13.5.13

Enriquecimiento de los presidentes Kirchner: pericia contable, sobreseimiento y omisión de apelaciones

Durante el último mes conocimos noticias sorprendentes sobre actividades sospechosas de los dos últimos presidentes argentinos, a través del periodista Jorge Lanata.

Estas revelaciones pusieron en marcha causas penales y reactivó otras que estaban adormecidas.

Así como lo señaló Contadores Forenses ONG en el dictamen contable presentado en la causa que lleva el juez Sebastian Casanello, con evidencias existentes en la pericia realizada por los peritos oficiales de la Corte y Víctor Manzanares, contador del matrimonio Néstor y Cristina Kirchner.

6.5.13

Fiscal Marcelo Colombo: Investigación patrimonial en casos de delitos económicos y estimación de ganancias

Recuperación de activos, embargo, decomiso patrimonial, reclamo civil, acción de daños y perjuicios



En el marco del Congreso Antimafia organizado por la Fundación La Alameda, que tuvo lugar en la Facultad de Derecho (UBA) en abril de 2013, expuso el Fiscal Antitrata, Dr. Marcelo Colombo.

Entre los temas que desarrolló, nos encontramos con la investigación patrimonial de los delitos económicos. Estos principios son aplicables a distintos delitos económicos, tendiendo no solo a determinar los perjuicios y sumas involucradas, sino también al aseguramiento y posterior recupero de las mismas en un tiempo razonable.

Pericia contable realizada por el enriquecimiento patrimonial de Ricardo Jaime


El ex Secretario de Transporte de Argentina, Ricardo Jaime, su grupo familiar y testaferros, no pueden justificar el importante crecimiento patrimonial operado mientras era funcionario de gobierno, según han concluido el perito contador oficial y de la fiscalía.

Es muy llamativa la cantidad y variedad de bienes acumulados en pocos años, y especialmente la magnitud de los valores, que asciende a muchos millones de pesos y dólares. Desde casas en countries, departamentos en el país y en Brasil, inversiones en Córdoba y Santa Cruz, terrenos, yate, automóviles, moto, dinero en pesos y dólares, depósitos a plazo fijo y participación en sociedades; así como innumerable cantidad de viajes al exterior del grupo familiar de Jaime y su pareja.

Por falta de evidencias suficientes no se ha podido acreditar la adquisición de un avión y un barco, por encontrarse a nombre de sociedades off shore, bienes de importante valor.

El estudio pericial comprendió el análisis de la evolución de Jaime, su pareja Silvia Reyss, los hijos de ambos y de testaferros.

Ver análisis de Infobae.com

Pruebas contables disponibles al inicio de la causa Lázaro Báez



Las causas penales en las que se investigan fraudes en perjuicio del Estado Nacional se caracterizan por  la demora y extensión en el tiempo. Ahora bien, los hechos denunciados en el caso "Lázaro Báez" cuenta con evidencias contables válidas ya obrantes en un expediente judicial, como es la causa por enriquecimiento ilícito en que se investigó la evolución patrimonial en el año 2008 del matrimonio presidencial en Argentina.

Allí se encuentra el informe pericial contable realizado por los peritos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la declaraciones juradas patrimonial e impositiva de los mencionados funcionarios. Además, son públicas las declaraciones juradas de los restantes años.

Con esos elementos de juicio se ha preparado un "Dictamen contable" preparado por "Contadores Forenses ONG", que fue presentado en la causa "Lázaro Báez", para ser tenido en cuenta por el juez Sebastián Casanello y el fiscal Guillermo Mariján.

25.4.13

En el senado de EE.UU. se analiza un informe que da cuenta de la evolución patrimonial de la presidente Cristina Fernández de Kirchner

Douglas Farah
Un informe presentado ante el Congreso estadounidense muestra contradicciones sobre el incremento del patrimonio de la presidenta de Argentina.

La extravagante presidenta de la Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, se indignó el año pasado cuando, durante una gira de los Estado Unidos, una estudiante de Harvard le preguntó cómo habían incrementado sus bienes personales por más de 900 por ciento en menos de una década. "No sé de dónde sacás esas cifras, pero no es así," respondió ella.

Pero las cifras provienen de sus propias declaraciones patrimoniales requeridas por ley. Como lo demuestra un reciente análisis, sus bienes declarados se han incrementado de USD $1.6 millones en 2003, cuando fue elegido a la presidencia su esposo, Néstor Kirchner, a USD $18 millones para fines de 2012, finalizando el primer año de la segunda gestión presidencial de Cristina; el incremento es de más de 1,000 por ciento.

La gran mayoría del declarado incremento en bienes, que se basa en valuaciones de propiedad muy por debajo del valor en el mercado, apareció en 2008, poco después de que tomara Cristina el mandato. En ese año, su patrimonio subió de USD $5.2 millones a USD $12.7 millones, y luego siguió creciendo en los años subsiguientes. Los salarios de la presidenta y de su finado esposo Néstor, quien le precediera como presidente, representan menos del 4 por ciento de sus bienes.

Douglas Farah es un reconocido ex corresponsal del Washington Post y presidente de la firma nacional de consultoría de seguridad, IBI Consultores y Senior Fellow en el Centro Internacional de Evaluación y Estrategia.

Él es el autor de un informe devastador que ingresó al Senado estadounidense, fechado el 28/02/2013, esto es, antes de conocerse la noticia por supuesto lavado de dinero que desató el programa de Jorge Lanata, y otros, como el supuesto pago de sobreprecios en la compra de aviones a la brasilera Embraer por parte de Aerolíneas Argentinas.

23.4.13

Una propuesta sobre el contenido de las declaraciones de los funcionarios, para controlar su situación patrimonial

Declaraciones juradas patrimoniales

El debate en la Cámara de Diputados del Congreso Nacional sobre la reforma judicial, contó con el aporte de un proyecto por la minoría, que nos pareció interesante para ser tenido en cuenta. Veamos una parte del mismo.

La declaración jurada deberá contener una nómina detallada de todos los bienes, deudas, ingresos, gastos y consumos, propios del declarante, propios de su cónyuge, los que integren la sociedad conyugal, los del conviviente, los que integren en su caso la sociedad de hecho y los de sus hijos, en el país o en el extranjero. Todos los sujetos obligados deberán presentar una declaración jurada al comienzo de la función, anualmente, en carácter de actualización y una a los treinta días de la fecha en que cesen en función. En especial, se detallarán los datos que se indican a continuación: 

a) Bienes inmuebles, y las mejoras que se hayan realizado sobre dichos inmuebles. Deberá especificarse por cada bien: la fecha de adquisición, la ubicación geográfica del inmueble (en el país –provincia y ciudad- o en el exterior); la fecha de adquisición, la superficie del inmueble en m2, el porcentaje de titularidad sobre el mismo (en el caso de no poseer el 100%, se deberá identificar a los restantes cotitulares indicando el porcentaje que les corresponde y su número de CUIT/CUIL/CDI), el tipo de bien de que se trata (casa/departamento/cochera/local/country/lote de terreno/campo/otro), el destino dado al mismo (casa habitación/alquiler/recreo/inversión/otros), el valor total de adquisición en pesos (en el caso de que la compra fuere anterior al 01/04/1991 se indicará $ 1), la valuación fiscal al 31 de diciembre del año que se declara y el origen de los fondos que permitieron realizar la compra. 

En el caso de mejoras, cada año deberá indicarse el monto total invertido en este concepto y origen de los fondos involucrados en ellas. 

En sobre cerrado y lacrado deberá constar, por cada inmueble declarado, la ubicación precisa de cada inmueble (calle y número, identificación de la unidad funcional y nomenclatura catastral).

Se omitió el análisis adecuado de las conclusiones de la pericia contable

La Procuración General de la Nación emitió dictamen en donde señala la errónea y fragmentaria apreciación de la prueba, automática remisión a informes periciales sin un mínimo examen crítico del contenido, omisión de analizar elementos conducentes para la correcta solución del caso.


En la causa, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el auto por el cual el juez de primera instancia había decretado el procesamiento de Germán Luis Kammerath Gordillo, Alejandro Bernardino Cima,
Roberto Carlos Catalán, Roberto Eliseo Uanini, Alberto Gabrielli, Matías Bourdieu, Patricio Feune de Colombi, Luis Alberto Romero, Hugo Jorge Zothner, Pablo Francisco Arancedo, Juan Carlos Cassagne y Jorge Justo Neuss por el delito previsto en el artículo 174, inciso 5° -en función del artículo 173 inciso 7°- del Código Penal,

En el complejo "caso Ferreya" un juez supo relatar, a viva voz, el fallo condenatorio




El juez Horacio Dias del Tribunal Oral Criminal 21 brindó una clara y completa explicación a los asistentes a la lectura del fallo, en lenguaje coloquial.

Se trata del caso que juzgó al sindicalista José Pedraza y otros involucrados.

La comisión de valores de EE.UU. (SEC) anuncia un acuerdo de no enjuiciamiento con Ralph Lauren Corporation por pago de sobornos en Argentina por 700.000 dólares

La Comisión de Valores anunció un acuerdo de no enjuiciamiento (NPA) con Ralph Lauren Corporation en el que la compañía devuelve más de $ 700.000 en ganancias e intereses ilícitos obtenidos en relación con los sobornos pagados por un subsidiaria a los funcionarios del gobierno en Argentina desde 2005 hasta 2009. La mala conducta fue descubierta en un estudio interno realizado por la empresa, que notificó sin demora a la SEC.

La SEC ha decidido no cobrar a Ralph Lauren Corporación por violaciónes a la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), debido a la confesión rápida de la compañía de las violaciones, por propia iniciativa. También se tuvo en cuenta la integridad de la información que contiene y en su amplia y completa colaboración en tiempo real con la investigación de la SEC. 

La cooperación de Ralph Lauren Corporación evitó a la SEC de mucho tiempo y recursos normalmente consumidos en las investigaciones.

En los procesos penales paralelos, el Departamento de Justicia llegó a un acuerdo con Ralph Lauren Corporation en la que la empresa pagará una multa $ 882.000.

"Cuando se encontraron con un problema, Ralph Lauren Corporación hizo lo correcto al reportar inmediatamente a la SEC y la prestación de asistencia excepcional en nuestra investigación", dijo George S. Canellos, Director Interino de la División de Cumplimiento de la SEC. "El Plan Nacional de Acción en este asunto deja claro que vamos a otorgar beneficios sustanciales y tangibles a las empresas que respondan adecuadamente a las violaciónes y cooperar plenamente con la SEC."

La SEC anuncia un acuerdo de no enjuiciamiento con Ralph Lauren por mala conducta


22.4.13

Será más difícil investigar el enriquecimiento de los funcionarios públicos. Las declaraciones juradas mostrarán menos datos

Con la sanción de la ley sobre DDJJ de los funcionarios se reduce significativamente la información que podrán controlar los ciudadanos.

Hasta ahora se informa: 

a) Bienes inmuebles y las mejoras; b) Bienes muebles registrables; c) Otros bienes muebles, determinando su valor en conjunto. En caso que uno de ellos supere la suma de cinco mil pesos ($ 5.000) deberá ser individualizado; d) Capital invertido en títulos, acciones y demás valores cotizables o no en bolsa, o en explotaciones personales o societarias; e) Monto de los depósitos en bancos u otras entidades financieras, nacionales o extranjeras, tenencias de dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera. f) Créditos y deudas hipotecarias, prendarias o comunes; g) Ingresos y egresos anuales derivados del trabajo en relación de dependencia o del ejercicio de actividades independientes y/o profesionales; h) Ingresos y egresos anuales derivados de rentas o de sistemas previsionales. Si el obligado a presentar la declaración jurada estuviese inscripta en el régimen de impuesto a las ganancias o sobre bienes personales no incorporados al proceso económico, deberá acompañar también la última presentación que hubiese realizado ante la Dirección General Impositiva; i) En el caso de los incisos a), b), c) y d), del presente artículo, deberá consignarse además el valor y la fecha de adquisición, y el origen de los fondos aplicados a cada adquisición. Ley 25.188.

18.4.13

Lavado de dinero: conferencia en la Facultad de Derecho

Contadores Forenses ONG a través de Alfredo Popritkin compartió un panel con el titular de PROCELAC (Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Dinero), el Fiscal Carlos Gonella y el Contador Eduardo Blanco Alvarez, experto de la Procuración General de la Nación, en el marco del Congreso sobre "Mafia y Crimen Organizado" que realizó la Fundación La Alameda.

15.4.13

Vacían de contenido las DDJJ patrimoniales de los funcionarios públicos

Bajo la apariencia de extender el sistema a los tres poderes del Estado y publicar las declaraciones en Internet, se retrocede en el detalle de los bienes e información que contienen. Además, se pierden los controles previstos en la legislación.

La nueva norma propuesta reemplaza los detallados formularios de la Oficina Anticorrupción, por globales y sintéticas DDJJ que se presentan ante la AFIP, lo que permitirá esconder buena parte de información trascendente.

En lugar de mejorar esa información agregando un detalle de los actividad de las sociedades que pertenecen a los funcionarios, nada de eso se consiguió, sino que se retrocede con datos sintéticos que no dicen nada a los analistas e investigadores.

Otro cambio sustancial que empeora el sistema, es la eliminación de la Comisión Nacional de Ética Pública, que debía ser integrada por reconocidos ciudadanos de prestigio y alta moral. Esta comisión nunca se puso en funcionamiento. En lugar de avanzar en ello, la nueva norma en estudio en el Congreso Nacional simplemente suprime esa comisión, eliminando así toda posibilidad de control serio e imparcial y despojada de partidismo político.

8.4.13

“La trata, el trabajo esclavo, el narcotráfico son crímenes que persiguen fines económicos”, dice Gustavo Vera de Fundación La Alameda

Gustavo Vera de Fundación La Alameda

Gustavo Vera es un maestro de escuela, una persona de barrio, con fuertes principios y una gran entrega.

Está al frente de la Fundación La Alameda y lo acompañan un grupo importante de incansables luchadores contra la trata de personas y el trabajo esclavo.

Organizaron el congreso Antimafia con una cantidad de paneles y talleres, con expositores del país y del exterior.

Del Frade (periodista), Popritkin, Gonella y Blanco
Fuimos invitados a participar en el panel sobre Lavado de Dinero, a través de Alfredo Popritkin, junto a Eduardo Blanco (auditor de la Procuración General de la Nación) y Carlos Gonella (titular de PROCELAC).

"Conforen" expuso sobre el funcionamiento de la UIF y la Ministerio Público Fiscal, frente a la complejidad de las investigaciones de lavado y los escasos resultados producidos hasta el presente.

1.4.13

Mafias y Lavado de Dinero, un congreso organizado por La Alameda


En el Congreso Anti-Mafia la ONG Contadores Forenses participará a través de Alfredo Popritkin en el panel sobre "Lavado de Dinero y Crimen Organizado", junto al Fiscal General Carlos Gonella y el experto de la Procuración Eduardo Blanco Alvarez.

En otros paneles participarán:
Elisa “Lilita” Carrió, el Padre "Pepe", la Monja Marta Peloni, el Rabino Abraham Skorka, el Fiscal Marcelo Colombo, el periodista Rolando Graña, el consultor y analísta político Jorge Giacobbe, entre muchos otros disertantes.

Habrá también un panel de especialistas internacionales que expondrá sobre "Experiencias de combate contra el crimen organizado en el mundo".


Programa completo



25.3.13

La contabilidad forense ante la reforma del #CódigoCivil

La designación del Papa Francisco ha impactado positivamente en el ánimo de las personas, así como también en gobernantes e instituciones.

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner tuvo un acercamiento al nuevo Pontífice y se revisarán algunos temas que se legislan en la reforma de los códigos civil y comercial.

En esa línea la titular de la Comisión Reformadora, la diputada Diana Conti ha señalado que se están analizando diversas propuestas realizadas en las audiencias públicas.

En materia de "contabilidad y estados contables" nuestra ONG se ha presentado marcando algunos de los aspectos negativos que la reforma implica, que se encuentran plasmados en la nota presentada, el video de la exposición oral y en la versión taquigráfica, veamos:
Es de esperar que nuestras propuestas y preocupaciones se tengan en cuenta y queden reflejadas en el texto definitivo que se pondrá a consideración de los legisladores.

13.3.13

Actas que realizan los peritos oficiales

Los peritos contadores oficiales realizan actas de algunas reuniones que llevan a cabo con los peritos de parte.

Muchas dudas e interrogantes surgen sobre sus formas, procedencia, conveniencia, valor probatorio, requisitos y otros aspectos aún no tratados por la doctrina y jurisprudencia.

Indudablemente cumplen una función pericial de utilidad, pues permiten documentar diferentes aspectos del trabajo pericial. De ese modo, los participantes de las reuniones periciales no pueden alegar desconocimiento de los aspectos sobre los que se deja constancia en tales actas.

En un pronunciamiento sobre actas emanadas de autoridades policiales, la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal las encuadró en el art. 979, incs. 1° y 4° del Código Civil, expresando que son consideradas instrumentos públicos y hacen plena fe, en tanto no sean argüidas de falsas por acción civil o criminal (Causa N° 47.978 “Aversa, Adrián Jorge y otros s/procesamiento”, 5/3/2013).

En una causa penal el perito oficial conservó las actas de las reuniones periciales, de las que surgía que los peritos de parte participaron activamente de las reuniones y prestaron conformidad de las tareas periciales que se realizaron. Sin embargo, un perito de parte -al terminar la tarea- se negó a firmar la pericia contable, siendo objetada. 

Durante el juicio prestaron declaración los peritos contadores entrando en contradicciones hasta el momento que el perito oficial expuso sobre a existencia de actas que fueron solicitadas para el tribunal oral y que permitieron resolver cuestiones puestas en duda. El tribunal solicitó las actas, obtuvo copias y las agregó a la causa. Causa "Gómez, Carlos Armando y otro por defraudación c/ adm. públ.", TOF 1, causa Nº 446, sentencia del 12/4/2002.

11.3.13

Condena al ex presidente Menem con las pericias contables como pruebas

Luego de muchas idas y vueltas, una sala de la Cámara de Casación Penal condenó por contrabando de armas a un ex presidente, un ministro, varios funcionarios, además de otras personas.

Queremos destacar el compromiso y trabajo silencioso de personas comprometidas con la justicia, que han incidido en el caso.

  • Periodista de investigación Daniel Santoro
  • Abogado denunciante Ricardo Monner Sanz
  • Fiscal Carlos Stornelli
  • Juez Julio Speroni
  • Fiscal Mariano Borinsky
  • Perito contador oficial Alfredo Popritkin
  • Perito de Gendarmería Nacional Abel Britos
  • Juez de Tribunal Oral Gustavo Losada
Esta causa atravesó períodos de alta politización, siendo algunos de esos momentos la intervención de la Corte Suprema que excarceló al ex presidente y dos de los tres miembros del tribunal oral que dictó el sobreseimiento de los responsables, a pesas de los gravísimos delitos comprobados.