, trabajo publicado en la Revista de la Asoc de Magistrados).
  • Dr. Luis García, dijo en la Comisión: “los jueces no son los más adecuados para hacer propuestas”. Concordamos con ello y la sugerencia es trabajar con Licenciados en Administración, Especialistas en Métodos y Tiempos, Especialistas en Sistemas, emplear procedimientos de Programación (PERT, Gant, etc). 
  • Evaluar la posible minimización de trámites superfluos. Para ello, tomar causas terminadas y analizar la cantidad de evidencias que resultaron innecesarias.

18.2.18

La "Ley de Ética" contempla las propuestas de Contadores Forenses

En la reunión preparatoria del anteproyecto de ley, Contadores Forenses ONG planteó la necesidad de contemplar el fenómeno del "nepotismo", no solo por los antecedentes en el Poder Ejecutivo, sino también por lo que ocurre en el Poder Judicial, especialmente en el fuero de la Seguridad Social y en la Corte Suprema de Justicia.

El anteproyecto también recoge parcialmente la propuesta de nuestra ONG, al considerar el "precio de venta" en el cómputo de los inmuebles. La propuesta completa, al investigar la situación patrimonial de los funcionarios públicos consistía en adoptar el "criterio financiero" o "criterio de lo percibido", pues lo que los investigadores y peritos necesitan establecer es si el funcionario contó -en cada momento- con los ingresos, recursos y fondos propios suficientes, para realizar las inversiones y capitalizaciones que declaran.

Ha habido casos en que se computan pasivos no percibidos, revaluaciones, amortizaciones o valores fiscales, que distorsionan el efectivo y real movimiento de fondos, situación que dificulta y condiciona la investigación contable, patrimonial y financiera.

El 31 de octubre de 2017 participamos en una reunión organizada por la Oficina Anticorrupción, con el auspicio y participación del Banco Mundial -a través de la especialista Ivana Rossi- donde se analizaron propuestas para la reforma de la ley de ética pública.

27.12.17

El contador de la familia Kirchner contó algunas maniobras realizadas


Caso Hotesur. La contabilidad de los Kirchner

El Contador Víctor Manzanares confesó e incriminó a los ex presidentes Kirchner y a sus hijos.

Algo se rompió entre el contador y la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, dice la publicación, que terminó por provocar la declaración de Manzanares, quien complicó a toda la familia.

Quienes conocen al detalle los infortunios de Manzanares en la cárcel, aseguran que, el ex contador de los Kirchner está realmente enojado con sus clientes.

Para empezar, ratificó las pruebas de cargo en su contra, que le leyeron antes de declarar, que no eran objetables para él. Es inusual que un imputado las acepte y ratifique, usualmente son negadas.

Ahora ratificó las acusaciones que antes negaba. Se trata del contador que manejó los estados contables personales y empresarios desde el año 1990, continúa explicando el periódico.

Sus propios dichos y acciones, no solo complicaron la situación procesal de los Kirchner en esta causa, sino también la de él mismo.

Manzanares declaró frente al juez y los fiscales del caso Hotesur. Al principio iba a responder solo veinte preguntas, pero luego pidió que lo interroguen más. Y dejó el juzgado de Ercolini diciendo que, en caso que la Justicia lo requiera, volvería cuando resulte necesario para dar más detalles de la contabilidad de los Kirchner.


Fuente

Las "sociedades por acciones simplificadas" en la Provincia de Buenos Aires - #SAS en PBA

La Dirección Provincial de Personas Jurídicas puso en macha las sociedades por acciones simplificadas (SAS), creadas por la ley de apoyo al capital emprendedor, las que entraron en vigencia en la provincia el día 22 de diciembre de 2017.

Los #LibrosContables serán llevados de manera digital y los registros serán individualizados (rubricados) mediante la obtención de un criptograma (fragmento de mensaje cifrado), a través de la aplicación que se encontrará disponible en el sitio web de la Dirección de Personas Jurídicas.

Todas las inscripciones serán tramitadas a través del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDEBA) y la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), resultando de inscripción obligatoria la constitución, reforma de estatuto, transformación, fusión, escisión, prórroga, reconducción, disolución, liquidación, cancelación registral, cambio de sede, designación y cesación de miembros de los órganos de administración y fiscalización, variaciones de capital social, con excepción del supuesto de aumento menor al 50% del capital social inscripto, las resoluciones judiciales, medidas cautelares y/o administrativas, sus actos y administradores, y la apertura y cancelación de sucursal de SAS inscripta en otra jurisdicción.

Nota completa

22.12.17

Jueces y peritos de la Provincia de Buenos Aires presentarán declaraciones juradas patrimoniales y sobre conflictos de intereses

Primer paso hacia la transparencia judicial

Entró en vigencia la obligatoriedad de presentar declaraciones juradas patrimoniales e información sobre conflictos de intereses de jueces, peritos y empleados que adquieran, administren o gestionen bienes o servicios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Acuerdo Nº 3880 del 20/12/2017.

Objetivo
Dar a publicidad los aspectos patrimoniales que pudieran afectar la ética de las actividades públicas, permitiendo de tal manera el control ciudadano, así como detectar y prevenir conflictos de intereses, en pos de garantizar la probidad e imparcialidad de los integrantes de la administración de justicia.

Carácter público
La norma establece que el formulario sintético contendrá una enunciación de los bienes y actividades del obligado, de su cónyuge o conviviente, y/o de quienes se encuentren bajo su responsabilidad parental, al 31 de diciembre de cada año, tanto en el país como en el extranjero, que den cuenta de ciertos aspectos patrimoniales y de situaciones que pudieren generar conflictos de intereses, sin contener precisiones que pudieren afectar su derecho de privacidad o de seguridad.

Publicación en la página Web
Una decisión importante ha sido que el formulario (sintético) de declaración jurada será publicado en la página web de la Corte provincial y también del Ministerio Público, y también podrá solicitarse copia en papel en el registro de DDJJ.

Cabe destacar la importancia que reviste el acceso rápido y sencillo a la información por parte de todos los ciudadanos, que ha demostrado ser el mecanismo de control más eficiente de los servidores públicos y contar así con información seria y confiable.

Acuerdo Nº 3880 SCJPBA

3.12.17

Conferencia de "Contadores Forenses ONG" en el Consejo de Ciencias Económicas

Rol del contador forense en la investigación de delitos económicos

Presentación de la Conferencia dictada por los Dres. Quintino P. Dell´Elce, Elisabet Garrido y Alfredo Popritkin en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Presentación de la conferencia


Conferencia sobre el Contador Público y la Criminalidad Económica

Tres integrantes de Contadores Forenses ONG disertaron en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas sobre el "Rol del contador Público en la investigación de los delitos vinculados con la criminalidad económica". Quintino P. Dell´Elce, Elisabet Garrido y Alfredo Popritkin expusieron sobre la situación actual de la justicia y cómo mejorar con la participación de los profesionales en ciencias económicas.

Conferencia completa

1.12.17

Finalizó el curso de actualización sobre Pericias Contables Penales Anticorrupción

Los contadores Quintino P. Dell´Elce y Alfredo Popritkin dictaron el curso de actualización sobre Pericias Contables  Penales Anticorrupción, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.

La Corte Suprema de Justicia creó hace un tiempo el Cuerpo de Peritos Anticorrupción, que se viene integrando en forma gradual, por profesionales de diferentes especialidades, entre ellos, por contadores públicos.

Durante el corriente año se llevó a cabo la selección de nuevos integrantes a formar parte de este cuerpo pericial, razón por la cual resultaba oportuno reunir a los profesionales interesados en estas materias y trasmitir la experiencia acumulada y en particular, las novedades que se sucedían entre clases y clase, paso a paso.

Es por ello que se llevaron a cabo dos cursos, dado que el primero de ellos cubrió la totalidad de las vacantes disponibles. Durante las reuniones que se fueron extendiendo a lo largo del segundo semestre del año, se analizaron casos de la realidad, normativas de la Corte Suprema en relación a los peritos, el funcionamiento de los cuerpos periciales, se relataron experiencias de los expositores mientras se desempeñaron como peritos contadores oficiales de la Corte Suprema, así como la experiencia reunida como miembros de "Contadores Forenses ONG", así como también la experiencia recogida como profesionales independientes.

Las reuniones estuvieron basadas en casos de la realidad, sobre temas del pasado y actuales, utilizando material de apoyo y se caracterizaron por el fluido intercambio y participación de los cursantes.