28.9.11

Distintos equipos de contadores actúan simultáneamente en la causa "Schoklender"


El juez Oyarbide siguió la estrategia de encargar varios "informes técnicos" fraccionados y no una pericia contable en la causa que se le sigue a quienes administraron la construcción de viviendas en la Fundación Madres de Plaza de Mayo.


Para establecer el recorrido de los fondos encargó al Banco Central, organismo que  tiene a su alcance las herramientas para hacerlo. Tendrán que revisar los estados de cuentas, solicitar los cheques de las entidades y sociedades que intervinieron, partiendo desde luego, de los fondos suministrados por el Estado a las Madres.


A los técnicos de la Policía Federal les solicitó, entre encomendó otra labor. Establecer la envergadura del perjuicio económico ocasionado al Estado Nacional, es decir, les pidió cuantificar el monto del dinero desviado con fines extraños y no aplicados precisamente a la "misión sueños compartidos".


Estos dos organismos dependientes del gobierno nacional deberían garantizar que su tarea se realizó con absoluta independencia e imparcialidad, pero además, que no han dejado ninguna cuestión relevante en el camino, incluso aquéllas que pueden llegar a involucrar a funcionarios públicos.


Por último, el juez encargó al Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema realizar un informe tendiente a establecer la posible existencia de sobreprecios en la construcción de las viviendas, tarea inicialmente solicitada a la Auditoría General de la Nación, pero que esta entidad rehusó realizar ante la duda que el juez le estuviera entregando todas las evidencias de que dispone y permitirle relevar la información en la sede del juzgado.


La división de tareas técnicas en tres organismos con expertos contables requerirá una cuidadosa tarea de ensamble y complementación posterior.


La decisión de contar con simples informes, sin el control de las partes, brindará resultados en corto tiempo, pero adolece de no tener el aporte y participación de los posibles responsables.


Fuente: Diario La Nación

9.9.11

Control patrimonial de los partidos políticos


Tuvo lugar un encuentro de contadores e integrantes del cuerpo de auditores de los partidos políticos.

Con la finalidad de informar y acordar pautas de trabajo, se reunieron los auditores del cuerpo dependiente de la Cámara Nacional Electoral, junto a los contadores de los distintos partidos políticos.

Teniendo en cuenta la dispersión geográfica, las reuniones se realizaron por videoconferencia, congregando a profesionales ubicados en diferentes puntos del país.

Se analizaron fallos de la Cámara Electoral y su incidencia en la labor de preparación y control de los informes y estados contables a ser presentados por los partidos políticos en las campañas electorales.

Ver información oficial

2.9.11

"El ReKaudador" es sobre Ricardo Jaime, ex Secretario de Transporte


Este libro es el retrato del ex secretario de Transporte de la Nación, quien con un sueldo de diez mil pesos llegó a tener un avión, un hotel, autos, motos, un yate y casas de fin de semana.

Ricardo Jaime habría formado
parte de la maquinaria de recaudación gubernamental, basada en el poderío económico que otorga la disponibilidad de dinero aportada por los empresarios beneficiados con la vista gorda del Estado, cuenta el autor. Esta estructura tuvo múltiples aristas, pero la fundamental se desarrolló en el área del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Allí, la tarea asignada al funcionario Jaime era la de recaudar "contribuciones" de empresas de transporte, concluye.

El Rekaudador es el fruto de tres años de investigación periodística basada en decenas de entrevistas, cientos de documentos judiciales y miles de e-mails que Manuel Vázquez, el testaferro de Jaime, quiso borrar de sus computadoras y no lo logró. En esos intercambios por correo electrónico quedó registrada la trama de los negocios oscuros que se tejieron al amparo del manejo discrecional de la Secretaría de Transporte.
En cada uno de esos correos se pueden rastrear las huellas del largo camino recorrido por Ricardo Jaime en un aceitado sistema de recaudación ilegal que contó con la complicidad de empresarios y la protección de su viejo amigo, cuenta Lavieri.

Por nuestra parte no podemos obviar que Contadores Forenses ONG realizó múltiples aportes de contenido técnico y el juez Oyarbide las ignoró, pese a las expresas recomendaciones que le dio la Sala I de la Cámara Federal de tenerlas en cuenta. Una vez más el juez actuó con discrecionalidad y sin cumplir su obligación de buscar la verdad y la justicia.

Publicación realizada sobre la base del comentario de El Cronista Comercial

Lavado de activos: demoras del Banco Central y la UIF. Se rechaza un pedido de prescripción


La Cámara Federal confirmó una investigación por lavado de activos. En una causa por operaciones realizadas en el 2002 y cuya denuncia ingresó en la Justicia siete años después.

El tribunal advirtió por la lentitud en el ámbito prejudicial, situación que “conspira contra el éxito de cualquier investigación de este tipo”, dice el fallo.

La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal confirmó un fallo de primera instancia, que había rechazado la prescripción de la acción penal en una causa por lavado de activos.

Según informaron desde el tribunal, en el caso se investiga operaciones sospechosas de compra de 800.000 dólares en total, realizadas durante el año 2002. La causa ingresó en la Justicia siete años después. Ante esa situación, en la resolución los camaristas advirtieron “la lentitud con que se han tramitado estas actuaciones en el ámbito prejudicial; situación que -no es la primera vez que se advierte- sin duda conspira contra el éxito de cualquier investigación de este tipo”.

Al respecto, señalaron que “aún cuando las operaciones sospechosas fueron denunciadas de inmediato (10/6/02), la pesquisa en sede del Banco Central de la República Argentina se extendió hasta el 2/6/06, fecha en que giró todo lo actuado a la Unidad de Información Financiera que, a su vez y recién el 7/5/09, remitió el expediente a la Unidad Fiscal para la Investigación de los Delitos de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo, la que el 9/10/09 resolvió remitirlas -con una recomendación de archivo- al ámbito judicial”.

“En estas condiciones y en tanto la dilación expuesta determina que en autos reste tan sólo un breve período de vigencia de la acción, deberá la Juez de grado continuar como hasta aquí imprimiéndole a la presente instrucción la premura que el caso impone”, concluyeron los jueces Horacio Cattani y Martín Irurzun.

31.8.11

Pericias contables en el fuero penal


Los contadores Elisabet Garrido, Quintino P. Dell´Elce y Alfredo Popritkin dictarán el curso Pericias contables en el fuero penal, en 6 clases.

Además participarán invitados especiales del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El primer curso comenzará el 22 de setiembre y se dictará martes y jueves, por la mañana, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires. A raíz que la capacidad del curso quedó cubierta, el día 20 de octubre tendrá inicio el segundo curso.

Se analizará la actividad de los peritos oficiales y propuestos por las partes, en los casos judiciales que tramitan en los fueros penales de la Capital Federal y la Justicia Federal de todo el país.

Su dictado tiene relación con los anuncios realizados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el próximo llamado a concurso a cubrir cargos de peritos contadores oficiales del Cuerpo que depende de ese Alto Tribunal.

Se recuerda que los contadores Dell´Elce y Popritkin integraron ese cuerpo pericial. Además, los tres profesores han tenido intervención en trascendentes casos penales y las experiencias prácticas formarán parte del temario a desarrollar durante el curso.

Oyarbide ahora pone la lupa en los libros de contabilidad de Madres de Plaza de Mayo


La idea del juez federal es estudiar los mecanismos contables y financieron de la Fundación durante la gestión de Sergio Schoklender como apoderado.

Tras la serie de allanamientos y declaraciones testimoniales, Norberto Oyarbide impulsa nuevos peritajes en la Fundación de Madres de Plaza de Mayo que preside Hebe de Bonafini.

Después de la apertura de las ocho cajas con documentación que presentó Sergio Schoklender, para la investigación por supuestas irregularidades de fondos públicos, el magistrado se enfoca en buscar evidencias en los libros de contabilidad de la Fundación. La idea es estudiar los mecanismos contables y financieros de la entidad durante la gestión del ex apoderado.

Oyarbide dispuso que peritos contables realizacen un detallado informe sobre los números de la fundación. La decisión fue adoptada por medio del secreto del sumario instaurado desde mayo, y prorrogado la semana pasada.

Se espera que la reserva sobre el expediente rija al menos hasta el lunes próximo, fecha en la que se prevé que el juez informe sobre los avances en la investigación.

En lo que respecta a los peritajes, los expertos deberán organizar la información recabada desde los aportes realizados por Schoklender, como la obtenida por allanamientos o bien tras las declaraciones testimoniales.

Origen de la información

25.8.11

Cuerpo de Peritos Contadores: Reglamentos y autoridades

La Corte Suprema de Justicia reglamentó el funcionamiento del Cuerpo de Peritos Contadores y el mecanismo para selección de postulantes a ocupar las vacantes de peritos oficiales, mediante la Acordada N° 16/11.
Asimismo, se designaron las autoridades del organismo, por medio de la Resolución 2383/11. Los nombramientos recayeron en los Contadores Héctor Chyrikins y Alejandro Del Acebo, en los cargos de decano y vicedecano, respectivamente. Esta designación es por el período de tres años. Los contadores Chyrikins y Del Acebo ya se venían desempeñando en esos cargos en forma provisoria.

Reglamento general de funcionamiento del Cuerpo
- Define la naturaleza, finalidad y misión del organismo (art. 1)
- Establece en qué causas y fueros intervienen (art. 2)
- Indica el lugar de realización de las tareas y circunscribe el ámbito geográfico a la Ciudad de Buenos Aires (art. 3)
- Personas que lo integran y normas de aplicación (art. 4)
- Dirección del Cuerpo a cargo del decano y vicedecano, tiempo y condiciones de designación (art. 5)
- Funciones del decano y rol del vicedecano (art. 6)
- Designación del vicedacano (art. 7)
- Casos que el vicedano sustituye al decano (art. 8)
- Representación y dirección del Cuerpo en caso de acefalía (art. 9)
- Control de expedientes y documentación. Extracción de copias y consulta de actuaciones (art. 10)
- Responsabilidades y funciones de la mesa de entradas, ingresos, egresos y salidas (arts. 11, 12 y 13)
- Responsabilidad de los peritos oficiales sobre los expedientes y documentación (art. 14)
- Límites del dictamen, casos de reemplazo, independencia de criterio, dar cuenta a los jueces y fiscales, u órganos requirentes (art. 15)
- Impedimento de actuar como perito de parte hasta tres años después de egresar del Cuerpo (art. 16)
- Casos que intervienen peritos de parte y consultores técnicos, sus incomparecencias (art. 17)

Normativa

23.8.11

YCRT: Una pericia contable realizada por el más antiguo de los peritos oficiales de la Corte


El perito oficial de la Corte Suprema Dr. Alberto Alonso es el más antiguo perito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Alonso llevó a cabo un trascendente peritaje contable en una causa por posible vaciamiento de empresa, donde se investiga si hubo desvío de fondos de Yacimiento Carbonífero Río Turbio en favor de otras sociedades pertenecientes al grupo económico propiedad de Sergio Taselli.

Los detalles que se conocieron dan cuenta de un importante trabajo de análisis y conclusiones en que aparece afectada una tradicional empresa del extremo sur de la Provincia de Santa Cruz.

Más información sobre el caso

22.8.11

Las pericias contables definen la causa que se le sigue a José Albistur por asignarse a sí mismo publicidad oficial por $13 millones


En la causa iniciada por el ex fiscal Manuel Garrido que tiene a su cargo el juez Julián Ercolini se está realizando la ampliación de la pericia contable tendiente a determinar el flujo de pauta oficial que Albistur asignó a empresas de un grupo económico que sería de su propiedad.

Nuevamente el actual Fiscal de Investigaciones Administrativas, Enrique Noailles (sucesor de Garrido), estaría incumpliendo sus obligaciones, al no impulsar debidamente la investigación. Resulta que la FIA tiene en su plantel al menos tres excelentes expertos contables para actuar como peritos en estos casos y no los designó para participar de la pericia contable. Ello representa una visible ventaja para ex funcionario investigado.

Mientras tanto la defensa de Albistur, designó a dos peritos contadores para trabajar junto a la perito oficial. Se repite en este sentido la mecánica seguida en la causa por enriquecimiento ilícito de los presidentes Kirchner-Fernández que terminó en un verdadero escándalo.
Clarín

Grupo Albistur
Manejar la pauta oficial desde el gobierno y a la vez ser propietario de Grupo Al Sur, conjunto de empresas dedicadas a esa actividad, otorga claras ventajas. De esa manera resulta muy sencillo conseguir negocios en condiciones favorables.
Resumen sobre la situación judicial del funcionario y empresario publicitario

20.8.11

Se investiga la compra de Radio Del Plata por la empresa Electroingeniería. Juez cuestionado


La Cámara Federal le ordenó al cuestionado juez Rodolfo Canicoba Corral que siga investigando, pues hay pruebas que acreditarían que Electroingeniería compró la AM Radio Del Plata con fondos públicos, bajo la forma de publicidad oficial.
El informe contable realizado por Contadores Forenses ONG es la base de la investigación judicial, y fue corroborado, en parte, por una pericia de dos destacadas expertas, una perito oficial del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y otra del Ministerio Público Fiscal.
Lamentablemente el juez negó a nuestra ONG conocer el estado de la causa rodeando el trámite de misterio, a pesar de ser nosotros los iniciadores de la investigación. Indudablemente de habernos permitido participar, la pesquisa se hubiese enriquecido, pues se trata de un delito económico complejo que requiere del conocimiento de los contadores forenses.
Aunque la actitud del juez no es de extrañar. El presidente de nuestra entidad señaló en el expediente que su señoría debería excusarse de actuar en esta causa, toda vez que fue denunciado por Alfredo Popritkin cuando era perito de la Corte Suprema, en el año 2004. Ello ocurrió por las amenazas recibidas durante una audiencia donde se investigaba el desvío de fondos reservados.
Si bien este estado de situación no garantiza una investigación rigurosa e imparcial, seguimos atentos a cualquier novedad que se produzca.
Algunos comentarios sobre el tema:

3.8.11

Esclarecimiento de investigaciones complejas


Nuestra ONG es consultada para el análisis de pericias contables.
La difícil tarea que realizan los Peritos Contadores Oficiales de la CSJN no siempre es bien interpretada.
Entre los propósitos de Contadores Forenses, están los de colaborar para que las investigaciones resulten bien entendidas y utilizadas.
Para ello colaboramos con jueces y fiscales, pero siempre con la mirada puesta en la sociedad civil, que está interesada en que se haga justicia. La gente quiere que le expliquen sobre los casos emblemáticos, en especial aquellos que afectan el patrimonio del Estado, el uso de los recursos que nos pertenecen a todos.
Quieren que las frases hechas se transformen en realidad, quieren sentir que la justicia está trabajando seriamente y con el mayor cuidado profesional.
En este caso Skanska respondimos al interés de la sociedad por conocer el resultado de la pericia contable, y lo hacemos con un lenguaje sencillo y al alcance de todos.
También les recordamos que nos pueden seguir en Twitter @conforen

2.8.11

Schoklender: poco esperamos del juez Oyarbide


Si pensamos en el ridículo desenlace de la causa por enriquecimiento ilícito del matrimonio presidencial, el lento trámite de la causa de Ricardo Jaime en libertad, donde desaparecen los principales bienes, es poco lo que podemos esperar en el caso Schoklender.
Una vez más le acercamos pacientemente nuestro aporte al juez, a través de un cuestionario pericial apropiado. Lo presentamos hoy en la causa, como la Cámara ha sugerido, es decir, bajo el formato de "Amigos del Tribunal".
Esperamos -muchos más descreídos- que Oyarbide acepte nuestras recomendaciones, aunque los antecedentes le juegan en contra. La esperanza: lo último que se pierde!
Para quien se interese por su contenido, puede verse en Pericia contable a realizar en la causa Schoklender.

29.7.11

Qué dice la pericia de Skanska


Los adicionales e intereses abonados ascienden a $30.000.000, un 14% del precio de las obras de $207 millones

Uno de los más importantes peritajes contables fue concluido recientemente por dos peritos del Cuerpo pericial de la Corte Suprema Argentina. Pero no lo hicieron solos. Actuaron más de 20 contadores propuestos por las defensas de funcionarios, contratistas y demás personas sospechadas. Además, tres ingenieros, dos de ellos designados por el decano de la Facultad de Ingeniería de la UBA, para colaborar con los peritos contadores. Se trata de una pericia contable, que incluyó el análisis de cuestiones técnicas, relativas a la construcción de gasoductos. El juez, con acierto pidió nombrar dos ingenieros, para ayudar a los contadores.

Pues bien, una de las partes imputadas también propuso un ingeniero, que no se conoce en qué rol actuó, si fue perito o colaborador.

Lo cierto es que la tarea demoró dos años en completarse y resultó, además, de compleja realización, por llevar implícita peculiares cuestiones de costos. También porque la coordinación de un grupo tan numeroso de profesionales no ha resultado ser una tarea sencilla.

Pero ello solo se refiere a la faz operativa de la pericia. Su contenido es un tema que varios destinatarios están tratando de desentrañar. A qué conclusiones válidas llegaron los peritos, qué puede sacar en limpio el juez para tener en cuenta en la causa.

Pues bien, algunas expresiones contenidas en el peritaje, señalan:
> El monto de adicionales e intereses reconocidos y abonados ascienden a $30 millones y representa el 14% del precio de las obras de $207 millones.
> La oferta económica final de la constructora Odebrecht incluye la suma de $50 millones en concepto de “Gestión contractual e implementación del financiamiento” sin una adecuada justificación.
> Entre los costos ajenos a la obra encontraron 4,5 millones de dólares de gastos asociados a la conformación del Fideicomiso de Gas.
> Los valores de los presupuestos no guardan correlato alguno con los precios reales de construcción de las Plantas.
> Además, los presupuestos elaborados por TGN:
- Tampoco guardan correlato con los costos de mercado.
- No tienen sustento en el proyecto elaborado para las obras.
- No cuentan con fundamentación técnica.
- No contienen un mínimo desarrollo técnico.
- No se apoyan en elementos documentales adecuados.
- No cuentan con una apertura por obras, lo que impide su comparación.
- Carecen del detalle necesario y no permiten determinar los valores de cada planta.

Asimismo:
> El proyecto técnico de TGN no tiene el nivel de detalle mínimo suficiente.
> Los presupuestos muestran los valores referidos a materiales y construcción, globalmente expuestos -sin suficiente detalle- en relación a los gasoductos y plantas compresoras.
> Solo se exponen precios unitarios de mano de obra y otros insumos, sin datos complementarios suficientes que permitan reconstruir el precio total ofertado.

Por separado se consignan preguntas del juez a los peritos, y las concusiones a qué ellos arribaron.

27.7.11

Medios periodísticos nos hicieron llegar la pericia contable y nos solicitan un análisis de su contenido. Seguidamente extractamos preguntas y sus conclusiones.


1.- Si los presupuestos económicos elaborados por la empresa Transportadora de Gas del Norte, en el marco del proyecto de Expansión del Gas 2005, en orden a la ampliación de las plantas compresoras Tipo “A” – Deán Funes, Lumbreras y Lavalle-, como así también a la extensión del sistema de cañerías loops, tramos A1, A2, A3, y B1 y tramo A4, guardan correlato con los costos de mercado a la fecha de su elaboración.



2.- Si los presupuestos elaborados por TGN encuentran fundamentación técnica y contable, debiendo individualizarse los análisis y métodos de estimación de los cálculos desarrollados para su elaboración.










3.- Determinar si los presupuestos económicos elaborados por la licenciataria TGN, resultan adecuados a los proyectos técnicos presentados.



4.- Si el análisis del proyecto de ampliación presentado por TGN y del consecuente presupuesto económico, permite desglosar los diversos rubros que fundaran el arribo al precio total previsto para cada una de las obras, debiendo indicarse en tal caso los diversos rubros que lo integraran y el porcentaje de cada uno de estos en el precio final.



5.- Si las ofertas económicas presentadas en el marco de los Concursos Privados CMPF0001y GSDF0001, se hallaron respaldadas por antecedentes de costos, análisis técnicos, planillas de precios internos, variaciones de precios, cálculos económicos financieros/o cualquier otro elemento que dé cuenta de los parámetros utilizados para arribar al precio ofertado, y en tal caso se individualicen tales parámetros, determinándose la congruencia de estas con el precio ofertado.



6.- Si el análisis de las ofertas económicas presentadas por Techint y Skanska, en el marco del Concurso GSDF0001; y Contreras Hnos., BTU y Skanska, en el marco del Concurso CMPF0001, permite advertir los diversos rubros de costos que conformaran el precio final ofertado, debiendo señalarse en tal caso la incidencia de cada uno en la oferta presentada.






7.- Mediante el cotejo de los presupuestos económicos elaborados por TGN, para las obras de referencia y las últimas ofertas presentadas por las empresas que resultaran adjudicatarias de estas, se determine la diferencia de costos entre ambos elementos, dividiéndose tal análisis por rubro que conformara el precio final e indicándose en caso de así advertirse la divergencia que pudiera existir entre los rubros tenidos en consideración por las licenciatarias y los contratistas.






8.- Se determine la incidencia en el precio final contratado para la realización de las obras correspondientes, con las firmas Skanska – Planta Compresora Dean Funes-, BTU – Planta Compresora Lumbreras-, Contreras Hnos. – Planta Compresora Lavalle-, Techint – Tramos Loops A1,A2, A3, y B1 y Skanska-Tramo Loops A4-, que tuvieron las previsiones relativas a readecuación de contrato, ordenes de cambio y toda otro otra clausula de reajuste estipulada contractualmente.




11.- Si el presupuesto de referencia, poseía previsiones en orden a posibles costos ajenos a la obra y/o costos de financiamiento y/o gastos del fideicomiso. En caso negativo, deberá determinarse la incidencia que habrían tenido tales previsiones en los presupuestos elaborados.



13.- Si el análisis del proyecto de ampliación presentado por TGS y del consecuente presupuesto económico, permite desglosar los diversos rubros que fundaran el arribo al precio total previsto para cada una de las obras, debiendo indicarse en tal caso los diversos rubros que lo integraran y el porcentaje de cada uno de estos en el precio final.






14.- si la oferta económica presentada por la empresa Odebrecht se hallo respaldada por antecedentes de costos, análisis técnicos, planillas de precios internos, variaciones de precios, cálculos económicos financieros/o cualquier otro elemento que dé cuenta de los parámetros utilizados para arribar al precio ofertado, y en tal caso se individualicen tales parámetros, determinándose la congruencia de estas con el precio ofertado



15.- Si el análisis de la oferta económica presentada por Odebrecht, permite advertir los diversos rubros de costos que conformaran el precio final ofertado, debiendo señalarse en tal caso la incidencia de cada uno en la oferta presentada.


16.- Mediante el cotejo del presupuesto económico elaborados por TGS, para las obras de referencia y la oferta presentada por las empresa que resultara adjudicataria de estas, se determine la diferencia de costos entre ambos elementos, dividiéndose tal análisis por rubro que conformara el precio final e indicándose en caso de así advertirse la divergencia que pudiera existir entre los rubros tenidos en consideración por las licenciatarias y los contratistas.



17.- Se determine la incidencia en el precio final contratado para la realización de las obras correspondientes, que tuvieron las previsiones relativas a readecuación de contrato, ordenes de cambio y toda otra clausula de reajuste estipulada contractualmente.



17 b)- Se determine si los pagos de referencia siguieron el circuito administrativo contable pertinente habiéndose respetado las normas de aplicación general en la materia, como así también en aquellas especialmente acordadas por las partes contratantes y subcontratantes.


18.- Se especifique, en el caso de así verificarse, la diferencia entre las sumas efectivamente pagadas por Nación Fideicomisos, a las empresas contratadas para la realización de las obras de ampliación del Gasoducto Norte – Plantas Compresoras Deán Funes, Lavalle, Lumbreras y Loops, tramos A1 a A4 y B1 – y del Gasoductos Sur – ampliación Gasoductos San Martín y Neuba II, bloques I a V- y aquellas correspondientes a los presupuestos económicos adecuados a tales proyectos determinados en los puntos 2, 1.a) y 9, 9.a), con indicación de los totales y de los precios unitarios.




19.- Se determine las sumas abonadas por Nación Fideicomisos SA, a las empresas Transportadora de Gas del Norte SA y Transportadora de Gas del Sur SA, con motivo de su actuación como gerentes de proyecto, en relación a las obras señaladas, debiendo indicarse la incidencia de los montos percibidos en tal concepto, en el total del precio contratado para la realización de las obras.



20.- Se constate si resultaba técnicamente posible determinar la razonabilidad del monto incluido en la oferta presentada por Constructora Norberto Odebrecht SA, en torno al incremento originado por la modalidad de financiamiento adoptada para la expansión de capacidad de transporte año 2005, promovida por la licenciataria Transportadora Gas del Sur SA con motivo de la operación crediticia llevada a cabo con el Banco Nacional de Desarrollo del Brasil.



21.- Se realice un cotejo entre los diversos rubros que fundaran el arribo al precio final y total previsto para cada una de las obras, respecto de los presentados por las constructoras Skanska SA, Contreras Hnos. SA y Techint SA ante uno y otro proyecto de expansión de capacidad de transporte año 2005 (TGS y TGN), en carácter de contratistas o subcontratistas, con el objeto de determinar si existen diferencias de precios ante iguales condiciones (ya sean, por ejemplo, en orden a materiales, costo de construcción e ingeniería, etc) y, en su caso, cuáles fueron las condiciones esgrimidas por las firmas que determinaron y/o justificaron las divergencias en los costos.

22.- Se determine si en el marco de las contrataciones investigadas en el legajo, las empresas TGN y TGS efectuaron reajustes y/o actualizaciones de los presupuestos originariamente elaborados, y en tal caso se especifiquen los rubros que fueran objeto de tales modificaciones, los montos, las causas de los mismos y la forma en que instrumentaron.


Los peritos informan reajustes del 10,35% en los materiales para el gasoducto y del 12,64% en los materiales compresión.

24.7.11

Pericia contable a realizar en la causa Schoklender

Alfredo Popritkin, presidente de Contadores Forenses ONG, en los autos “Shocklender Sergio y otro s/Defraudación contra la administración pública, encubrimiento art. 278 del CP” con domicilio legal y constituido en Fragueiro 554, Capital Federal, correo electrónico ContadoresForensesONG@gmail.com, a Vuestra Señoría decimos:

Amigos del Tribunal

Que venimos a presentarnos como Amigos del Tribunal tal como se prevé en nuestros estatutos, cuando señalan entre nuestras actividades: Realizar presentaciones escritas u orales ante jueces y tribunales nacionales o internacionales en calidad de “amicus curiae” sobre cuestiones técnicas relacionadas con el objeto social (artículo 3°, apartado 12).

Dejamos expresamente aclarado que no tenemos ninguna relación con la partes, no tenemos ningún otro interés que los contenidos en nuestros estatutos sociales.


Pericia contable


En calidad de Amigos del Tribunal y con los fundamentos esgrimidos más adelante, sugerimos a V.S. redactar el cuestionario pericial y disponer cuanto antes el inicio de una pericia contable, aportando a los peritos todos los elementos que pudieren resultar necesarios.

En tal sentido les proponemos, al menos, los siguientes puntos de pericia contable.


A - Ruta del dinero


Elabore el "circuito de los fondos".

Partiendo desde los pagos realizados con fondos del presupuesto nacional y provinciales hasta el destino final, pasando por la Fundación Madres (FMPM), contratistas y subcontratistas, Meldorek, entidades bancarias y financieras hasta la persona que cobró los cheques o el dinero efectivo. Aplicar criterios de significatividad, valores superiores a $ 10.000.

En caso de requerir documentación que no suministró el Tribunal o que no obtiene en los pedidos directos, indíquela para que se dispongan las medidas necesarias para su obtención.

En caso que se pierda la reconstrucción de la ruta del dinero por la discontinuidad en el uso de cuentas bancarias, se informe en qué puntos ocurre ello e identifique a las personas que habrían posibilitado la transformación en dinero en efectivo de difícil rastreo.

B – Montos asignados y aplicados


  • a) Determine los montos asignados por el Ministerio de Planificación Federal a la “Misión Sueños Compartidos”. Se encuentran facultados para requerir la información a las diferentes dependencias con competencia contable, presupuestaria y administrativa. En caso de no ser aportada la información se informe a este Tribunal, a sus efectos.
  • b) Determine las sumas y partidas de fondos públicos entregadas desde el comienzo de la “Misión Sueños Compartidos”, a la fecha de la pericia, con detalle de fechas, importes, beneficiarios, bancos y cuentas emisoras y receptoras de los fondos, documentación de respaldo que se acompañará.

C - Monto del perjuicio

Señale si de la “Misión Sueños Compartidos” han tenido perjuicios, y calcule su monto en cada caso, de:

  1. Estado Nacional, 
  2. Fundación Madres de Plaza de Mayo, 
  3. Los destinatarios de las viviendas.

D – Monto del beneficio

Determine las personas, sociedades o entidades que se han beneficiado mediante la “Misión Sueños Compartidos”, con la recepción de fondos que no han aplicado documentada y efectivamente a dicho programa.

Especifique: beneficiario, fecha, monto, circunstancia. Si del análisis no surge parte de esta información, informe en que etapa se interrumpe el seguimiento de los fondos.

E - Orígenes y destinos

Determine:

  1. Monto del presupuesto estatal destinado a viviendas a construir por la FMPM.
  2. Monto afectado a obras.
  3. Diferencia entre 1) y 2).
  4. Personas físicas o jurídicas que se quedaron con la diferencia indicada en 3)

F - Si las operaciones se ajustaron a los términos de los contratos

Establezca los principales desvíos entre la realidad de las operaciones con especial hincapié en los aspectos económicos y financieros, respecto de los términos de los contratos y demás ordenamientos legales que dieron marco a la construcción de barrios de viviendas.

Acordada de la CSJN

Esta presentación se enmarca dentro de las atribuciones conferidas a las organizaciones de la sociedad civil a través del reglamento aprobado por la Acordada N° 28/2004 de la CSJN, teniendo por finalidad permitir la participación ciudadana en asuntos de trascendencia institucional o que resulte de interés público, autorizando a tomar intervención como Amigos del Tribunal a terceros que cuenten con una reconocida competencia sobre la cuestión debatida y que demuestren un interés inequívoco en la resolución final del caso.

Que existen casos cuya resolución genera un interés que trasciende al de las partes y se proyecta sobre la comunidad.

Resolución de la Cámara Federal, Sala I

La Excma. Cámara Federal, Sala I, en su resolución del 17 de junio de 2010, causa N° 44.325, reg. N° 579, realizó una especial consideración acerca de la participación de nuestra entidad bajo la forma de “Amigos del Tribunal”.

En esa oportunidad los magistrados compartieron la decisión del Juzgador, pero a su vez señalaron, que lo resuelto no implicaba descartar la eventual cooperación técnica que podría prestar Contadores Forenses ONG, a instrumentarse a través de los parámetros señalados (instituto del amicus curiae).

Que en tal sentido señaló la Excma. Cámara, que sería conveniente que el Magistrado de grado tenga en cuenta la asistencia ofrecida por la ONG, en tanto pueda resultar de utilidad para la pesquisa o bien que permita optimizar la actuación jurisdiccional que le compete.


Interés de Contadores Forenses ONG

En consonancia con lo establecido en el estatuto de nuestra asociación civil que se adjunta, la finalidad de la solicitud consiste en prestar colaboración al órgano jurisdiccional, con el objeto de arribar a la verdad, desde una posición imparcial, asimilable a la del Juez.

Para su cumplimiento, en tales estatutos se prevé realizar presentaciones escritas u orales ante jueces o tribunales nacionales en internacionales en calidad de "amicus curiae" sobre cuestiones técnicas relacionadas con el objeto social (art. 3°, inc. 12).

El propósito central de nuestra entidad es procurar resolver los casos de fraudes y delitos económicos, demás litigios judiciales y administrativos que contienen algún especial interés social; aportar su conocimiento en favor de la verdad y la justicia, prestando apoyo técnico y asesoramiento a tribunales y magistrados, fiscales e investigadores y a entidades no gubernamentales sin fines de lucro, que luchan contra los delitos económicos; realizar el aporte positivo de la especialidad, conocimiento y experiencia en favor de dos valores importantes y fundamentales que requiere la comunidad social, que son la verdad y la justicia; brindar apoyo técnico directo en la asistencia y asesoramiento profesional suficiente para un adecuado análisis y posterior esclarecimiento de los diversos delitos económicos que se cometen; poner a disposición de camaristas, jueces, fiscales y demás miembros de la magistratura, su mejor predisposición, esfuerzo y voluntad para asistirlos oportuna y directamente, colaborar con otros organismos estatales y entidades no gubernamentales sin fines de lucro, que también participan y luchan contra los delitos que afectan a la propiedad (fraude, administración fraudulenta, defraudación, estafa, retención indebida, etc.), lavado de dinero, delitos contra la administración pública y la fe pública, delitos por evasión impositiva y previsional, como así también, otros diversos delitos de carácter económico que generan perjuicios de carácter patrimonial o financiero, y que poseen un evidente y notorio interés social y comunitario (art. 2°).

Es mínimo el patrimonio declarado por el Sr. Ricardo Jaime, razón por la cual, la mayor proporción de los activos e ingresos podrían corresponder –prima facie- a recursos mal habidos. Ello exige pensar y actuar tempranamente en la implementación de eficientes medidas precautorias de aseguramiento.

Dada la naturaleza del proceso una prueba crucial pero a la vez compleja y extensa será la pericia contable que corresponde realizar.


PETITORIO


Por los motivos expuestos a lo largo de esta presentación, a V.S. respetuosamente peticionamos:

  1. Se haga lugar a la solicitud y se tenga en consecuencia a “Contadores Forenses ONG” como Amigos del Tribunal en el marco de la presente causa.
  2. Se nos notifique de la resolución que se adopte.
  3. En su caso, se considere la posibilidad de participar en la pericia contable.

Proveer de conformidad, SERA JUSTICIA

22.7.11

Repercusiones de una mega-pericia en el caso Skanska


En el seno del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte se llevó a cabo una pericia contable con la participación de dos contadores oficiales integrantes del organismo, a los que se sumaron dos ingenieros designados por la Facultad de Ingeniería de la UBA y un número de peritos de parte de los contratistas y funcionarios imputados.

Si bien el juzgado que interviene aún no ha dado a conocer su resultado, el Ministro de Planificación de la Nación, Julio De Vido, ha realizado una conferencia de prensa y se ha expresado en varios medios.

El ministro dijo que los peritos concluyeron que no hubo sobreprecios en las contrataciones, que por tal razón no existieron coimas. Que el caso se limitaría a delitos cometidos por privados, que las facturas "truchas" no eran para pagar coimas. También aclaró que se consultaron precios en todo el mercado.

Manifestó el ministro que los 29 peritos que firmaron la pericia se expresaron en igual sentido, que el peritaje es contundente en sus conclusiones.

Sin embargo, se conoce que existe un segundo informe contable con opiniones en disidencia, es decir, en sentido diferente al resto de los peritos.

7.7.11

Investigación de Delitos Tributarios: más investigadores son echados de sus cargos


La AFIP requiere la máxima seriedad en todas las funciones que cumple.

El área de investigación de los delitos tributarios más complejos, cuyo principal valor es la experiencia de sus miembros, ha sido desmantelada, se ha desintegrado.

Los miembros de este grupo no solo son profesionales muy capacitados y con gran experiencia en la materia, sino que se trata de un equipo de expertos de probada honestidad, un atributo que resulta de una gran trascendencia.

Paradójicamente, este equipo de personas fue desarticulado, disuelto como tal, sus miembros fueron enviados a realizar tareas intrascendentes, donde no pueden aplicar su especialidad.


Ello representa un notable perjuicio para el organismo y para el país. Todo indica que la orden de desintegrar esta oficina ha sido del propio director del organismo de recaudación, el contador Ricardo Echegaray.

Esta decisión es contraria a lo que debe ser. En lugar de premiar, alentar, buscar que el resto imite a los buenos funcionarios, las medidas adoptadas van en sentido contrario.

No se trata de la primera vez que ocurre esto en el organismo, ya ha ocurrido al momento de asumir su cargo el director de la AFIP.

El país no se puede dar el lujo de perder a tan buenos funcionarios, ni siquiera resulta aceptable que sean separados transitoriamente, para que no "estorben" con alguna investigación de personas o empresas cercanas al poder o al gobierno.

Es muy probable que los reclamos que se formulen, en nada hagan cambiar las cosas, porque ese ha sido el estilo mostrado en otros casos similares, no solo en la AFIP, sino en otros organismos de control e investigación (UIF, CNV, FIA, OA, SIGEN, etc).

Cuando no se ha podido desplazar a los funcionarios, se han recortado las funciones o al menos ese fue el intento, tal como ocurrió en la Fiscalía de Investigaciones Administrativas con Manuel Garrido y Eduardo Blanco Alvarez y en la Auditoría General de la Nación con Leandro Depouy. Solo ha podido resistir airoso este último funcionario, quien depende del Congreso de la Nación.

Es necesario preservar la integridad de todos estos funcionarios y alentar el libre ejercicio de sus cargos, apoyándolos y dotántolos de recursos y tecnologías, pues ellos son los garantes de la sociedad, desde ya que nos referimos a los buenos funcionarios desplazados.

La AFIP es el organismo nacional de recaudación de impuestos de Argentina. La Administración Federal de Ingresos Públicos recauda los impuestos nacionales y nutre de recursos el Presupuesto Nacional.