2.7.13

Pericia contable en Papel Prensa

EL JUEZ ERCOLINI HIZO LUGAR A MEDIDAS DE PRUEBA PEDIDAS POR LA QUERELLA



Ordenan pericia contable en Papel Prensa

El magistrado encargó a la Prefectura el secuestro de documentación para saber si la empresa fue vendida a un precio adecuado





Objetivo
El juez federal Julián Ercolini hizo lugar a las primeras medidas de prueba solicitadas por la querella y ordenó el secuestro de documentación de la firma para determinar en qué condiciones se traspasaron las acciones que pertenecían al grupo encabezado por el banquero David Graiver.

El juez tenía previsto un trabajo comparativo profundo con el objeto de determinar cuál era el valor real de la empresa al momento de su venta en el año 1976, así como el valor de sus acciones.

Cuestionario pericial
Fechada el 17 de junio de 2013, pero recién notificada a las partes ayer, la resolución del magistrado ordena al Departamento de Investigación de Delitos Económicos de la Prefectura Naval que se haga presente en la sede de Papel Prensa SA "a los efectos de que aporten al tribunal los libros de inventario, de balances, diarios, subdiarios, los mayores de las cuentas contables, de actas y de directorio correspondientes a los años 1971 a 1980". 

Del mismo modo, el juez solicitó que la fuerza obtenga "los informes de los auditores de los años 1974, 1975 y 1976", fecha en la que cambió de dueños. Para completar la medida, Ercolini dispuso que se articule un trabajo de peritaje conjunto con el Tribunal de Tasación de la Nación y con profesionales del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema. 

A los peritos, el juez les encargó establecer: "El precio histórico progresivo de las acciones clase A, C y E de la firma, expresadas en moneda nacional vigente desde su nacimiento hasta el 2 de noviembre de 1976, como así también en dólares estadounidenses." 

Con ese resultado el magistrado pidió que se indique si los valores en que fueron vendidas esas participaciones, mediante los tres contratos suscriptos el 2 de noviembre de 1976, "se ajustaron a los precios de mercado y de la plaza financiera de la fecha". "De no ser así, se establezca en qué porcentaje lo fue, por encima o por debajo de dichos valores", indica la resolución. 

Los contratos a los que hace referencia son los que se firmaron para el traspaso accionario entre Galerías Da Vinci SA (Grupo Graiver) y Fábrica Argentina de Papel Para Diarios SA (FAPEL, firma compuesta por los tres diarios); Rafael Ianover (socio de Graiver) y FAPEL; y Juan Graiver, Eva Gitnacht de Graiver y Lidia Papaleo de Graiver también con FAPEL.

En el mismo sentido, Ercolini solicitó al cuerpo de peritos que certifique en base a toda la información "si los vendedores podrían haberse considerado perjudicados o beneficiados por dichas operaciones".

También ordenó que se determinen "las condiciones de venta pactadas, explicando si las mismas fueron ventajosas o desventajosas para los vendedores". En el último punto de su resolución, el juez menciona la necesidad de establecer qué componentes "tanto objetivos como subjetivos" incidieron en la determinación del precio de las acciones en vista de carecer de un valor de referencia como el que establece, por caso, la Bolsa de Comercio.

Fuente: Tiempo Argentino

1.7.13

Los sorteos de las causas a jueces federales serán publicados en tiempo real

Así publica el CIJ
En los últimos años se han acrecentado las dudas y sospechas sobre la regularidad de los sorteos. Estas dudas aumentaron cuando ciertos casos sensibles fueron asignados a jueces sospechados de imparcialidad.

El Centro de Información Judicial publicará en su sitio los sorteos. Al respecto, el CIJ señala:

La información a la que accederá en este sitio corresponde a la asignación de casos, por sorteo entre los Juzgados Federales Penales de la Capital Federal en turno. Dicho sorteo se realiza mediante la utilización del Sistema de Gestión Judicial del Poder Judicial de la Nación (Acordada 14/2013 C.S.J.N.) en la Mesa General de Entradas de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, sita en la Av. Comodoro Py 2002, 2° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La publicación que sigue tiene como única finalidad proveer al acceso a información pública desde un ámbito diferente del limitado espacio físico de la Mesa General de Entradas (Acordadas 37/2012 y 51/2012 C.C.C.Fed.).

Los datos consignados son los que se emplean para configurar la carátula de los expedientes para su identificación. Cualquier información deberá ser requerida por quien corresponda en la sede respectiva.

ACLARACIONES 
1) El número de expediente se integra con las siglas que identifican la Cámara de inicio, un número y el año de inicio.

SIGLAS / CÁMARAS:
CFP   Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal
CCC   Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional
CAF   Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
CPF   Cámara Federal de Casación Penal
FRO   Cámara Federal de Apelaciones de Rosario
...

24.6.13

El fiscal planteó el enriquecimiento injustificado del funcionario menemista Alberto Kohan

Una vez más la pericia contable es la base del juicio

En el comienzo del juicio oral la acusación da cuenta del enriquecimiento desmedido en $1.200.000 que no encuentran justificación.

Kohan no ha podido demostrar la forma en que llegó a acumular la cantidad de nueve inmuebles, tres automóviles, una embarcación y la cantidad de 93 armas de fuego.

La pericia contable realizada por una perito contadora oficial y peritos de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas fueron las pruebas clave que aportaron información para llevar adelante el juicio que se ha iniciado.

13.6.13

Pericias contables: una justicia temerosa

Caso Boudou

No es posible investigar nada si el "investigador" no tiene toda su energía puesta en llegar a los mejores resultados posibles, como dicen, a la verdad real.

Si esto ocurre, es decir, si no se trabaja con amplia libertad, los resultados y conclusiones son amorfas, no dicen nada, están llenas de "ni", de muchas dudas y pocas respuestas.

Esto ocurrió con la única pericia contable realizada en la investigación del patrimonio de los Kirchner. Ese peritaje es formalmente irreprochable, pero, poco claro, amañado, nada contundente en especial respecto de Néstor Kirchner, cuya conclusión introdujo una terminología ambigua, confusa, que sirvió para que el cuestionado juez Norberto Oyarbide lo tomara tal como deseaba desde antes de iniciar la investigación: sobreseimiento.

Ahora se viene el peritaje contable del vicepresidente Amado Boudou quien está siendo investigado por enriquecimiento ilícito. ¿En qué coyuntura? La peor, veamos. El juez y el fiscal: desplazados a instancias del imputado (Boudou). Un Cuerpo de Peritos diezmado, con un plantel de la mitad de sus miembros, que suman una decena, nada más.

Si a ello agregamos el reciente paquete de leyes que pone contra la pared al Poder Judicial, mal llamadas de "democratización", en especial, aquella que elimina información patrimonial de los funcionarios y su posible "enriquecimiento" y tenemos en  cuenta los embates del Poder Ejecutivo al Judicial y el silencio de radio de la Corte Suprema, nos encontramos en el peor de los mundos.

Todas las condiciones indican que la investigación patrimonial del vicepresidente, no será como Dios manda. Creemos no equivocarnos en el pronóstico: es altamente probable que nada pase. Que volvamos a tener una pericia contable "lavada" y una sentencia con anunciado sobreseimiento. Si fuese así, ¿apelarán los fiscales?, quienes ya no están bajo la conducción de Righi, sino de un nuevo personaje que hasta ahora no respondió a las expectativas iniciales, la Procuradora Gils Carbó.

Hay una pieza del tablero cuya movida se desconoce. No está claro cómo resultará la pulseada entre los fiscales de "justicia legítima" y los restantes.

Las pericias contables y el testimonio del contador Alfredo Popritkin en la causa por el contrabando de armas contribuyeron a dictar la sentencia contra el ex presidente Carlos Menem, el ministro Oscar Camilión y varios funcionarios y personas involucradas

7 años de prisión para Carlos Saúl Menem y su desafuero como senador nacional. Además de las condenas y demás sanciones se dispuso el decomiso de fondos mal habidos.

5.6.13

Amenazas reiteradas al fiscal que investiga el más trascedente delito contra el estado

Los jueces y fiscales, al igual que los peritos y otros funcionarios que investigan delitos económicos sensibles y emblemáticos, como es el caso "Lázaro Báez", deben actuar con absoluta libertad e independencia.

El fiscal Guillermo Marijuán ha sido amenazado una vez más, él y su familia.

En la carta de lectores publicada por el diario La Nación expresamos:

AMENAZAS A UN FISCAL
Los fiscales acusan con libertad y los jueces resuelven con independencia. Esto debe ser lo normal, sin nada que lo afecte. A pesar de que las amenazas recibidas por el fiscal Guillermo Marijuan dieron origen a una investigación penal y de que hubo pronunciamientos y apoyos de referentes y organizaciones sociales y de la comunidad judicial y del derecho, nada se ha descubierto hasta el presente. Lo más grave es que hubo una nueva amenaza a la integridad de su familia y su persona.
Se hace necesario que esta situación concluya de manera urgente, porque cuando la amenaza se hace hábito, la impunidad del delito se torna realidad y la justicia que lo persigue se convierte en simulacro. Esta situación desnuda la impotencia de un Estado para garantizar que sus funcionarios cumplan con su labor, por lo que ya no es un fiscal el amenazado, sino el sistema republicano en su conjunto. Las cabezas de las áreas competentes de los tres poderes del Estado deberían pronunciarse sobre el tema, tomar cartas en el asunto y poner en marcha los mecanismos a su alcance, para un esclarecimiento total. No sólo es necesario dar con los responsables, sino que debe ser en breve plazo, pues, mientras tanto, Marijuan debe seguir investigando con la tranquilidad que se requiere y para ello se debe conocer el origen de las amenazas y saber con certeza que no volverán a producirse.

27.5.13

Decomisan una explotación comercial y dinero utilizado en el delito de trata de personas

Como añadidura en una sentencia condenatoria por trata de personas, se dispuso el decomiso de una whiskería donde se realizaba la actividad.

Ello implica el traspaso del inmueble y todo su contenido y también del dinero secuestrado en los procedimientos llevados a cabo.

En particular, la sentencia señala que corresponde decomisar el inmueble donde funcionaba la whiskería “Señor Mongo” o “El Misionero”, a la entrada de la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, conforme lo establece la ley, y queda comprendido entre los bienes a decomisar la cosa mueble o inmueble donde se mantuviera a la víctima privada de su libertad u objeto de explotación. 

Los bienes decomisados con motivo de tales delitos, según los términos del presente artículo, y el producido de las multas que se impongan, serán afectados a programas de asistencia a la víctima.

23.5.13

La Corte dispuso que las cámaras y tribunales orales nacionales y federales deben publicar todas sus sentencias

Esta medida beneficia a los peritos judiciales a quienes les interesa estudiar las incidencias de los trabajos periciales en la resolución de los pleitos, y así re-alimentar los conocimientos tendientes a su mejoramiento técnico profesional. También recae en beneficio de la sociedad civil y los justiciables en general.

Se conocen casos en los cuales algunos tribunales han negado el acceso a los pronunciamientos, lo que constituye un exceso injustificable.

El Máximo Tribunal sostuvo que la transparencia y publicidad de la gestión de gobierno son pilares fundamentales de una sociedad democrática, y reconoció que el fundamento central del acceso a la información en poder del Estado consiste en el derecho que tiene toda persona a conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan, tal como lo señalara en su fallo en la causa “Asociación Derechos Civiles c/ EN – PAMI”.

También aseguró que “el principio de publicidad de los actos de gobierno es inherente al sistema republicano establecido en la Constitución Nacional, por lo que su cumplimiento es una exigencia ineludible para las autoridades públicas”.


Ya no se podrá controlar el incremento del patrimonio de los funcionarios públicos

Se modificó el régimen de declaraciones juradas patrimoniales a ser presentadas por los funcionarios públicos de los tres poderes del estado argentino.

La norma que entra en vigencia no permitirá ejercer un control por parte de los ciudadanos como se venía realizando hasta el presente.

Ya no se conocerá la composición detallada de los activos y pasivos a nombre del funcionario. No se publicarán los bienes de los familiares y personas que conviven. Tampoco se conocerán las sociedades en que los funcionarios oculten sus bienes.

La única forma de acceder al patrimonio será mediante una investigación penal cuando se analice por parte de los jueces y peritos contadores, quienes podrían acceder a la información reservada, y también, si lo solicitan, a la documentación justificativa de los patrimonios y sus movimientos.

Diputado Manuel Garrido

La clave del cambio de sistema se encuentra en el artículo 4 de la ley. Allí se establece que, a partir de ahora, los funcionarios públicos ya no presentarán los tradicionales formularios sobre declaraciones juradas, sino que deberán completar un formulario de la AFIP, que exige un menor nivel de detalle sobre los bienes a declarar. "Por ejemplo, los nuevos formularios sólo se referirán al contribuyente y no incluirán información sobre cónyuges, hijos o convivientes, con lo cual quien acceda a estas declaraciones va a ejercer un control mucho más limitado de la evolución del patrimonio familiar", advirtió Garrido.

Según el artículo quinto, el patrimonio familiar del funcionario deberá constar en un anexo, pero que sugestivamente no será público.

La nueva ley también presentará las siguientes restricciones, según enumeró Garrido:

* En el formulario de la AFIP no hay detalle de los bienes que componen el activo, es decir, no están individualizados, no hay fecha de compra, no hay valor individual y no se exige que se detalle el origen de los fondos.

* Con respecto a los saldos de las cuentas bancarias, tampoco hay una determinación de los porcentajes de participación societaria y tampoco el importe de la tenencia y la identificación de las sociedades en las que se tiene participación.

* En lo que concierne al pasivo, tampoco en el formulario de la AFIP están individualizadas las deudas comunes, quiénes son los acreedores ni tampoco se determina en esos formularios los motivos por los que se contrajeron esas deudas y sus montos.

"Hoy los formularios que llenamos los legisladores, que llenan los funcionarios del Poder Ejecutivo, y también los jueces, aunque se resisten a darlos a publicidad, contienen estos detalles", sostuvo Garrido.

13.5.13

Enriquecimiento de los presidentes Kirchner: pericia contable, sobreseimiento y omisión de apelaciones

Durante el último mes conocimos noticias sorprendentes sobre actividades sospechosas de los dos últimos presidentes argentinos, a través del periodista Jorge Lanata.

Estas revelaciones pusieron en marcha causas penales y reactivó otras que estaban adormecidas.

Así como lo señaló Contadores Forenses ONG en el dictamen contable presentado en la causa que lleva el juez Sebastian Casanello, con evidencias existentes en la pericia realizada por los peritos oficiales de la Corte y Víctor Manzanares, contador del matrimonio Néstor y Cristina Kirchner.

6.5.13

Fiscal Marcelo Colombo: Investigación patrimonial en casos de delitos económicos y estimación de ganancias

Recuperación de activos, embargo, decomiso patrimonial, reclamo civil, acción de daños y perjuicios



En el marco del Congreso Antimafia organizado por la Fundación La Alameda, que tuvo lugar en la Facultad de Derecho (UBA) en abril de 2013, expuso el Fiscal Antitrata, Dr. Marcelo Colombo.

Entre los temas que desarrolló, nos encontramos con la investigación patrimonial de los delitos económicos. Estos principios son aplicables a distintos delitos económicos, tendiendo no solo a determinar los perjuicios y sumas involucradas, sino también al aseguramiento y posterior recupero de las mismas en un tiempo razonable.

Pericia contable realizada por el enriquecimiento patrimonial de Ricardo Jaime


El ex Secretario de Transporte de Argentina, Ricardo Jaime, su grupo familiar y testaferros, no pueden justificar el importante crecimiento patrimonial operado mientras era funcionario de gobierno, según han concluido el perito contador oficial y de la fiscalía.

Es muy llamativa la cantidad y variedad de bienes acumulados en pocos años, y especialmente la magnitud de los valores, que asciende a muchos millones de pesos y dólares. Desde casas en countries, departamentos en el país y en Brasil, inversiones en Córdoba y Santa Cruz, terrenos, yate, automóviles, moto, dinero en pesos y dólares, depósitos a plazo fijo y participación en sociedades; así como innumerable cantidad de viajes al exterior del grupo familiar de Jaime y su pareja.

Por falta de evidencias suficientes no se ha podido acreditar la adquisición de un avión y un barco, por encontrarse a nombre de sociedades off shore, bienes de importante valor.

El estudio pericial comprendió el análisis de la evolución de Jaime, su pareja Silvia Reyss, los hijos de ambos y de testaferros.

Ver análisis de Infobae.com

Pruebas contables disponibles al inicio de la causa Lázaro Báez



Las causas penales en las que se investigan fraudes en perjuicio del Estado Nacional se caracterizan por  la demora y extensión en el tiempo. Ahora bien, los hechos denunciados en el caso "Lázaro Báez" cuenta con evidencias contables válidas ya obrantes en un expediente judicial, como es la causa por enriquecimiento ilícito en que se investigó la evolución patrimonial en el año 2008 del matrimonio presidencial en Argentina.

Allí se encuentra el informe pericial contable realizado por los peritos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la declaraciones juradas patrimonial e impositiva de los mencionados funcionarios. Además, son públicas las declaraciones juradas de los restantes años.

Con esos elementos de juicio se ha preparado un "Dictamen contable" preparado por "Contadores Forenses ONG", que fue presentado en la causa "Lázaro Báez", para ser tenido en cuenta por el juez Sebastián Casanello y el fiscal Guillermo Mariján.

25.4.13

En el senado de EE.UU. se analiza un informe que da cuenta de la evolución patrimonial de la presidente Cristina Fernández de Kirchner

Douglas Farah
Un informe presentado ante el Congreso estadounidense muestra contradicciones sobre el incremento del patrimonio de la presidenta de Argentina.

La extravagante presidenta de la Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, se indignó el año pasado cuando, durante una gira de los Estado Unidos, una estudiante de Harvard le preguntó cómo habían incrementado sus bienes personales por más de 900 por ciento en menos de una década. "No sé de dónde sacás esas cifras, pero no es así," respondió ella.

Pero las cifras provienen de sus propias declaraciones patrimoniales requeridas por ley. Como lo demuestra un reciente análisis, sus bienes declarados se han incrementado de USD $1.6 millones en 2003, cuando fue elegido a la presidencia su esposo, Néstor Kirchner, a USD $18 millones para fines de 2012, finalizando el primer año de la segunda gestión presidencial de Cristina; el incremento es de más de 1,000 por ciento.

La gran mayoría del declarado incremento en bienes, que se basa en valuaciones de propiedad muy por debajo del valor en el mercado, apareció en 2008, poco después de que tomara Cristina el mandato. En ese año, su patrimonio subió de USD $5.2 millones a USD $12.7 millones, y luego siguió creciendo en los años subsiguientes. Los salarios de la presidenta y de su finado esposo Néstor, quien le precediera como presidente, representan menos del 4 por ciento de sus bienes.

Douglas Farah es un reconocido ex corresponsal del Washington Post y presidente de la firma nacional de consultoría de seguridad, IBI Consultores y Senior Fellow en el Centro Internacional de Evaluación y Estrategia.

Él es el autor de un informe devastador que ingresó al Senado estadounidense, fechado el 28/02/2013, esto es, antes de conocerse la noticia por supuesto lavado de dinero que desató el programa de Jorge Lanata, y otros, como el supuesto pago de sobreprecios en la compra de aviones a la brasilera Embraer por parte de Aerolíneas Argentinas.

23.4.13

Una propuesta sobre el contenido de las declaraciones de los funcionarios, para controlar su situación patrimonial

Declaraciones juradas patrimoniales

El debate en la Cámara de Diputados del Congreso Nacional sobre la reforma judicial, contó con el aporte de un proyecto por la minoría, que nos pareció interesante para ser tenido en cuenta. Veamos una parte del mismo.

La declaración jurada deberá contener una nómina detallada de todos los bienes, deudas, ingresos, gastos y consumos, propios del declarante, propios de su cónyuge, los que integren la sociedad conyugal, los del conviviente, los que integren en su caso la sociedad de hecho y los de sus hijos, en el país o en el extranjero. Todos los sujetos obligados deberán presentar una declaración jurada al comienzo de la función, anualmente, en carácter de actualización y una a los treinta días de la fecha en que cesen en función. En especial, se detallarán los datos que se indican a continuación: 

a) Bienes inmuebles, y las mejoras que se hayan realizado sobre dichos inmuebles. Deberá especificarse por cada bien: la fecha de adquisición, la ubicación geográfica del inmueble (en el país –provincia y ciudad- o en el exterior); la fecha de adquisición, la superficie del inmueble en m2, el porcentaje de titularidad sobre el mismo (en el caso de no poseer el 100%, se deberá identificar a los restantes cotitulares indicando el porcentaje que les corresponde y su número de CUIT/CUIL/CDI), el tipo de bien de que se trata (casa/departamento/cochera/local/country/lote de terreno/campo/otro), el destino dado al mismo (casa habitación/alquiler/recreo/inversión/otros), el valor total de adquisición en pesos (en el caso de que la compra fuere anterior al 01/04/1991 se indicará $ 1), la valuación fiscal al 31 de diciembre del año que se declara y el origen de los fondos que permitieron realizar la compra. 

En el caso de mejoras, cada año deberá indicarse el monto total invertido en este concepto y origen de los fondos involucrados en ellas. 

En sobre cerrado y lacrado deberá constar, por cada inmueble declarado, la ubicación precisa de cada inmueble (calle y número, identificación de la unidad funcional y nomenclatura catastral).

Se omitió el análisis adecuado de las conclusiones de la pericia contable

La Procuración General de la Nación emitió dictamen en donde señala la errónea y fragmentaria apreciación de la prueba, automática remisión a informes periciales sin un mínimo examen crítico del contenido, omisión de analizar elementos conducentes para la correcta solución del caso.


En la causa, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el auto por el cual el juez de primera instancia había decretado el procesamiento de Germán Luis Kammerath Gordillo, Alejandro Bernardino Cima,
Roberto Carlos Catalán, Roberto Eliseo Uanini, Alberto Gabrielli, Matías Bourdieu, Patricio Feune de Colombi, Luis Alberto Romero, Hugo Jorge Zothner, Pablo Francisco Arancedo, Juan Carlos Cassagne y Jorge Justo Neuss por el delito previsto en el artículo 174, inciso 5° -en función del artículo 173 inciso 7°- del Código Penal,

En el complejo "caso Ferreya" un juez supo relatar, a viva voz, el fallo condenatorio




El juez Horacio Dias del Tribunal Oral Criminal 21 brindó una clara y completa explicación a los asistentes a la lectura del fallo, en lenguaje coloquial.

Se trata del caso que juzgó al sindicalista José Pedraza y otros involucrados.

La comisión de valores de EE.UU. (SEC) anuncia un acuerdo de no enjuiciamiento con Ralph Lauren Corporation por pago de sobornos en Argentina por 700.000 dólares

La Comisión de Valores anunció un acuerdo de no enjuiciamiento (NPA) con Ralph Lauren Corporation en el que la compañía devuelve más de $ 700.000 en ganancias e intereses ilícitos obtenidos en relación con los sobornos pagados por un subsidiaria a los funcionarios del gobierno en Argentina desde 2005 hasta 2009. La mala conducta fue descubierta en un estudio interno realizado por la empresa, que notificó sin demora a la SEC.

La SEC ha decidido no cobrar a Ralph Lauren Corporación por violaciónes a la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), debido a la confesión rápida de la compañía de las violaciones, por propia iniciativa. También se tuvo en cuenta la integridad de la información que contiene y en su amplia y completa colaboración en tiempo real con la investigación de la SEC. 

La cooperación de Ralph Lauren Corporación evitó a la SEC de mucho tiempo y recursos normalmente consumidos en las investigaciones.

En los procesos penales paralelos, el Departamento de Justicia llegó a un acuerdo con Ralph Lauren Corporation en la que la empresa pagará una multa $ 882.000.

"Cuando se encontraron con un problema, Ralph Lauren Corporación hizo lo correcto al reportar inmediatamente a la SEC y la prestación de asistencia excepcional en nuestra investigación", dijo George S. Canellos, Director Interino de la División de Cumplimiento de la SEC. "El Plan Nacional de Acción en este asunto deja claro que vamos a otorgar beneficios sustanciales y tangibles a las empresas que respondan adecuadamente a las violaciónes y cooperar plenamente con la SEC."

La SEC anuncia un acuerdo de no enjuiciamiento con Ralph Lauren por mala conducta


22.4.13

Será más difícil investigar el enriquecimiento de los funcionarios públicos. Las declaraciones juradas mostrarán menos datos

Con la sanción de la ley sobre DDJJ de los funcionarios se reduce significativamente la información que podrán controlar los ciudadanos.

Hasta ahora se informa: 

a) Bienes inmuebles y las mejoras; b) Bienes muebles registrables; c) Otros bienes muebles, determinando su valor en conjunto. En caso que uno de ellos supere la suma de cinco mil pesos ($ 5.000) deberá ser individualizado; d) Capital invertido en títulos, acciones y demás valores cotizables o no en bolsa, o en explotaciones personales o societarias; e) Monto de los depósitos en bancos u otras entidades financieras, nacionales o extranjeras, tenencias de dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera. f) Créditos y deudas hipotecarias, prendarias o comunes; g) Ingresos y egresos anuales derivados del trabajo en relación de dependencia o del ejercicio de actividades independientes y/o profesionales; h) Ingresos y egresos anuales derivados de rentas o de sistemas previsionales. Si el obligado a presentar la declaración jurada estuviese inscripta en el régimen de impuesto a las ganancias o sobre bienes personales no incorporados al proceso económico, deberá acompañar también la última presentación que hubiese realizado ante la Dirección General Impositiva; i) En el caso de los incisos a), b), c) y d), del presente artículo, deberá consignarse además el valor y la fecha de adquisición, y el origen de los fondos aplicados a cada adquisición. Ley 25.188.

18.4.13

Lavado de dinero: conferencia en la Facultad de Derecho

Contadores Forenses ONG a través de Alfredo Popritkin compartió un panel con el titular de PROCELAC (Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Dinero), el Fiscal Carlos Gonella y el Contador Eduardo Blanco Alvarez, experto de la Procuración General de la Nación, en el marco del Congreso sobre "Mafia y Crimen Organizado" que realizó la Fundación La Alameda.

15.4.13

Vacían de contenido las DDJJ patrimoniales de los funcionarios públicos

Bajo la apariencia de extender el sistema a los tres poderes del Estado y publicar las declaraciones en Internet, se retrocede en el detalle de los bienes e información que contienen. Además, se pierden los controles previstos en la legislación.

La nueva norma propuesta reemplaza los detallados formularios de la Oficina Anticorrupción, por globales y sintéticas DDJJ que se presentan ante la AFIP, lo que permitirá esconder buena parte de información trascendente.

En lugar de mejorar esa información agregando un detalle de los actividad de las sociedades que pertenecen a los funcionarios, nada de eso se consiguió, sino que se retrocede con datos sintéticos que no dicen nada a los analistas e investigadores.

Otro cambio sustancial que empeora el sistema, es la eliminación de la Comisión Nacional de Ética Pública, que debía ser integrada por reconocidos ciudadanos de prestigio y alta moral. Esta comisión nunca se puso en funcionamiento. En lugar de avanzar en ello, la nueva norma en estudio en el Congreso Nacional simplemente suprime esa comisión, eliminando así toda posibilidad de control serio e imparcial y despojada de partidismo político.

8.4.13

“La trata, el trabajo esclavo, el narcotráfico son crímenes que persiguen fines económicos”, dice Gustavo Vera de Fundación La Alameda

Gustavo Vera de Fundación La Alameda

Gustavo Vera es un maestro de escuela, una persona de barrio, con fuertes principios y una gran entrega.

Está al frente de la Fundación La Alameda y lo acompañan un grupo importante de incansables luchadores contra la trata de personas y el trabajo esclavo.

Organizaron el congreso Antimafia con una cantidad de paneles y talleres, con expositores del país y del exterior.

Del Frade (periodista), Popritkin, Gonella y Blanco
Fuimos invitados a participar en el panel sobre Lavado de Dinero, a través de Alfredo Popritkin, junto a Eduardo Blanco (auditor de la Procuración General de la Nación) y Carlos Gonella (titular de PROCELAC).

"Conforen" expuso sobre el funcionamiento de la UIF y la Ministerio Público Fiscal, frente a la complejidad de las investigaciones de lavado y los escasos resultados producidos hasta el presente.

1.4.13

Mafias y Lavado de Dinero, un congreso organizado por La Alameda


En el Congreso Anti-Mafia la ONG Contadores Forenses participará a través de Alfredo Popritkin en el panel sobre "Lavado de Dinero y Crimen Organizado", junto al Fiscal General Carlos Gonella y el experto de la Procuración Eduardo Blanco Alvarez.

En otros paneles participarán:
Elisa “Lilita” Carrió, el Padre "Pepe", la Monja Marta Peloni, el Rabino Abraham Skorka, el Fiscal Marcelo Colombo, el periodista Rolando Graña, el consultor y analísta político Jorge Giacobbe, entre muchos otros disertantes.

Habrá también un panel de especialistas internacionales que expondrá sobre "Experiencias de combate contra el crimen organizado en el mundo".


Programa completo



25.3.13

La contabilidad forense ante la reforma del #CódigoCivil

La designación del Papa Francisco ha impactado positivamente en el ánimo de las personas, así como también en gobernantes e instituciones.

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner tuvo un acercamiento al nuevo Pontífice y se revisarán algunos temas que se legislan en la reforma de los códigos civil y comercial.

En esa línea la titular de la Comisión Reformadora, la diputada Diana Conti ha señalado que se están analizando diversas propuestas realizadas en las audiencias públicas.

En materia de "contabilidad y estados contables" nuestra ONG se ha presentado marcando algunos de los aspectos negativos que la reforma implica, que se encuentran plasmados en la nota presentada, el video de la exposición oral y en la versión taquigráfica, veamos:
Es de esperar que nuestras propuestas y preocupaciones se tengan en cuenta y queden reflejadas en el texto definitivo que se pondrá a consideración de los legisladores.

13.3.13

Actas que realizan los peritos oficiales

Los peritos contadores oficiales realizan actas de algunas reuniones que llevan a cabo con los peritos de parte.

Muchas dudas e interrogantes surgen sobre sus formas, procedencia, conveniencia, valor probatorio, requisitos y otros aspectos aún no tratados por la doctrina y jurisprudencia.

Indudablemente cumplen una función pericial de utilidad, pues permiten documentar diferentes aspectos del trabajo pericial. De ese modo, los participantes de las reuniones periciales no pueden alegar desconocimiento de los aspectos sobre los que se deja constancia en tales actas.

En un pronunciamiento sobre actas emanadas de autoridades policiales, la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal las encuadró en el art. 979, incs. 1° y 4° del Código Civil, expresando que son consideradas instrumentos públicos y hacen plena fe, en tanto no sean argüidas de falsas por acción civil o criminal (Causa N° 47.978 “Aversa, Adrián Jorge y otros s/procesamiento”, 5/3/2013).

En una causa penal el perito oficial conservó las actas de las reuniones periciales, de las que surgía que los peritos de parte participaron activamente de las reuniones y prestaron conformidad de las tareas periciales que se realizaron. Sin embargo, un perito de parte -al terminar la tarea- se negó a firmar la pericia contable, siendo objetada. 

Durante el juicio prestaron declaración los peritos contadores entrando en contradicciones hasta el momento que el perito oficial expuso sobre a existencia de actas que fueron solicitadas para el tribunal oral y que permitieron resolver cuestiones puestas en duda. El tribunal solicitó las actas, obtuvo copias y las agregó a la causa. Causa "Gómez, Carlos Armando y otro por defraudación c/ adm. públ.", TOF 1, causa Nº 446, sentencia del 12/4/2002.

11.3.13

Condena al ex presidente Menem con las pericias contables como pruebas

Luego de muchas idas y vueltas, una sala de la Cámara de Casación Penal condenó por contrabando de armas a un ex presidente, un ministro, varios funcionarios, además de otras personas.

Queremos destacar el compromiso y trabajo silencioso de personas comprometidas con la justicia, que han incidido en el caso.

  • Periodista de investigación Daniel Santoro
  • Abogado denunciante Ricardo Monner Sanz
  • Fiscal Carlos Stornelli
  • Juez Julio Speroni
  • Fiscal Mariano Borinsky
  • Perito contador oficial Alfredo Popritkin
  • Perito de Gendarmería Nacional Abel Britos
  • Juez de Tribunal Oral Gustavo Losada
Esta causa atravesó períodos de alta politización, siendo algunos de esos momentos la intervención de la Corte Suprema que excarceló al ex presidente y dos de los tres miembros del tribunal oral que dictó el sobreseimiento de los responsables, a pesas de los gravísimos delitos comprobados.

8.3.13

Participamos en el Congreso de Trata y Crimen Organizado

La Alameda organizó un Congreso con expertos del país y del exterior


Especialistas judiciales, políticos, sindicales, religiosos y de organizaciones sociales tanto nacionales como de otros países debatirán durante tres días diagnósticos y políticas públicas para combatir efectivamente al crimen organizado, rescatar y reinsertar a las víctimas y avanzar hacia un país libre de mafias, esclavitud y exclusión.

En el panel de Lavado de Dinero y Crimen Organización disertarán Alfredo Popritkin, Presidente de Contadores Forenses ONG, Carlos Gonella, Fiscal General titular de la Procuraduría contra la Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) y Eduardo Blanco Alvarez, experto contable que pasó por la AFIP, la OA y la FIA quien actualmente asesora en la UFASE.

El programa completo puede verse haciendo clic. El último día habrá talleres de debate y un plenario en el que todas las personas y organizaciones que deseen podrán confluir en la construcción de una red antimafia en base a conclusiones y consensos comunes para desarrollar acciones conjuntas en todo el país.

7.3.13

Los fraudes al estado son la principal amenaza a la confianza democrática

Claves para recuperar la capacidad de controlar el poder



Hernán Charosky analiza y reflexiona cómo -a pesar de la existencia de leyes que regulan al poder- la corrupción se presenta como una amenaza a la confianza de los ciudadanos en la autoridad.

Hernán es sociólogo (UBA) y Máster en Políticas Públicas (GWU)

28.2.13

Concurso de Peritos Contadores Oficiales

Mientras el trámite del concurso se encuentra a estudio de la Corte Suprema, para definir la validez de los antecedentes de algunos aspirantes, el conjunto de interesados está estudiando, o bien definiendo su situación futura.

El temario establecido por la comisión asesora es muy amplio y ello trae cierta incertidumbre. Así nos lo han hecho saber algunos postulantes. No obstante, continúan estudiando, siguiendo diferentes pautas o criterios.

También recibimos inquietudes sobre la forma en que se guardará reserva de los temas de examen, hasta el momento mismo de inicio de las pruebas.

Por este medio, sugerimos a los postulantes que aprovechen el tiempo que corre, y hasta las fechas en que se realizarán las pruebas, de modo de ir completando la preparación de aquellos temas que deseen refrescar o reforzar.

De igual manera, nos permitimos sugerir a los miembros de la comisión asesora, si lo consideren conveniente y necesario, refuercen las medidas de transparencia y las anuncien a los postulantes y demás interesados, y así podrán trasmitir mayor tranquilidad a los contadores públicos que aspiran a cubrir las vacantes.

Es nuestro deseo que todo el trámite del concurso de peritos contadores se desarrolle con toda normalidad, y el resultado sea la elección de los profesionales más capacitados, idóneos y con todas las cualidades que requieren el desempeño de una función judicial de tanta trascendencia institucional.

7.2.13

La pericia contable fue una prueba trascendente para resolver la causa seguida contra la ex ministra de economía Felisa Micheli

En el juicio prestó declaración Héctor Chyrinkins, Decano del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien explicó los informes realizados respecto de la entidad financiera Cuenca.

Señaló que se trataba de una reproducción de la planilla del tesoro en el cual corroboraron el saldo total diario. 

En cuanto al ingreso de dinero explicó que se trataba de una partida doble ya que todo tiene un origen, con lo cual si no salió, quedó. 

En su oportunidad, prestó declaración testimonial el perito oficial Gregorio Jorge Larroca, de profesión contador, explicó el informe efectuado en el año 2007 respecto de la financiera Cuenca. En relación a la planilla del tesoro del Banco Central de la República Argentina, explicó que se observaba el saldo diario de dicho tesoro.

Asimismo, prestó declaración testimonial Nicolás Eugenio Bonoli, de profesión contador por la defensa, explicó el informe contable realizado respecto de la financiera Cuenca y destacó que no fue detectada en el registro contable una operación de cien mil pesos o más.

1.2.13

Las pericias contables resuelven casos de enriquecimiento ilícito

El Código Penal reprime con este delito al funcionario público que no justificare la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable.

En la medida que exista un apreciable aumento del patrimonio del funcionario no reconocido por el agente público, es necesario que expertos en materia contable se pronuncien sobre la materia.

El procedimiento habitual y razonable debiere cubrir, al menos, los siguientes pasos:

1. Disponer las medidas necesarias para incorporar a la investigación todas las constancias y documentación que integren el patrimonio del funcionario. 

2. Recibir los descargos por parte del funcionario, y corroborar la veracidad, validez y respaldo de sus afirmaciones.

3. Fijar un cuidadoso cuestionario pericial, tendiente a establecer el valor de cada bien componente de los activos y pasivos. En su caso analizar su evolución en el tiempo.

21.1.13

Delincuencia organizada y la Procuraduría de Delitos Económicos - La PGN se pone en línea con la ONU

Con la creación de PROCELAC la Procuración General de la Nación pone en marcha un organismo tendiente a combatir la delincuencia organizada y los delitos complejos.

Las Naciones Unidas recoge la preocupación sobre la proliferación de los delitos de gran envergadura y para combatirlos es necesario encontrarse preparado, contar no solo con recursos humanos dispuestos a investigar, que posean conocimientos técnicos y que tengan una absoluta determinación.

Además, se impone contar con equipamientos informáticos, bases de datos adecuadas, personas capacitadas en trabajos de inteligencia.

Otro requisito fundamental es que quienes trabajan en estos organismos de investigación, así como en los de control, se conduzcan con absoluta independencia, sean impermeables a las presiones o apetencias políticas o de los diferentes grupos de poder de cualquier origen.

14.1.13

La cátedra y la investigación penal permiten mejorar el nivel de los periodistas y también de los especialistas

El Diario Perfil, señaló:

El caso de los Kirchner es hoy tratado en posgrados sobre defraudación. Cuando Oyarbide cerró la última investigación alegó que no había cómo demostrar un crecimiento injustificado de los bienes. El ex perito de la Corte Suprema Alfredo Popritkin, titular de la ONG Contadores Forenses, explica en seminarios las irregularidades en las que incurrió Oyarbide al sobreseer al matrimonio K. La clave estaba en la pericia contable de las declaraciones juradas. “Los peritos no contaron entre las evidencias con documentos originales básicos tales como escrituras de compra y de venta de inmuebles, facturas de compra y de venta de automóviles, certificados de depósito a plazo fijo, contratos y recibos de alquiler, títulos accionarios y contratos de su compra ni constancias de pago de valor llave de las acciones”, sostuvo el experto.

Tragedia de Once: la Cámara Federal valoró la pericia contable realizada por los peritos contadores oficiales

Si bien las defensas han intentado justificar las “desprolijidades” en los incumplimientos en los pagos en que habría incurrido el Estado, lo que habría alterado la ecuación económico-financiera del contrato firmado -y modificado con ello las “reglas de juego” convenidas, conforme afirmara Ferrari-, soslayan en su apreciación que el mantenimiento nunca estuvo sujeto a aquellos aspectos que señalan quebrantados, sino que formaba parte de la erogación mensual operativa efectivamente abonada al Concesionario, y que constituía la mayor fuente de ingresos de Trenes de Buenos Aires S.A. -conf. respuesta 1 al cuestionario obrante a fs. 278/305 del Legajo de Investigación Documental - Peritaje Contable-.

Contadores Forenses ONG es fuente de información técnica de medios periodísticos

Diario Clarín 13-1-2013
Esta nota de Clarín está basada en información elaborada por Contadores Forenses ONG.

Clarín dice:
Alfredo Popritkin, ex perito contador de la Corte, recordó que el peritaje en que se basó Oyarbide para sobreseer al matrimonio K en el 2009 “concluyó en tan solo un mes y medio y no pudo concluirque Néstor Kirchner hubiese justificado su incremento patrimonial”. En ese peritaje, se sostuvo que el aumento de los bienes de Cristina “se encuentra justificado en cuanto a su origen y evolución” entre el 2007 y el 2008, pero sobre el de Kirchner se dijo que solo “se concilia” . Y no era solo una diferencia semántica. “Debió haberse seguido con la investigación, pues a los peritos no les fueron aclaradas las falencias que marcaron ”, dijo Popritkin, a quien Oyarbide no lo dejó colaborar en la causa desde su ONG Contadores Forenses.
Por ejemplo, no se investigó por qué decían haber cobrado un interésde casi el 24% en sus plazos fijos en dólares -que eran casi de 3 millones de dólares- cuando la mayoría de los bancos pagaban tasas no mayores al 3% anual.
A continuación de la nota, Clarín incluye dos infografías, una sobre la "Evolución del patrimonio de los Kirchner" y la otra muestra el "Aumento de los metros cuadrados de los Kirchner", sobre la base de datos elaborados por Contadores Forenses ONG.

Infografías adjuntas a la nota del 13-1-2013,  sobre información elaborada por Contadores Forenses ONG