28.5.14

La Corte Suprema reglamentó la forma de presentar las declaraciones juradas patrimoniales

Mediante una acordada la Corte Suprema estableció la forma en que los magistrados, secretarios y funcionarios de rango jerárquico o con capacidad de decisión en contrataciones, que pertenecen a su ámbito, deben presentar la información patrimonial.

Recordamos que tiempo atrás Contadores Forenses ONG se reunió con la Corte y allí se propusieron algunos cambios. De esas propuestas se acogió a la recomendación de publicar las declaraciones juradas en el CIJ (Centro de Información Judicial), a fin de mantener la independencia y distancia que deben tener los magistrados. Esta propuesta fue tomada por el Tribunal.

En cambio, no prosperó el pedido de mejorar la calidad de la información, tal como lo hemos expuesto en nuestra nota anterior publicada en este Blog (clic). Allí también publicamos la nota completa presentada en conjunto con otras organizaciones civiles.

Además, con la nueva acordada se requiere realizar un trámite de identificación para acceder a la información pública, mientras que solo se podrá acceder al legajo reservado mediante una orden judicial o una disposición de ambas cámaras del Poder Legislativo. Esta circunstancia aleja a los magistrados de los estándares adecuados de transparencia y de la posibilidad de ejercer el debido control ciudadano.

26.5.14

Los funcionarios de la Ciudad de Buenos Aires comienzan a presentar sus declaraciones juradas

De la lectura de esta ley publicada en enero pasado, comienza un período de organización del sistema, designación de las respectivas autoridades de aplicación y reglamentación.

Surgen algunas cuestiones que ya se deberían tener en cuenta o impulsar:

- Declaraciones juradas: quiénes y cuándo deben presentar las declaraciones juradas: empezar a cumplir.

- Integrar las respectivas Autoridades de aplicación (Art. 23.- Autoridad de Aplicación.- El Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial deberán designar su propia Autoridad de Aplicación). 
Debe llamarse a concurso público (Art. 24 el representante máximo de cada uno de los poderes podrá reglamentar el funcionamiento de su Autoridad de Aplicación. La modalidad de designación del o de los miembros será mediante concurso público de oposición y antecedentes.

- Es de esperar que se dicte la reglamentación en un corto plazo.

- Se debe evitar que pase el tiempo. Si esto ocurre la autoridad de aplicación será -según la ley- la Auditoría General de la Ciudad.

25.5.14

Fraude de los funcionarios: se confirma el retroceso en la información sobre patrimonios

Al cumplirme un año de la creativa reforma de la ley, las declaraciones juradas de los funcionarios ocultan más información que antes de la modificación.

Tal como lo dimos a conocer desde que se conoció el proyecto, el cambio da como resultado que será más fácil enriquecerse en la función pública y más difícil demostrarlo.

Ello se debe a que los ciudadanos accedemos a menos información que antes de la reforma, sin que nada lo justifique.

Por el contrario, las reformas debieron haber mejorado la información, como por ejemplo en el detalle patrimonial de las sociedades que pertenecen a los funcionarios y sus familias o acerca de las cuentas o bienes que pudieren estar ocultos en entidades u otros países.

Nada de eso ocurrió, todo lo contrario, ahora ya no se conocerán más los bienes que los funcionarios adquieran a nombre de sus familiares, y acerca de los bienes inmuebles se dejan de conocer detalles fundamentales que hacen a su valor real.

Todo ello es resultado de una legislación tramposa impulsada desde el gobierno. En conclusión: hoy es un poco más fácil enriquecerse indebidamente sin ser detectado.

Por iniciativa de la Asociación por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el apoyo de Contadores Forenses ONG se impulsó una declaración y un minucioso trabajo que detalla los efectos de la reforma, así como lo que está sucediendo en cada uno del poderes del estado en materia informativa.


22.5.14

La designación de peritos fue sistematizada mediante una acordada de la Corte Suprema

Recientemente se ha distado una reglamentación aplicable a la designación de peritos en algunos fueros de la justicia.

El Dr. Quintino P. Dell´Elce ha realizado un análisis de la nueva normativa y un trabajo para Contadores Forenses ONG donde realiza sus críticas y comentarios.

Este aporte comprende desde la inscripción, administración, sorteo y nombramiento de los peritos judiciales designados de oficio en la justicia nacional y federal.

19.5.14

La auditoría de estados contables y la contabilidad forense

La contabilidad forense es una disciplina que busca realizar su aporte en la investigación judicial de los delitos económicos. Entre los insumos que utiliza se encuentran los informes que producen los auditores de estados contables. Cuando se trata de organismos públicos o empresas gubernamentales, quien participa como organismo de control es la Auditoría General de la Nación.

El contador Armando Miguel Casal especializado en temas de auditoría nos aporta un análisis del informe de la AGN sobre los estados contables de Aerolíneas Argentinas del año 2011, que publicamos a continuación.

5.4.14

Mariano Recalde reconoció a Contadores Forenses ONG el atraso de la contabilidad de Aerolíneas Argentinas

Atraso en los libros de contabilidad
El presidente de Aerolíneas Argentinas envió una carta documento mediante la cual admite el atraso de la contabilidad de Aerolíneas Argentinas.

Sin embargo, en lugar de aportar los balances atrasados de tres años, aporta información comercial y datos carentes de rigor contable, no auditados por la AGN.

En una entrevista donde el periodista Pepe Eliaschev se dirige a Recalde pidiéndole que le entregue a él los últimos balances atrasados, para derivarlo a los expertos contables, fue el disparador.

Alfredo Popritkin le pidió a Recalde que aporte los balances y documentación y se ofreció a realizar nuevos informes y declaraciones que aclaren la real situación contable de la empresa de transporte aéreo.

Ampliación de la pericia contable sobre la tragedia de Once

En medio del juicio oral por la tragedia de Once, se dio a conocer la pericia contable realizada sobre información suministrada por la empresa TBA.

Con diversas salvedades tomó estado público el peritaje realizado por tres peritos oficiales, una perito por la fiscalía y cuatro peritos defensores.

Un medio online publicó el informe que consta de:



Este informe, que podría tener incidencia sobre la suerte procesal que corran los funcionarios públicos y los directivos de TBA, se realizó con diversas salvedades planteadas por los peritos, en cuanto a la confiabilidad de la información tenida en cuenta para su preparación.

18.3.14

Monitoreo del Presupuesto de la Ciudad de Buenos Aires

Ponemos en marcha el control de los recursos de la Ciudad de Buenos Aires.

Para ello trabajaremos con información presupuestaria, su ejecución y las cuentas de inversión. Estos son los datos básicos a manejar.






La mayoría de los proyectos, emprendimientos e iniciativas tienen su reflejo en las finanzas de la Ciudad. Es por ello que nos parece importante analizar los gastos, las asignaciones y su seguimiento a efectos de contribuir a una adecuada asignación y aplicación de los recursos.

Cualquier sugerencia o inquietud por parte los ciudadanos o expertos en la materia dispuestos a aportar su conocimiento, podrán hacerlo por correo electrónico a ContadoresForensesONG@gmail.com.

YPF: en la tasación se omitió considerar un enorme pasivo

El método de tasación adoptado por el Tribunal de Tasaciones
El valor de las acciones de YPF expropiadas

por Alfredo Popritkin

El método de valuación utilizado es incompleto e inapropiado.
Según se indica en el informe de tasación del 17 de febrero de 2014[1], se ha seguido el método de valuación denominado “valor sustantivo o patrimonial”.
Mediante el mismo se habrían valuado solo bienes, tales como 3 refinerías, 1 petroquímica, terrenos, edificios, pozos de producción, ductos, equipos de perforación, estaciones de servicio, rodados, 1 aeronave y otros bienes.
Ahora bien, más allá de lo que dicen las normas, la aplicación de la ley no puede ni debe ser literal, automática y sin importar las circunstancias que rodean el caso, ignorando aspectos significativos que inciden directamente en la determinación del valor.
La norma aplicada indica: “No se tomarán en cuenta circunstancias de carácter personal, valores afectivos, ganancias hipotéticas, ni el mayor valor que pueda conferir al bien la obra a ejecutarse. No se pagará lucro cesante”[2].
Otros activos y en especial los pasivos no están incluidos entre las excepciones de esta norma y no pueden ser ignorados a la hora de la valuación.  Por ello pueden y deben ser incluidos en la valuación y por ende en la tasación.
No podemos olvidar que se está valuando la parte que corresponde a Repsol en YPF, que el objetivo de la valuación es determinar el valor de la empresa, para así calcular, cuando vale el 51% de acciones que correspondían a Repsol, acciones que fueron expropiadas.
Que el criterio legal de valuar solo bienes, es de aplicación cuando el estado argentino expropia bienes concretos y puntuales. En esos casos el estado se queda con esos bienes y por tanto debe indemnizarlos. En estos supuestos es de aplicación el artículo 10 de la Ley de Expropiación y no se deben incluir conceptos como los valores afectivos y similares; solo se atiende al valor de los bienes objeto de expropiación.
Pero ese criterio, de ninguna manera es aplicable en esta ocasión, porque el valor de las acciones de YPF es el que surge de tasar los activos y pasivos de la sociedad, incluidos en sus estados contables, debidamente valuados con el criterio de la ley pero en la totalidad de sus activos susceptibles de apreciación. En especial, de sus pasivos. YPF es una empresa cuyo valor como tal está conformado por un patrimonio donde inciden los bienes del activo, de donde deben deducirse el valor de los pasivos.
A tal fin deberían tomarse en cuenta como referencia los estados contables de YPF, debidamente auditados, cerrados en la fecha más próxima a la fecha en que se dispuso la expropiación.
Ponemos el énfasis en los pasivos, pues YPF es una empresa alta y desproporcionadamente endeudada, en atención a las decisiones adoptadas por los directores de los últimos 10 o 15 años. Que esas direcciones han seguido políticas de distribución de dividendos y desinversión que han afectado la capitalización de la empresa.
Existen estudios que concluyen que YPF fue sometida a un proceso de vaciamiento, como el informe realizado por Contadores Forenses ONG.
Del análisis de la situación patrimonial de YPF entre los años 2005 y 2012, se detectó que los índices de liquidez y endeudamiento sufrieron una caída muy importante. En 2005, por cada $1 adeudado, se poseía $ 1,35 para afrontarlo, y en 2011, por cada $1 adeudado se poseía solo 59 centavos. El endeudamiento financiero creció un 800% (8 veces) entre 2005 y 2012. Mientras, el endeudamiento propio se incrementó un 270% (3 veces) durante el mismo período.
En una empresa donde los pasivos son de tan significativa magnitud, omitir su consideración a la hora de establecer el valor de su patrimonio a fin de fijar el precio de las acciones que lo representan, implica una omisión inapropiada, inaceptable e inadmisible. El valor de tasación final así obtenido se encuentra distorsionado, muy alejado de la realidad.
A modo de ejemplo, si alguien adquiere un automóvil en $300.000 y para ello toma un crédito de $300.000, no posee un patrimonio equivalente al valor del vehículo adquirido, sino que su patrimonio es cero, pues el valor del bien, el automóvil, se lo adeuda por completo.
YPF es una empresa que se ha endeudado excesivamente. Justamente ese endeudamiento, cuyos recursos no fueron aplicados a su actividad de exploración, es decir, no fueron reinvertidos, sino que se distrajeron para el pago de dividendos en efectivo y también al pago de los vencimientos de esas deudas, en esa empresa ha disminuido su valor. Ello no se puede pasar por alto, como han hechos los señores tasadores.


[1] Expediente E-5.517/00, Sala Ad hoc TTN Nº 9/2013.
[2] Artículo 10 de la Ley Nª 21.499 de expropiación.

15.3.14

La dudosa tasación de las acciones de YPF

Días pasados analizamos el informe del Tribunal de Tasaciones de la Nación sobre las acciones expropiadas a Repsol.

Daniel Martín, presidente de la sala Ad Hoc YPF del Tribunal de Tasaciones, presentó las principales conclusiones de ese organismo.

Martín dio detalles. Entre YPF e YPF Gas, el Tribunal tasó 5.160.872 bienes, contabilizó pasivos adicionales por 300 millones de dólares tras la expropiación que le informó la gestión estatal de la empresa y sumó más de US$ 2372 millones en contingencias. Su conclusión fue que ambas empresas valían, al momento de la expropiación, US$ 9657,397 millones, por lo que el 51% costaba US$ 5049 millones.
El Ingeniero Martín no aclara a qué fecha se realizó la tasación, si tomó como base los estados contables de YPF e YPF Gas, si consideró estudios en pesos o dólares y si los estados contables se encontraban auditados y por quién.

Tampoco informa la cotización del dólar tenida en cuenta al emitir el informe, pues al valuar en este divisa estas empresas habría considerado cifras en pesos. Salvo que haya tenido como base estados contables presentados a la SEC de EE.UU., donde YPF cotiza sus acciones.

De todos modos, el informe de tasación y la exposición en el Senado (publicada), dejan preguntas sin responder. Algunas de ellas podrían ser:
  • Cómo pudieron valuar YPF sin ser contadores públicos ambos miembros del TTN.
  • Qué criterios y normas de contabilidad han aplicado. Indicación genérica y puntual.
  • Qué estados contables tomaron como base.
  • Qué bases, criterios y procedimientos han seguido.
  • Han tomado en cuenta solo el valor de cotización de las acciones. A qué fecha y de qué mercado.
  • Cómo llegan de la cantidad y tipo de acciones expropiadas a las conclusiones de la tasación.
  • Corroboraron y cómo determinaron la veracidad o verosimilitud de los "pasivos adicionales por 300 millones de dólares tras la expropiación que le informó la gestión estatal".
  • Qué conceptos e items comprenden esos 300 millones de dólares.
  • Qué comprenden los "US$ 2372 millones en contingencias" que adicionaron en la tasación y cómo los determinaron.
  • Cuando refiere que "el Tribunal tasó 5.160.872 bienes" a qué se refiere, cómo se componen, que cálculos realizaron. Puede exhibir o poner a disposición los "papeles de trabajo".
  • Consideraron los posibles eventos a que están sujetos los bonos a emitir (plazos, intereses, valuaciones).
  • Sobre qué valor base impactaron los "pasivos adicionados" y las "contingencias" calculadas.
  • Qué papel jugaron los funcionarios del Ministerio de Economía en la tasación.
  • El TTN actuó en forma imparcial, aplicando solo principios técnicos y sin tener en cuenta la opinión de los funcionarios del Ministerio de Economía.
  • Los ha condicionado en alguna medida el hecho que primero se realizó el acuerdo con Repsol, con valores incluidos y recién después se realizó la tasación por parte del Tribunal.
Existen muchas preguntas sin responder y más dudas que aclaraciones. Habría que conocer muchos más detalles que los tasadores intervinientes deberían ir informando al Congreso de la Nación.

13.3.14

Honorarios del perito contador en el fuero penal cuando se solicita regulación judicial


El sueldo del perito oficial de la Corte Suprema es tomado como pauta para regular honorarios de los peritos de los pericias de las partes

HONORARIOS. REGULACIÓN. PAUTA PARA FIJAR SU MONTO.
“Cabe traer a colación que esta Sala ha sostenido en anteriores ocasiones que “...el sueldo bruto que cobra mensualmente un integrante del Cuerpo de Peritos de la Justicia Nacional, con usufructo de retribución por título habilitante, puede servir como referencia objetiva...” (causa n° 47.206 “Grumberg s/ regulación de honorarios”, rta. 4/9/12, reg. n° 944; causa n° 43.108 “Paleo, María Clara s/ regulación de honorarios”, rta. 9/11/09, reg. n° 1239, con cita de las causas n° 30449 "Figueroa Alcorta", reg. n° 365, rta. 21/5/99; n° 33.537 "Carniglia", reg. n° 699, rta. 15/7/02; c. n° 30.567 "Renzi", reg. n° 938, rta. 27/10/99; c/n° 35.643 "Bressan", reg. n° 768, rta. 4/9/03; Sala II, causa n° 23.167 "Procupez", reg. n° 24.763, rta. 2/02/06, entre otras)”.

Asimismo, hemos dicho que deben ser tenidos en cuenta, como pautas de valuación, elementos de juicio tales como la calidad del desempeño de los peritos y su solvencia profesional, el tiempo insumido en la realización del estudio encomendado, la complejidad del peritaje y la utilidad de sus resultados para el proceso (ver causa n° 33.581, “Bauer, Ernesto s/ regulación de honorarios”, rta. 22/11/02, reg. n° 1231, entre otras)”.

C.C.C. Fed. Sala I 10.9.2013, Causa 48.588, jueces Ballestero – Farah, caso “Florio”,  Reg. 1068 J. 11 - S. 22

La valuación por el Tribunal de Tasaciones de las acciones de YPF expropiadas a Repsol

No se realizó un trabajo válido y la conclusión a la que se ha arribado carecería de razonabilidad y veracidad


Con respecto a la tasación de acciones, no se indican los métodos, criterios o procedimientos seguidos. Tan solo se remite genéricamente "a los principios generales y bases de valoración previstos en las Normas Nacionales de Valuación y los criterios utilizados en carácter de Órgano Rector en tasación de bienes, con la debida consideración del valor sustantivo o patrimonial, de conformidad con la legislación aplicable y las características de los bienes en cuestión".

Que la valuación de acciones se podría realizar teniendo en cuenta su valor de cotización en los mercados, o bien, por su valor contable. No se ha señalado cuál de los métodos se ha seguido. Que ambos métodos ofrecen variantes, pero en ninguno de los casos se indica cuál se habría adoptado.

A pesar que en la resolución se manifiesta haber visto los términos y condiciones del Convenio, no se señala a qué valor técnico arribaron después del análisis del documento.

Tampoco se señala el impacto que produce en la valuación la forma de pago acordada a través de bonos y las demás clausulas del acuerdo, que incidirían en el precio.

Que tal como surge del informe del TTN, similar conclusión y dictamen resultaría aplicable a cualquier valor de acuerdo, ya sea el valor nominal acordado de cinco mil millones de dólares o para un valor de diez veces esa suma, o bien de una cifra equivalente a la vigésima parte de 5.000. Que por ello, este informe resulta inaceptable porque carece de base seria y no está referido a las particularidades del caso.

Con base en el contenido del informe se presume que no se realizó un trabajo de valuación válido de las acciones expropiadas a Repsol S.A. y que la conclusión a la que se ha arribado carecería de razonabilidad y veracidad.

11.3.14

Contadores Forenses ONG se reunió con el presidente de la Cámara Federal de Casación Penal

Dr. Mariano Borinsky
El Dr. Mariano Borinsky es el flamante y joven presidente del más alto tribunal penal de Argentina recibió a Conforen.

Fue un encuentro amistoso en donde nos contó la cantidad de tareas y responsabilidades que tiene a su cargo, no solo las vinculadas con las causas que llegan a la Sala IV a la que pertenece, sino todo lo relativo a las cuestiones se superintendencia, personal, y mantener en todo un grado de eficiencia y control.

En relación a las organizaciones de la sociedad civil se mostró auspicioso, dispuesto a trabajar en forma coordinada. Nos comentó que están trabajando en la redacción de un reglamento para el buen funcionamiento de los Amigos del Tribunal, a fin de poder participar en las causas que así lo requieran por su complejidad e importancia.

Le hicimos saber acerca de la conveniencia que la justicia penal mejore en lo relativo a la redacción de cuestionarios periciales y la posibilidad que existan protocolos que se pueden elaborar con la participación del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales referidos a la investigación de los diferentes delitos.

Nos hizo notar que la Sala IV a la que pertenece, está publicando en el sitio web del Poder Judicial el calendario de audiencias, y que espera que las restantes salas se sumen a esa iniciativa. En efecto, si observamos el sitio www.pjn.gov.ar, ingresando por "Fueros con Competencia en todo el País", "Justicia Federal de Casación Penal", en la solapa "Calendario de Audiencias" aparen, por ahora, "Sala IV" y todas las audiencias que a la fecha se encuentran programadas por los próximos dos meses.

Por ejemplo, allí se observan dos Audiencias en causas de Alsogaray, María Julia s/ recurso de casación, del 6/03/2014, a las 11:55 horas, en causa nro. 783/2013 y a las 12:00 horas en causa nro. 1253/2013.



7.3.14

Pepe Eliaschev exhortó a Mariano Recalde a presentar los balances de Aerolíneas Argentinas

Con motivo de los informes realizados por Contadores Forenses sobre las irregularidades contables y financieras de Aerolíneas Argentinas, el periodista Pepe Eliaschev entrevistó por Radio Mitre a Alfredo Popritkin.

Al finalizar la entrevista Eliaschev contó que recientemente el presidente de Aerolíneas Argentinas, el Dr. Marino Recalde lo invitó a tomar un café en su despacho y hablaron sobre la empresa.

Por tal razón y teniendo en cuenta el trabajo de Conforen, Eliaschev exhortó por radio Mitre a Recalde, a que lo vuelva a invitar y le entregue los balances que no se conocen, para dárselos a expertos para su análisis.

Se aclara que la ONG ha solicitado al correo electrónico del presidente de Aerolíneas la entrega de los estados contables, sin que diera ninguna respuesta a esa solicitud.

6.3.14

¿Qué oculta Aerolíneas tras sus balances?


Los indicadores que muestra la situación comprometida
La empresa recibió 20 mil millones de pesos del Estado Nacional en cinco años y no se sabe adónde fue a parar todo ese dinero.  No rinden cuentas. Los balances de los dos primeros años están plagados de irregularidades. La AGN encontró infinidad de deficiencias y Contadores Forenses ONG realizó dos informes donde fundamenta serias sospechas de fraude. El juez federal Luis Rodríguez y un fiscal trabajan en la investigación.

A pesar que tiene sus balances terminados no los presenta, los oculta. Sus cuentas no son conocidas y no pudieron ser revisadas. En su sitio web se encontraron los balances escondidos de Aerolíneas y Austral, y cuando se lo informó a la justicia los hicieron desaparecer. Las pruebas de todo ello ya están en la causa penal.

La sociedad civil y los legisladores no pueden conocer las cuentas, a la AGN no le permiten completar las auditorías y la Inspección General de Justicia no recibió o no exhibe los balances. No es posible reconstruir las rendiciones de cuentas y no brindan explicaciones sobre qué han hecho con el dinero de los argentinos.

Se han encontrado irregularidades de todo orden: en relación a las obligaciones societarias, en cuanto al manejo financiero de los fondos y además muestran un déficit sin precedentes, en orden a lo económico tiene gastos llamativos e ingresos no comprobados, la solvencia patrimonial no existe y se encuentra en estado de insolvencia, en lo administrativo es un caos y descontrol que induce a sospechar fraudes.

Con las escasas evidencias a las que accedió la ONG se han llegado a muy llamativas conclusiones. Cuando una profunda investigación corra el velo de la verdad oculta, esta aflorará y se podrá conocer la gravedad y magnitud del problema y dimensión del perjuicio acumulado.

Una buena investigación permitirá que Aerolíneas Argentinas no nos lleve a repetir el desquicio y fracaso que vivimos con YPF.

por Alfredo Popritkin

El segundo informe forense sobre Aerolíneas Argentinas fue comentado por el dario Perfil

Los ingresos de Aerolíneas no cubrirían sus “gastos básicos”

Desde 2009 a 2010, el Estado aportó 15 mil millones de pesos a la compañía. Presentan un estudio contable externo a la Justicia.

La polémica por la situación financiera de Aerolíneas Argentinas suma ahora un nuevo capítulo: en un duro informe, la ONG Contadores Forenses explica la situación contable de Aerolíneas Argentinas, en el que aseguran que los ingresos totales de la compañía no llegan a cubrir los gastos básicos, como salarios, mantenimiento y combustible, entre otras. Esta situación ocurre desde 2008, cuando la empresa aún estaba en manos privadas y entró en crisis. Pero desde la ONG sostienen que con la nueva administración pública se mantuvo la situación en 2009 y 2010, años en que, según denuncian, “se gastaron más de 4 millones de pesos por día en administrar y promocionar la empresa. En todo este tiempo, el Estado argentino aportó más de 15 mil millones de pesos a la compañía”.
El informe que elaboró la ONG Contadores Públicos fue presentado ante el juez federal Luis Rodríguez, quien investiga al titular de Aerolíneas Argentinas, Mariano Recalde; y al ministro de Planificación, Julio De Vido, por el manejo de la empresa y por no denunciar el vaciamiento que produjo Marsans cuando administraba la compañía.
PERFIL intentó comunicarse con representantes de Aerolíneas Argentinas para conocer su versión, pero no obtuvo respuestas. Además, la entidad no pudo analizar los balances correspondientes a 2011, 2012 y 2013. Alegó que no habían sido presentados. Desde la Auditoría General de la Nación (AGN) aseguraron que “la característica de la aerolínea es que tiene un carácter negativo, más allá de los aportes del Estado”. Sin embargo, aclararon que ya recibieron los balances de 2011 y 2012. En diálogo con PERFIL, Alfredo Popritkin, titular de Contadores Forenses, aseguró que “lo más grave de la situación es que muestran que Aerolíneas es una empresa que gana mucha plata, pero resulta que no sólo pierde mucho dinero, sino que por cada pasaje que vende ni siquiera cubre los costos mínimos. Cuanto más vende Aerolíneas, más pierde, en lugar de ser al revés”.
Por su parte, desde la Auditoría confirmaron que recibieron y analizaron los balances correspondientes a 2011. También el informe de 2012, pero que aún no fue estudiado por el organismo. Horacio Pernasetti, auditor general de la Nación, aseguró a PERFIL que “hay datos que hacen que no podamos dar una opinión certera. La característica de la empresa es que tiene un patrimonio negativo, a pesar de que el Estado hace aportes importantes”. Además, sostuvo que “hay un desorden muy grande”. “Una de las razones por las que se expropió la compañía alGrupo Marsans fue porque tenían un patrimonio neto negativo, que hoy, a varios años de la expropiación, sigue siendo negativo, a pesar del dinero que aporta el Estado nacional”.