19.9.13

Comienza a aplicarse el nuevo régimen de DDJJs patrimoniales de funcionarios públicos

Entra en vigencia el nuevo régimen de DDJJ patrimoniales. En pocos días la OA publicará la información que reciba.

Poder Ejecutivo: menos información a los ciudadanos en formularios resumidos, en coincidencia con la AFIP.

Poder Judicial: no informará a la Oficina Anticorrupción, sino que mantendrá su propia oficina receptora. Las DDJJ públicas mostrarán menos información. Las publicarán en el sitio del Centro de Información Judicial, el año próximo. El Consejo de la Magistratura no se pronunció.

Poder Legislativo: aún no reaccionó, pero resulta de aplicación la nueva legislación, incluso a quienes son candidatos a legisladores.

Ministerio Público Fiscal: brinda información amplia y detallada a los ciudadanos y a la vez cumple con la nueva legislación sobre la materia.

Habrá que esperar a las próximas semanas para conocer detalles de la efectiva implementación por los distintos poderes del Estado.

18.9.13

Será más fácil ocultar el patrimonio de los funcionarios. Nuevo régimen de declaraciones juradas













Los funcionarios darán a conocer menos información en sus formularios de DDJJ


Quedó confirmado a través de la resolución del Ministerio de Justicia, que publicó los nuevos formularios a ser completados. Solo se conocerán los totales de activos y pasivos al inicio y el final del período, sin conocer cuál es su composición.

Lo mismo ocurre cuando se informa la llamada "evolución patrimonial", de donde no se sabrá su integración. De esta manera se garantizará el ocultamiento de información a la ciudadanía, que de ahora en adelante será un mero espectador ante las sospechas de enriquecimiento injustificado.

Así ha quedado consumada la maniobra legislativa aprobada en el paquete de leyes llamados de "democratización de la justicia", que logra aumentar el grado de impunidad de los funcionarios  públicos inescrupulosos.

El 19 de setiembre de 2013 vence la presentación del año 2012.


17.9.13

Por destrucción de prueba condenaron a un perito a un año de prisión y tres años de inhabilitación para ejercer la profesión

El perito fue imputado por la alteración de un objeto destinado a servir de prueba en el marco de la causa por el homicidio del joven militante del Partido Obrero Mariano Ferreyra.

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 16 de Capital difundió los fundamentos de la sentencia que condenó al perito Licenciado Roberto Locles a un año de prisión en suspenso e inhabilitación especial de tres años para desempeñar su profesión.

Locles arrojó intencionalmente el proyectil que servía como evidencia, contra una superficie dura, alterando su conformación, sin ser ello un procedimiento necesario ni habitual a realizar en un acto pericial.

14.9.13

Valiente actitud de la perito Contadora y Abogada María Eleonora Feser de la Procuración General de la Nación afectada a la causa en la que se investiga a Jaime por el delito de enriquecimiento ilícito

La contadora designada por la Fiscalía de Carlos Rívolo se enteró de la sustracción de pruebas por parte del imputado Ricardo Jaime y reaccionó de inmediato alertando a las autoridades y realizando los procedimientos que derivaron en la condena penal del ex Secretario de Comercio de la Nación.

Feser, quien actúa como perito de la Fiscalía en la causa de enriquecimiento que se le sigue a Jaime, participó de los allanamientos realizados en la ciudad de Córdoba, Capital.

Ni bien tomó conocimiento por información trasmitida por quienes participaron de las medidas, no dudó y adoptó los recaudos y dejó las constancias debidas, que derivaron en la realización de una causa penal por sustracción de pruebas y la condena a Jaime a seis meses de prisión.

13.9.13

Contadores Forenses ONG determinó anomalías contables en el contrato de compra de Petrobras

El diario La Nación recurrió a Contadores Forenses para analizar la operación de compra venta de la firma que pasó de pertenecer a la petrolera estatal brasileña Petrobras hacia el empresario Cristóbal López.

Dice el diario:
Las supuestas irregularidades se centran en los documentos que firmó el operador Jorge Rottemberg, que cobró al menos US$ 8,8 millones de López, pero que en 24 horas los transfirió mediante un "contrato de cesión de derechos al cobro".

Para el presidente de la ONG Contadores Forenses, Alfredo Popritkin, algunas de las "contradicciones" están en ese "contrato de cesión".

Rottemberg lo firmó con el estudio vinculado al operador João Augusto Henriques, quien admitió los sobornos ante la revista brasileña Época.

Para empezar, afirmó Popritkin, porque en ese contrato "no se describe el tipo de servicios y honorarios que generan comisiones y honorarios por hasta 10 millones de dólares, suma que representa más del 20 por ciento de la operación principal".

Ex perito contador de la Corte Suprema, Popritkin también remarcó que, según ese contrato de cesión, "cuanto más bajo resulte el precio de la transacción, mayores serán la comisión y los honorarios, lo que resulta inusual en operaciones legítimas". También, porque establece que Rottemberg no percibiría una retribución si no se concretaba la operación, "lo que hace pensar que no se trata de un trabajo profesional, sino de un pago con destino final a quienes aprueben la venta de la refinería y estaciones de servicio". Un segundo perito contador forense también expuso que en ese contrato de cesión falta la constancia de pago del impuesto de sellos en la ciudad de Buenos Aires, donde se consigna que se firmó, y que le daría fecha cierta.


11.9.13

Por primera vez la Corte Suprema de Justicia pidió aclaraciones periciales en una audiencia pública

En la expediente judicial por el cual el Grupo Clarín cuestiona la constitucionalidad de algunos artículos de la llamada Ley de Medios, en una audiencia pública el más alto tribunal de la nación realizó preguntas a quién actuó como perito, que junto a otros peritos presentó un informe escrito en el expediente.

Los expertos debieron respondieron en forma en el acto a las preguntas que se le formularon, brindando explicaciones breves y concretas.
Reproducimos las partes pertinentes de la versión taquigráfica, referidas al Licenciado en Economía, perito Alessandría.

Queremos hacer ahora unas preguntas al perito Néstor Rubén Alessandria. Queremos decir a las partes que estas preguntas fueron un poco extensas, pero todos los ministros hicieron sugerencias en relación a cuestiones planteadas en el expediente y por eso nos hemos dedicado básicamente a ordenarlas y que todas las preguntas puedan ser respondidas en un tiempo razonable. 

Después de que terminemos –son seis preguntas- con el perito, pensamos que las partes tienen derecho a argumentar cada una, 10 minutos, sobre si hay alguna otra cuestión que se haya dicho, como una suerte de réplica de lo que dijo la anterior. Pueden ir preparando mientras escuchamos las preguntas al perito. Doctor Abritta. 

Sr. SECRETARIO (Dr. Abritta).- Respecto de su respuesta al Punto 11 de la pericia. 
En particular, cuando contesta si la prohibición de propiedad cruzada prevista en el artículo 45, punto 2 (orden local), incisos c) y d), de la ley 26.522, afecta el régimen de libre competencia y el desarrollo de la industria de medios, usted considera que ser titular de un canal de televisión abierta y de una licencia de cable implica ahorros para las empresas por tratarse de una "economía de alcance". 
Ahora bien, deje de lado el aspecto económico, financiero y de eficiencia y explique, concretamente, si esta sinergia económica afecta o contribuye a la diversidad de contenidos. 
Lic. ALESSANDRIA.- Yo creo que lo que hace es ayudar a la sinergia entre ambos contenidos. Es decir que al tener por una parte el contenido y de ahí en más la distribución ayuda a una mejor expresión. 

29.8.13

Acerca de las cifras consignadas en las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios. Denuncia de la diputada Ocaña al vicepresidente Boudou

El régimen de declaraciones juradas de funcionarios, tiene algo más de diez años, con algunas modificaciones que se fueron realizando en ese lapso.

Era de esperar que la información que se venía brindando, mejorara en su calidad. Ello no ocurrió, pues la reforma del régimen realiza en este año 2013 reduce ampliamente la información pública y se adapta a la estructura que tienen las declaraciones juradas impositivas, las que son válidas para otros fines.

Ahora bien, resulta interesante el contenido de la denuncia realizada, pues en ella se plantean cuestiones que obligarán a definir y precisar judicialmente los criterios correctos en la realización de tales declaraciones.

26.8.13

Los viáticos que cobran los funcionarios no justifican su incremento patrimonial

Una discusión técnica ha salido nuevamente a la luz: las sumas recibidas por los funcionarios, por diferentes conceptos, sirven para justificar su incremento patrimonial?

El vicepresidente de la nación Amado Boudou intentó justificar parte del incremento de su patrimonio con sumas percibidas para viáticos.

Esta situación ha generado dos cuestiones. Por un lado se plantea si los viáticos pueden ser utilizados con otro destino de aquel para el que fueron otorgados. Qué debe hacer el funcionario cuando estos viáticos no fueron utilizados.

Abrimos un paréntesis. En la causa de enriquecimiento ilícito seguida contra la ingeniera María Julia Alsogaray, esta funcionaria intentó justificar parte del aumento de su patrimonio con fondos reservados percibidos en calidad de sobresueldos. Estos fondos reservados se encontraban destinados a cubrir asuntos de seguridad e inteligencia del estado nacional. Su empleo con otro destino significaba un desvío de fondos y por ende un uso indebido de fondos públicos.

Por tal razón el tribunal oral no admitió el intento de María Julia, pero además, la funcionaria se encuentra procesada, junto a otros funcionarios, en la causa conocida como de pago de "Sobresueldos".

Estas son pautas que deberían ser precisadas por los jueces, pues al momento de arribar la causa a consideración de los peritos contadores oficiales para la realización del correspondiente peritaje, tendrán que saber cómo aplicar estos fondos, si deben excluirlos, o no, del cómputo de los ingresos.

Ahora bien, si estos viáticos percibidos por Boudou lo fueron de manera indebida, también se daría cabida a la denuncia formulada por el abogado Alejandro Sánchez Kalbermatten a consideración del juez federal Ariel Lijo.

22.8.13

Los jueces darán menos información de sus bienes y la publicarán en Internet

Al igual que los funcionarios del Poder Ejecutivo, los jueces darán a conocer a la sociedad menos datos sobre su patrimonio personal.

Sus declaraciones juradas públicas no contendrán información de detalle, solo mostrarán los totales de cada rubro o concepto, tal como aparece en los formularios que se presentan en la AFIP.

En el año 2014 entrará en vigencia un sistema de publicación en el sitio web de la Corte Suprema denominado CIJ, Centro de Información Judicial, en coincidencia con las propuestas de las ONGs al tribunal en la reunión de la semana pasada.

Con los anuncios contenidos en la acordada, el tribunal perdió la oportunidad de ponerse al frente en cuanto a transparencia, pues en lo sucesivo los ciudadanos conocerán menos acerca de posibles incrementos dudosos o no justificados.


A pesar que la disposición de la Corte -que aquí publicamos- invoca el principio de transparencia, lo cierto es que se ha quedado a mitad de camino y en el futuro los ciudadanos conoceremos menos información sobre la situación económica y patrimonial de los miembros del Poder Judicial.

14.8.13

La Corte Suprema de Justicia y el Consejo de la Magistratura recibieron a Contadores Forenses y otras ONGs para tratar la reglamentación de las declaraciones juradas de los jueces y funcionarios judiciales

Recientemente se sancionó una nueva ley que modificó el régimen informativo sobre el patrimonio de los funcionarios de los tres poderes del Estado.

El Poder Ejecutivo y el Ministerio Público Fiscal ya reglamentaron la nueva normativa. Aún no lo hizo el Poder Legislativo, ni el Poder Judicial.

La Corte Suprema y el Consejo de la Magistratura recibieron las inquietudes y preocupaciones trasmitidas por las ONGs entre las que se encontró presente Contadores Forenses, así como también ACIJ, Poder Ciudadano, FARN y otras.

El presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Mario Fera y el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Alfredo Kraut escucharon atentamente las exposiciones de las entidades no gubernamentales.

Ahora bien, Contadores Forenses propuso mejorar el contenido de la información presentada hasta al presente, en base a la experiencia recogida.

Se propuso agregar, por lo menos, lo siguiente:

1) en los casos que participaciones en sociedades, fideicomisos u otras formas o contratos asociativos, del país o del exterior, mayores al 10% del patrimonio del ente, se podría requerir que los funcionarios acompañen copia firmada de los últimos estados contables cerrados. Si esa participación representa más del 30% del activo del funcionario, se podría requerir, además, un detalle de los bienes de uso e inversiones del ente, incorporados desde que asumió como funcionario, con sus valores a la fecha del último cierre de balance o valuación. Esto apunta a que no se utilicen las sociedades, como una forma de ocultar patrimonios que en realidad pertenecen a los funcionarios.

2) informar las cuentas bancarias, depósitos y cualquier otro activo en el exterior que el funcionario, mantenga, incorpore o incremente mientras se encuentra en ejercicio del cargo o función pública. Esta suele ser otra forma de ocultar activos.

Además de compartir el documento inicial de aportes para la reglamentación:

12.8.13

Oyarbide tuerce y manipula investigaciones contables


por Alfredo Popritkin[1]

Un juez penal debe buscar la verdad para lo que aplica las leyes. Además utiliza todo su conocimiento y experiencia, pero en sentido positivo, para el bien. No se debe dejar influenciar y actúa con ecuanimidad, independencia y objetividad.
Una semana atrás la Cámara Federal reprendió por segunda vez a Oyarbide en la causa Schoklender y lo apartó del caso. Es una de las más duras sanciones que puede recibir un magistrado. El tribunal no ahorró en adjetivos contra el juez.
Dijo que realizó una investigación defectuosa desde sus inicios, que hizo un direccionamiento erróneo de la causa y que perjudicó el descubrimiento de la verdad. Todo lo contrario a lo que debía cumplir como juez.
Oyarbide manipuló el expediente para llenarlo de papeles y diligencias inconducentes. Con sus maniobras de distracción quiso aparentar que investigaba, pero todo iba dirigido hacia la nulidad, tarde o temprano.
En materia contable, para que ningún experto lo condicione con un indeseado dictamen concluyente, en forma adrede dividió el estudio en tres partes, que encargó a policías, a peritos contadores y al Banco Central. En lugar de unificar, fraccionó, para así asegurarse un camino hacia "la nada". Qué diferente serían las cosas si esa picardía su señoría la usara para el bien.
Pero ya unos años atrás, en la causa que investigaba el presunto enriquecimiento ilícito de los presidentes Néstor y Cristina Kirchner, Oyarbide actuó mal. En aquella ocasión torció las evidencias, puso en boca de los peritos contadores lo que ellos nunca afirmaron. Los expertos señalaron numerosas observaciones que debieron dar lugar a una ampliación del peritaje. A pesar de ello, el juez forzó la interpretación, torció la realidad y dictó un meteórico e inapropiado sobreseimiento. Ese caso ya es materia de estudio de los investigadores de fraudes, pues contiene una cantidad de irregularidades que no tienen desperdicio.
La comisión de acusación del Consejo de la Magistratura analizó el comportamiento del juez. Por su contenido contable me presenté y rendí testimonio ante los consejeros. Pero entonces, una mayoría kirchnerista salvó a Oyarbide, quien previamente había salvado a los Kirchner. Una mano lava la otra.
Lo cierto es que la labor de la justicia no se encuentra bien representada por este juez, a quien solo lo sostiene la perversidad de un sistema que por el momento funciona a la perfección ante la mirada atónita de los ciudadanos.



[1] Nota enviada al diario Perfil, publicada el domingo 11 de agosto de 2013
Nota publicada en el Diario Perfil

9.8.13

Concurso de peritos contadores oficiales

Se aproxima una etapa crucial en el concurso para la selección de 10 peritos contadores oficiales dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El próximo martes 20 de agosto se realizará la prueba escrita sobre temas teóricos y prácticos. Esta es la prueba más trascendente que deben enfrentar los postulantes, pues allí deberán demostrar sus conocimientos y capacidades en la resolución de los temas y casos relacionados con el ejercicio de la función pericial.

Aún no se ha fijado el lugar de la prueba, pero se piensa que podría ser en la sala que posee la propia Corte para la realización de las audiencias orales.

Teniendo en cuenta la labor trascendente que le cabe a los miembros del Cuerpo de Peritos, "Contadores Forenses ONG" solicita a las autoridades y a la comisión encargada que se adopten todos los recaudos tendientes a lograr la mayor transparencia posible en todos los actos del concurso.

5.8.13

Un juez manipulador de causas judiciales: Norberto Oyarbide, su señoría

La causa Schoklender fue manipulada por el juez instructor desde sus inicios. El fiscal lo notó, la cámara lo señaló en dos ocasiones y Contadores Forenses también lo hizo notar en este blog.

Se realizó una investigación defectuosa desde sus inicios que evidenciaba un direccionamiento erróneo de la causa. Se perjudicó el descubrimiento de la verdad. Esto lo señala ahora la Cámara Federal.

Pero ya en noviembre de 2011 ese tribunal señaló la ausencia de racionalidad en la búsqueda de la información, que conspiraba contra el éxito de la pesquisa. Que la investigación no estaba orientada al descubrimiento de los hechos.

En materia contable también lo venimos observando y haciendo notar, pues el juez dividió los peritajes encargando la tarea a tres organismos diferentes: Policía Federal, Banco Central, peritos contables. Divide y triunfarás: ninguna de las partes llegaría así a conclusiones que comprometan el resultado de la investigación, pues la única persona que tiene la atribución de interpretar los estudios contables es el juez. Con esa premisa obró Oyarbide hasta el presente.

En este blog se publicaron ocho notas sobre los aspectos contables del caso. En la última, de diciembre de 2012, ya aludimos a la estrategia de un juez cuestionado.

Sostenemos que el magistrado obró mal, torció la investigación para no llegar a un resultado objetivo y ajustado a la verdad. Ese accionar no solo representa un retraso en los tiempos judiciales, sino que implica un proceder inadecuado que debería analizar el Consejo de la Magistratura, haciéndolo de una manera imparcial.

Oyarbide ha empantanado la causa y será muy difícil remediar el retraso de la causa, el daño producido al sistema y a la sociedad en general.


14.7.13

La pericia contable fue la prueba que posibilitó el procesamiento de varias personas y la prisión preventiva del ex Secretario de transporte Ricardo Jaime

Perjuicio económico determinado en la pericia contable
Con tres informes periciales y dos declaraciones de la perito contadora oficial fue posible esclarecer la maniobra, disponer el procesamiento de los responsables y la prisión preventiva del ex Secretario de Transporte Ricardo Jaime.

Los puntos de pericia contable

"En base a la documentación obtenida se dispone un peritaje contable tendiente a determinar básicamente los montos y fechas en que fueron girados fondos por parte de la Secretaría de Transporte a Belgrano Cargas las fechas en que fueron abonados ZONIS los certificados de obra que presentara; además de establecer los montos y lapsos durante los cuales Belgrano Cargas pudo haber mantenido fondos en su favor, informado además, si es posible establecer el empleo que pudo darle a los mismos durante dichos períodos".

Perjuicio

La perito oficial determinó un perjuicio económico para el Estado Nacional en la suma de $ 2.500.000.

Contadores involucrados en las maniobras

Se trata de la causa en la que se investigan los fondos entregados a los concesionarios que tienen a su cargo la explotación del Ferrocarril Belgrano Cargas, otorgada a Manuel Pedraza. Además de Jaime y Pedraza resultaron procesados los contadores Isabel Coria, esposa de Manuel Pedraza y Angel Luis Stafforini, vicepresidente de Belgrano Cargas, 

CNRT el organismo de control

También fue procesado el abogado Ochoa Romero, interventor de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte. Con su actuar permitió que las maniobras defraudatorias sucedieran del modo en que quedó corroborado pericialmente, dice la resolución judicial. 


11.7.13

El Diputado Manuel Garrido y el Contador Forense Alfredo Popritkin comentan la menor información patrimonial que darán los funcionarios públicos

La ley ética de los funcionarios públicos fue reformada y se acaba de conocer el decreto reglamentario.

Estas normas ponen un marcha un sistema mediante el cual los ciudadanos ya no contarán con el grado de información sobre el patrimonio de los ministros, legisladores y jueces.

Solo se podrá acceder al formulario de la AFIP que muestra títulos y valores totales por cada clase de bienes y pasivos. No se conocerá el detalle de las propiedades, automotores, sociedades, créditos, deudas, etc.

Entre la información que tiene el carácter de reservada, solo accesible por los jueces, también se produjo una merma en la información, lo que no permitirá reconstruir contablemente ese patrimonio y dará margen para modificar la realidad de la información que el funcionario no haya aportado aún.

En síntesis, el sistema implementado implica un gran retroceso en la calidad y detalle de información, cuando lo que en realidad se hubiera necesitado es mejorar la información que se suministraba.

Parte de esa realidad fue expuesta en el programa Palabras+ Palabras- de los periodistas Ernesto Tenembaun y Marcelo Zlotogwiazda.

8.7.13

Los funcionarios públicos ya no están obligados a informar sus ingresos ni las sociedades que poseen. Tampoco detallarán los créditos ni pasivos

Desaparece el control que ejercíamos los ciudadanos

El Poder Ejecutivo reglamentó la ley sobre declaraciones juradas de funcionarios públicos


En Internet se publicarán los totales de los rubros del patrimonio, sin detalle de ninguna naturaleza. Solo a esta información accederán los ciudadanos. Además, entre la información "reservada", los funcionarios ya no detallarán sus ingresos, ni las sociedades que poseen, así como tampoco los créditos tomados ni deudas contraídas.

Ante posibles investigaciones, le será más sencillo al funcionario sospechado manipular los datos y más difícil acreditar su enriquecimiento ilícito.

En la norma reglamentaria se señala que el cambio dota de mayor congruencia al sistema y optimiza la calidad y certeza de la información. Nada más alejado de ello. La calidad de la información se ha degradado, ya no se conocerá la evolución del patrimonio y menos aún se podrá acceder a una posible justificación.

Además la AFIP ejercerá cierto control sobre los funcionarios de los tres poderes, al mantener un listado de las presentaciones u omisiones de cada funcionario. Además, las oficinas receptoras de DDJJ deberán informar a la AFIP el detalle de las personas incluídas en este régimen.

Se confirma que habrá mucho menos información al alcance de los ciudadanos
Las declaraciones juradas patrimoniales públicas serán iguales a aquellas que se presentan ante la AFIP, rigiendo el secreto fiscal respecto del anexo reservado.

4.7.13

La declaración jurada patrimonial de los fiscales

El 23 de mayo de 2013 se publicó en el Boletín Oficial la reforma de la ley de ética en el ejercicio de la función pública.

Esta reforma anunciada como un avance en la información, produjo gran preocupación, pues reduce el grado de información patrimonial de los funcionarios públicos.

El Ministerio Público Fiscal acaba de reglamentar la reforma el 2 de julio y trae cierto grado de alivio, pues mantiene un razonable grado de información dentro de la declaración jurada patrimonial pública.

No obstante, se advierte que la información patrimonial correspondiente al cónyuge, conviviente o hijos menores de edad, se realizarán dentro de la información reservada, a la que no podrán acceder los ciudadanos.

Se establecen tres formularios a presentar:
  • Declaración jurada patrimonial pública (Anexo II)
  • Declaración jurada patrimonial reservada (Anexo III), de bienes del cónyuge
  • Formulario simplificado (Anexo IV), similar a la DJ impositiva sobre bienes personales
Se establece que el vencimiento anual para presentar las DDJJ será el 31 de mayo de cada año.

Trata de personas y las dificultades judiciales de investigar

La causa se inició en agosto del año 2012 con una denuncia derivada por el Comando Radioeléctrico a la División Trata de Personas de la P.F.A., por la cual una persona dio a conocer que en un domicilio del barrio de Villa Crespo habría mujeres en situación de explotación sexual. Además, refirió haber visto a dos hombres obligando a una menor de edad a ingresar a ese lugar y que, como ella se resistía, la habían golpeado.

Lucas Manjon de la Fundación La Alameda alertó al fiscal Marcelo Colombo, quien impulsó la causa penal. El juez del Juzgado Federal Nº 3 se declaró incompetente. El fiscal apeló y la Sala I de la Cámara Federal revocó la resolución del juez y le indicó que debe hacerse cargo de la investigación. Todo ello con la pérdida de tiempo y oportunidad que ello representa.

2.7.13

Pericia contable en Papel Prensa

EL JUEZ ERCOLINI HIZO LUGAR A MEDIDAS DE PRUEBA PEDIDAS POR LA QUERELLA



Ordenan pericia contable en Papel Prensa

El magistrado encargó a la Prefectura el secuestro de documentación para saber si la empresa fue vendida a un precio adecuado





Objetivo
El juez federal Julián Ercolini hizo lugar a las primeras medidas de prueba solicitadas por la querella y ordenó el secuestro de documentación de la firma para determinar en qué condiciones se traspasaron las acciones que pertenecían al grupo encabezado por el banquero David Graiver.

El juez tenía previsto un trabajo comparativo profundo con el objeto de determinar cuál era el valor real de la empresa al momento de su venta en el año 1976, así como el valor de sus acciones.

Cuestionario pericial
Fechada el 17 de junio de 2013, pero recién notificada a las partes ayer, la resolución del magistrado ordena al Departamento de Investigación de Delitos Económicos de la Prefectura Naval que se haga presente en la sede de Papel Prensa SA "a los efectos de que aporten al tribunal los libros de inventario, de balances, diarios, subdiarios, los mayores de las cuentas contables, de actas y de directorio correspondientes a los años 1971 a 1980". 

Del mismo modo, el juez solicitó que la fuerza obtenga "los informes de los auditores de los años 1974, 1975 y 1976", fecha en la que cambió de dueños. Para completar la medida, Ercolini dispuso que se articule un trabajo de peritaje conjunto con el Tribunal de Tasación de la Nación y con profesionales del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema. 

A los peritos, el juez les encargó establecer: "El precio histórico progresivo de las acciones clase A, C y E de la firma, expresadas en moneda nacional vigente desde su nacimiento hasta el 2 de noviembre de 1976, como así también en dólares estadounidenses." 

Con ese resultado el magistrado pidió que se indique si los valores en que fueron vendidas esas participaciones, mediante los tres contratos suscriptos el 2 de noviembre de 1976, "se ajustaron a los precios de mercado y de la plaza financiera de la fecha". "De no ser así, se establezca en qué porcentaje lo fue, por encima o por debajo de dichos valores", indica la resolución. 

Los contratos a los que hace referencia son los que se firmaron para el traspaso accionario entre Galerías Da Vinci SA (Grupo Graiver) y Fábrica Argentina de Papel Para Diarios SA (FAPEL, firma compuesta por los tres diarios); Rafael Ianover (socio de Graiver) y FAPEL; y Juan Graiver, Eva Gitnacht de Graiver y Lidia Papaleo de Graiver también con FAPEL.

En el mismo sentido, Ercolini solicitó al cuerpo de peritos que certifique en base a toda la información "si los vendedores podrían haberse considerado perjudicados o beneficiados por dichas operaciones".

También ordenó que se determinen "las condiciones de venta pactadas, explicando si las mismas fueron ventajosas o desventajosas para los vendedores". En el último punto de su resolución, el juez menciona la necesidad de establecer qué componentes "tanto objetivos como subjetivos" incidieron en la determinación del precio de las acciones en vista de carecer de un valor de referencia como el que establece, por caso, la Bolsa de Comercio.

Fuente: Tiempo Argentino

1.7.13

Los sorteos de las causas a jueces federales serán publicados en tiempo real

Así publica el CIJ
En los últimos años se han acrecentado las dudas y sospechas sobre la regularidad de los sorteos. Estas dudas aumentaron cuando ciertos casos sensibles fueron asignados a jueces sospechados de imparcialidad.

El Centro de Información Judicial publicará en su sitio los sorteos. Al respecto, el CIJ señala:

La información a la que accederá en este sitio corresponde a la asignación de casos, por sorteo entre los Juzgados Federales Penales de la Capital Federal en turno. Dicho sorteo se realiza mediante la utilización del Sistema de Gestión Judicial del Poder Judicial de la Nación (Acordada 14/2013 C.S.J.N.) en la Mesa General de Entradas de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, sita en la Av. Comodoro Py 2002, 2° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La publicación que sigue tiene como única finalidad proveer al acceso a información pública desde un ámbito diferente del limitado espacio físico de la Mesa General de Entradas (Acordadas 37/2012 y 51/2012 C.C.C.Fed.).

Los datos consignados son los que se emplean para configurar la carátula de los expedientes para su identificación. Cualquier información deberá ser requerida por quien corresponda en la sede respectiva.

ACLARACIONES 
1) El número de expediente se integra con las siglas que identifican la Cámara de inicio, un número y el año de inicio.

SIGLAS / CÁMARAS:
CFP   Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal
CCC   Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional
CAF   Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
CPF   Cámara Federal de Casación Penal
FRO   Cámara Federal de Apelaciones de Rosario
...

24.6.13

El fiscal planteó el enriquecimiento injustificado del funcionario menemista Alberto Kohan

Una vez más la pericia contable es la base del juicio

En el comienzo del juicio oral la acusación da cuenta del enriquecimiento desmedido en $1.200.000 que no encuentran justificación.

Kohan no ha podido demostrar la forma en que llegó a acumular la cantidad de nueve inmuebles, tres automóviles, una embarcación y la cantidad de 93 armas de fuego.

La pericia contable realizada por una perito contadora oficial y peritos de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas fueron las pruebas clave que aportaron información para llevar adelante el juicio que se ha iniciado.

13.6.13

Pericias contables: una justicia temerosa

Caso Boudou

No es posible investigar nada si el "investigador" no tiene toda su energía puesta en llegar a los mejores resultados posibles, como dicen, a la verdad real.

Si esto ocurre, es decir, si no se trabaja con amplia libertad, los resultados y conclusiones son amorfas, no dicen nada, están llenas de "ni", de muchas dudas y pocas respuestas.

Esto ocurrió con la única pericia contable realizada en la investigación del patrimonio de los Kirchner. Ese peritaje es formalmente irreprochable, pero, poco claro, amañado, nada contundente en especial respecto de Néstor Kirchner, cuya conclusión introdujo una terminología ambigua, confusa, que sirvió para que el cuestionado juez Norberto Oyarbide lo tomara tal como deseaba desde antes de iniciar la investigación: sobreseimiento.

Ahora se viene el peritaje contable del vicepresidente Amado Boudou quien está siendo investigado por enriquecimiento ilícito. ¿En qué coyuntura? La peor, veamos. El juez y el fiscal: desplazados a instancias del imputado (Boudou). Un Cuerpo de Peritos diezmado, con un plantel de la mitad de sus miembros, que suman una decena, nada más.

Si a ello agregamos el reciente paquete de leyes que pone contra la pared al Poder Judicial, mal llamadas de "democratización", en especial, aquella que elimina información patrimonial de los funcionarios y su posible "enriquecimiento" y tenemos en  cuenta los embates del Poder Ejecutivo al Judicial y el silencio de radio de la Corte Suprema, nos encontramos en el peor de los mundos.

Todas las condiciones indican que la investigación patrimonial del vicepresidente, no será como Dios manda. Creemos no equivocarnos en el pronóstico: es altamente probable que nada pase. Que volvamos a tener una pericia contable "lavada" y una sentencia con anunciado sobreseimiento. Si fuese así, ¿apelarán los fiscales?, quienes ya no están bajo la conducción de Righi, sino de un nuevo personaje que hasta ahora no respondió a las expectativas iniciales, la Procuradora Gils Carbó.

Hay una pieza del tablero cuya movida se desconoce. No está claro cómo resultará la pulseada entre los fiscales de "justicia legítima" y los restantes.

Las pericias contables y el testimonio del contador Alfredo Popritkin en la causa por el contrabando de armas contribuyeron a dictar la sentencia contra el ex presidente Carlos Menem, el ministro Oscar Camilión y varios funcionarios y personas involucradas

7 años de prisión para Carlos Saúl Menem y su desafuero como senador nacional. Además de las condenas y demás sanciones se dispuso el decomiso de fondos mal habidos.